MEDIDAS DE SALVAGUARDIA

Más información

  

En la notificación, Madagascar indicó, entre otras cosas, lo siguiente:

“Las partes interesadas deberán darse a conocer a la ANMCC, la autoridad encargada de la investigación, en un plazo de 30 días contados a partir de la fecha de inicio de la investigación.

Toda información u observación que las partes interesadas deseen comunicar, así como la solicitud de cuestionario, deberá enviarse a la ANMCC en un plazo de 30 días contados a partir de la fecha de inicio de la investigación.

La ANMCC podrá organizar audiencias públicas, ya sea a petición de las partes interesadas o ex officio, para que las partes interesadas puedan presentar pruebas y, en particular, tener la oportunidad de responder a las comunicaciones de otras partes y de dar a conocer sus puntos de vista, y de defender sus intereses.

Las respuestas al cuestionario, así como cualquier otra información pertinente que las partes deseen comunicar, deberán enviarse a la ANMCC en un plazo de 30 días hábiles contados a partir del inicio de la investigación.”

“6. Oferta de celebración de consultas con arreglo al artículo 12.4
De conformidad con el artículo 12.4 del Acuerdo sobre Salvaguardias, Madagascar está dispuesto a celebrar consultas sobre la medida de salvaguardia provisional con los Miembros que tengan un interés sustancial como exportadores de los productos afectados.

7. Información adicional
Toda solicitud de información y la correspondencia relativa a esta investigación deberán dirigirse a:

Monsieur Le Directeur Général de l’ANMCC
Enceinte Ex-Conquête Antanimena, Antananarivo 101 — Madagascar
Correo electrónico: [email protected] / [email protected]
Sitio web: www.anmcc.mg”

Puede consultarse más información en el documento G/SG/N/6/MDG/9.

¿Qué es una investigación en materia de salvaguardias?

En una investigación en materia de salvaguardias se trata de determinar si el aumento de las importaciones de un producto ha causado o amenaza causar un daño grave a la rama de producción nacional.

En el curso de una investigación en materia de salvaguardias, los importadores, los exportadores y las demás partes interesadas pueden presentar pruebas y exponer sus opiniones, y tienen la oportunidad de responder a las comunicaciones de las otras partes.

Un Miembro de la OMC sólo puede adoptar una medida de salvaguardia (es decir, restringir temporalmente las importaciones de un producto) si se ha constatado que el aumento de las importaciones del producto ha causado o amenaza causar un daño grave.

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