DECLARACIÓN

Filipinas y Tailandia firman un memorándum de entendimiento destinado a resolver una diferencia relativa a la valoración en aduana

El 7 de junio de 2022, Filipinas y Tailandia firmaron en la OMC un memorándum de entendimiento bilateral sobre los procedimientos acordados para una solución global de la diferencia “Tailandia — Medidas aduaneras y fiscales sobre los cigarrillos procedentes de Filipinas (DS371)”.

  

Los dos miembros de la Asociación de Naciones de Asia Sudoriental (ASEAN) han negociado el Entendimiento sobre los Procedimientos Acordados para que sea compatible con los tratados bilaterales pertinentes, los tratados y valores de la ASEAN, el derecho y los acuerdos de la OMC, incluido el Acuerdo sobre Valoración en Aduana, las resoluciones y recomendaciones del Órgano de Solución de Diferencias de la OMC (OSD), así como sus leyes y reglamentos internos.

Reflejo del esfuerzo común y de la determinación de ambos países de resolver sus diferencias de larga data, la firma formal del Entendimiento Bilateral sobre los Procedimientos Acordados el 7 de junio constituye un resultado satisfactorio de un proceso que ha contado con la asistencia de un facilitador y que se inició en 2021, después de la adopción del "Entendimiento entre Filipinas y Tailandia para emprender debates con la asistencia de un facilitador a fin de progresar y resolver las cuestiones pendientes en relación con el asunto DS371" (WT/DS371/44, 21 de diciembre de 2020).

Durante todo el proceso y con la asistencia del Embajador George Mina, Representante Permanente de Australia ante la OMC, en calidad de Facilitador, Filipinas y Tailandia han participado de manera activa y constructiva en los debates, tanto en Ginebra como a través de sus respectivas capitales, con miras a examinar los posibles medios para que los dos países puedan llegar a una solución mutuamente aceptable de su diferencia relativa a la valoración en aduana, sin perjuicio de sus respectivos derechos y obligaciones dimanantes del Entendimiento sobre Solución de Diferencias (ESD).

De conformidad con el Entendimiento sobre los Procedimientos Acordados, los dos países se han puesto de acuerdo en establecer un mecanismo de consultas bilateral, que servirá de vía para que sus respectivas autoridades competentes cooperen y dialoguen regularmente, con el objetivo de reforzar la confianza que les permitirá encontrar una solución global a su diferencia (asunto DS371), de conformidad con sus derechos y obligaciones en el marco del Acuerdo sobre la OMC, así como con las recomendaciones y resoluciones del OSD.

El Entendimiento entró en vigor cuando ambas partes lo firmaron y podrá ser denunciado por cualquiera de ellas con un preaviso de 60 días por escrito. Teniendo en cuenta los progresos realizados en la puesta en marcha de su cooperación, lo ideal sería que las partes notificaran una solución mutuamente convenida de conformidad con el artículo 3.6 del ESD.

La firma del Entendimiento sobre los Procedimientos Acordados pone de relieve la determinación de Tailandia y Filipinas a proseguir su estrecha cooperación, en particular en el marco de un proceso de diálogo franco y abierto que se facilitará a través del mecanismo de consultas bilateral, en consonancia con el sólido espíritu de solidaridad y amistad de la ASEAN que los une y su compromiso con el sistema de solución de diferencias basado en normas de la OMC.

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