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Debate sobre la prórroga de la exención relativa a los derechos de propiedad intelectual relacionados con la COVID-19

En la CM12, los Ministros de Comercio adoptaron la Decisión Ministerial relativa al Acuerdo sobre los ADPIC, por la que los Miembros dispondrán en los cinco próximos años de un mayor margen para aplicar medidas directas que sirvan para diversificar la producción de vacunas contra la COVID-19 y anular el efecto exclusivo de las patentes, acogiéndose a una exención específica. La Decisión Ministerial aborda los problemas detectados durante la pandemia y tiene como objetivo ayudar a diversificar la capacidad de producción de vacunas. También contiene el compromiso de que, en un plazo máximo de seis meses a partir de la fecha de la Decisión (17 de junio), los Miembros tomarán una determinación sobre una posible ampliación para abarcar la producción y el suministro de medios de diagnóstico y tratamientos contra la COVID-19.

Muchos Miembros hicieron uso de la palabra para acoger con satisfacción el resultado satisfactorio de la CM12 y dijeron que así se demostraba que los Miembros de la OMC podían dejar de lado sus diferencias y trabajar de consuno para responder a los problemas más urgentes relacionados con la salud.

Un grupo de Miembros en desarrollo que apoyan la ampliación de la exención para abarcar los medios de diagnóstico y tratamientos contra la COVID-19 distribuyó una propuesta en la reunión que incluía un calendario indicativo para los próximos pasos del Consejo de los ADPIC a ese respecto.

Esos Miembros argumentaron que la exención en el caso de las vacunas contra la COVID-19 no cumple sus expectativas y no es suficiente para ayudar a los países en desarrollo a abordar de manera integral los actuales y futuros problemas de salud. El acceso equitativo a los medios de diagnóstico y tratamientos, como señaló la Organización Mundial de la Salud (OMS), es fundamental para ayudar a detectar nuevos casos y nuevas variantes. Indicaron que la ampliación de la exención debía estudiarse con carácter urgente, dado que muchos países menos adelantados (PMA) no tenían acceso a tratamientos de ensayo y medicamentos para salvar vidas.

Un gran número de países en desarrollo apoyaron la iniciativa. Pusieron de relieve la declaración conjunta publicada por los Directores Generales de la OMS, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) y la OMC en junio de 2021 en la que reafirmaban su compromiso de intensificar la cooperación para apoyar el acceso a las tecnologías médicas en todo el mundo que permiten hacer frente a la pandemia de COVID-19, como las vacunas, los tratamientos y los medios de diagnóstico. También compartían la opinión de que el proceso de negociación para la prórroga de la exención debe ser abierto, inclusivo y transparente.

Otros Miembros advirtieron de que se necesitaba más tiempo para celebrar consultas internas sobre una posible ampliación de la exención a los tratamientos y los medios de diagnóstico. Algunos Miembros también señalaron la importancia de una negociación basada en pruebas, ya que no había indicios de que la propiedad intelectual constituyera realmente una barrera en el acceso a las vacunas contra la COVID-19. Algunos reiteraron la necesidad de que los Miembros utilizaran plenamente todas las flexibilidades que ya existían en el Acuerdo sobre los ADPIC (también con respecto a la concesión de licencias obligatorias) antes de solicitar nuevas flexibilidades.

El Presidente, el Embajador Lansana Gberie (Sierra Leona), pidió a los Miembros que estaban preparados para participar que comenzaran a examinar esa cuestión en diversas configuraciones. Alentó a los Miembros a que informaran individualmente sobre los progresos en la reunión del Consejo General de los días 25 y 26 de julio, aunque puntualizó que algunos Miembros tal vez necesitaran más tiempo para deliberar sobre el asunto. El Presidente informará a los Miembros sobre la mejor manera de estructurar esos debates en el futuro.

Los Miembros también convinieron en proseguir los intercambios en el marco del punto del orden del día sobre la propiedad intelectual y la COVID-19 para que el Consejo de los ADPIC pueda mantenerse al corriente de las nuevas medidas en materia de propiedad intelectual en relación con la COVID-19 y compartir las experiencias pertinentes. El Consejo también decidió que la Secretaría seguiría recopilando y actualizando todas las medidas en materia de propiedad intelectual en relación con la COVID-19 en su documento“COVID-19: Medidas relativas a los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio”, que servirá de base para los intercambios entre los Miembros.

Los Miembros señalaron que este ejercicio también se ajusta a la Declaración Ministerial sobre la Respuesta de la OMC a la Pandemia de COVID-19 y la Preparación para Futuras Pandemias, donde se prevé el análisis en curso de las enseñanzas extraídas y las dificultades experimentadas durante la pandemia de COVID-19 en los órganos competentes de la OMC.

