VALORACIÓN EN ADUANA

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Con miras a fomentar la transparencia y el intercambio de mejores prácticas, los delegados de capital de tres Miembros — China, el Ecuador y la India — explicaron la forma en que habían abordado las oportunidades y los desafíos relativos a la aplicación del Acuerdo sobre Valoración en Aduana en los últimos años.

El Acuerdo sobre Valoración en Aduana tiene por objeto proporcionar un sistema único — equitativo, uniforme y neutro — de valoración en aduana de las mercancías importadas, con el fin de ajustarse a la realidad comercial y prohibir el uso de valores en aduana arbitrarios o ficticios. En el Acuerdo se reconoce que la valoración en aduana debería, en la medida de lo posible, tener como base el precio real de las mercancías objeto de valoración.

China informó sobre las novedades relativas a su programa de control de la valoración en aduana, mientras que el Ecuador puso de relieve los instrumentos que ha utilizado para incrementar la eficiencia en el sistema de recaudación de impuestos de la administración de aduanas. La India subrayó la importancia de reforzar la infraestructura de valoración mediante el aprovechamiento de la tecnología. Los Miembros expresaron su agradecimiento por la utilidad de la información facilitada.  

Los Miembros también recibieron información de la Secretarías de la OMC y la Organización Mundial de Aduanas (OMA) acerca de sus actividades, de modo que los delegados pudieron comprender mejor de qué forma esas dos organizaciones interactúan y colaboran.  

Transparencia

El Presidente del Comité, Frank Rittner de Alemania, informó sobre la situación actual en materia de notificación relativa a la legislación sobre valoración en aduana de los Miembros, que figura en el documento G/VAL/W/232/Rev.17. Desde la última reunión del Comité, Botswana, los Emiratos Árabes Unidos y Noruega han presentado notificaciones nuevas o actualizadas relativas a su legislación. El Comité también siguió examinando activamente cuestiones relacionadas con la legislación de más de 30 Miembros.

Con arreglo al artículo 22 del Acuerdo sobre Valoración en Aduana y a la  Decisión sobre la “notificación y comunicación de las legislaciones nacionales de conformidad con el artículo 22 del Acuerdo”, los Miembros deben presentar los textos completos de su legislación nacional sobre valoración en aduana en uno de los tres idiomas oficiales de la OMC. También deben informar al Comité de las modificaciones que se introduzcan en sus leyes y reglamentos que guarden relación con el Acuerdo y en la administración de dichas leyes y reglamentos.

El Presidente señaló que, hasta la fecha, 111 Miembros han notificado su legislación nacional sobre valoración en aduana y 78 Miembros han facilitado respuestas a una lista de cuestiones. Dio las gracias a las delegaciones que colaboraron con él para obtener respuestas a cuestiones pendientes.

eAgenda

Los Miembros acordaron ampliar la utilización de la herramienta eAgenda para la labor del Comité, con carácter experimental. El Presidente alentó a los Miembros a aprovechar la experiencia adquirida con la plataforma en los últimos meses, en el período previo a la reunión del Comité, y a seguir utilizando la herramienta con el fin de tomar una decisión para el futuro.

Si bien reconocieron que la eAgenda ha demostrado su utilidad en la labor de otros Comités y Consejos, los Miembros consideraron que se necesitaba más tiempo para averiguar cómo determinados aspectos de la plataforma podían adaptarse mejor a la labor del Comité.

Inspección previa a la expedición

En el marco del punto permanente del orden del día relativo a la inspección previa a la expedición (IPE), el Presidente señaló a la atención de los Miembros la recopilación de las notificaciones presentadas de conformidad con el artículo 5 del Acuerdo sobre Inspección Previa a la Expedición. La situación actual de todas las notificaciones de IPE figura en el documento G/PSI/N/1/Rev.5  y en diversos addenda que reflejan las notificaciones de Botswana, el Reino Unido y el Níger.

El Presidente señaló que durante la próxima reunión del Comité que se celebrará en la segunda mitad del año, los Miembros pondrán en marcha el próximo examen trienal del Acuerdo, de conformidad con el artículo 6.

Consulte más información sobre la valoración en aduana aquí.

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