Propiedad intelectual e innovación: posibilidades de concesión de licencias de propiedad intelectual

En el marco de un punto sobre propiedad intelectual e innovación solicitado por Australia; el Canadá; los Estados Unidos; Hong Kong, China; el Japón; el Reino Unido; Singapur; Suiza; el Taipei Chino; y la Unión Europea, los copatrocinadores presentaron su nueva comunicación centrada en las posibilidades de concesión de licencias de propiedad intelectual (IP/C/W/691, distribuida el 23 de junio).

Los copatrocinadores destacaron varias formas principales de que los titulares de activos de propiedad intelectual puedan dar un mayor alcance a sus productos y servicios mediante los acuerdos sobre concesión de licencias, que permiten a los titulares del derecho de propiedad intelectual autorizar al concesionario a fabricar o vender la invención durante el período de vigencia de la licencia. Entre esos activos, se incluyen las patentes, los derechos de autor, las marcas de fábrica o de comercio y los conocimientos técnicos.

Los proponentes intercambiaron experiencias sobre la manera de aplicar diferentes modelos de licencias y construir un ecosistema propicio para fomentar el comercio relacionado con la propiedad intelectual. A fin de resolver la laguna de conocimientos y la compleja utilización de licencias de propiedad intelectual, esos países han desarrollado diversos conjuntos de instrumentos para ofrecer capacitación, directrices en línea, modelos de contrato, servicios jurídicos y solución de diferencias a fin de que las pequeñas empresas y los particulares puedan participar efectivamente en asociaciones de propiedad intelectual.

Los Miembros acogieron con satisfacción el debate sobre innovación y licencias en materia de propiedad intelectual, y algunos compartieron sus prácticas nacionales. La OMPI presentó sus actividades recientes en apoyo a la concesión de licencias de propiedad intelectual, como el establecimiento de un sector de propiedad intelectual y ecosistemas de innovación, la labor del Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI y las orientaciones para ayudar a las empresas emergentes a desarrollar su estrategia de propiedad intelectual.

Reclamaciones no basadas en una infracción y reclamaciones motivadas por otra situación

Los Miembros de la OMC acogieron con beneplácito la decisión adoptada en la CM12 de prorrogar la moratoria sobre las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación en virtud del Acuerdo sobre los ADPIC hasta la próxima Conferencia Ministerial (CM13). En virtud de la decisión, se encomendaba a los Miembros que continuaran examinando el alcance y las modalidades de las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación, y que formularan recomendaciones a la CM13.

En el marco de esa cuestión, que se debate desde hace mucho tiempo, se trata de establecer si los Miembros deben tener derecho a presentar una reclamación cuando consideren que la actuación de otro Miembro, o una determinada situación, los ha privado de una ventaja esperada en virtud del Acuerdo sobre los ADPIC, aunque no se haya infringido ninguna obligación derivada del Acuerdo.

Inicialmente, esa moratoria se estableció por un período de cinco años (1995-1999), pero desde entonces se ha prorrogado varias veces, debido a que los Miembros no lograron un acuerdo sobre el alcance y las modalidades que deberían tener las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación si estas se aplicaran de conformidad con el Acuerdo sobre los ADPIC.

En la reunión, varios países en desarrollo propusieron continuar el examen del alcance y las modalidades de esas reclamaciones con el fin de que fueran aplicables al sistema de solución de diferencias de la OMC.  Algunos Miembros respaldaron la idea de buscar una solución permanente a ese asunto, mientras que otros expresaron su preocupación por la posibilidad de que las diferencias relativas a las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación pudieran poner en peligro las flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los ADPIC.

Aquí se puede obtener más información sobre la cuestión de las reclamaciones no basadas en una infracción en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC.

Cooperación técnica y creación de capacidad

La OMPI informó en la reunión sobre la plataforma de asistencia técnica relacionada con la COVID-19 de la OMC, la OMPI y la OMS, que ofrece una única vía de consulta para ayudar a los Miembros de la OMC y a los candidatos en proceso de adhesión a atender sus necesidades de creación de capacidad para responder a la pandemia de COVID-19.

El Presidente instó a los Miembros a que, antes del 12 de septiembre, presentaran información sobre sus actividades en materia de cooperación técnica y creación de capacidad, así como sobre los incentivos para la transferencia de tecnología, para preparar el examen anual de final de año. Se alienta a los Miembros a que utilicen el sistema de presentación en línea (e-TRIPS) para enviar comunicaciones.

Otros asuntos

Se concedió a la Asociación Europea de Libre Comercio la condición de observador para la siguiente reunión del Consejo.

Próxima reunión

La próxima reunión del Consejo de los ADPIC está prevista para los días 12 y 13 de octubre de 2022.

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