Lo que está ocurriendo en la OMC
NOTICIAS:  COMUNICADOS DE PRENSA 2000

Press/198
17 de noviembre de 2000

El Comité del ATI aprueba el programa de trabajo sobre medidas no arancelarias

Los participantes en el Acuerdo de la OMC por el que se han eliminado los aranceles aplicados a los productos de tecnología de la información (ATI) centran ahora su atención en los obstáculos no arancelarios existentes en este dinámico sector del comercio.

El Comité de Participantes sobre la Expansión del Comercio de Productos de Tecnología de la Información (el Comité del ATI) aprobó, el 13 de noviembre de 2000, un programa de trabajo de un año, repartido en tres fases, sobre medidas no arancelarias aplicadas a los productos comprendidos en el ATI.

Durante la primera fase, el Comité compilará, para marzo de 2001, un catálogo de las medidas no arancelarias que los participantes hayan identificado como impedimentos al comercio de los productos comprendidos en el ATI.

En la segunda fase, los participantes examinarán las repercusiones que tienen en la economía y el desarrollo esas medidas sobre el comercio de los productos comprendidos en el ATI y los beneficios que puede entrañar para los participantes encarar los efectos injustificados de distorsión del comercio de dichas medidas.

La tercera fase quedaría concluida para noviembre de 2001 cuando el Comité se reúna con objeto de examinar los resultados de las fases I y II.

El programa de trabajo se basa en una propuesta presentada por Australia y aprobada tras intensas consultas celebradas por la Presidenta del Comité del ATI, la Sra. Elizabeth Chelliah (Singapur).

De acuerdo con la decisión adoptada, el Comité “podrá, según proceda, recurrir a la competencia técnica de los órganos de reglamentación y de la industria y de los órganos pertinentes de la OMC y otros organismos internacionales, respetando debidamente el carácter intergubernamental de la OMC”.

En el Simposio de la OMC sobre Tecnología de la Información celebrado en julio del año pasado, varios representantes de la industria de la tecnología de la información se quejaron acerca de los obstáculos no arancelarios existentes en el sector, inclusive lo que, a su juicio, eran requisitos de prueba y certificación superfluos impuestos por varios países a los productos de tecnología de la información, y de los problemas con las licencias de importación. Un orador dijo que entre 1989 y 1998 se había septuplicado el número de normas de reglamentación y certificaciones para los productos de tecnología de la información en todo el mundo, lo que, en su opinión, suponía para los consumidores un coste adicional de cientos de millones de dólares.

En el Comité del ATI, una serie de participantes ha presentado documentos sobre la experiencia nacional acerca de los beneficios de la reducción o eliminación de los obstáculos no arancelarios aplicados a los productos de tecnología de la información. Los participantes también han presentado respuestas a un cuestionario sobre las normas que aplican a esos productos.

Los 54 participantes actuales en el ATI (contando a las CE como 15) representan alrededor del 93 por ciento del comercio mundial de productos de tecnología de la información. El Acuerdo dispone la eliminación de todos los aranceles aplicados a los productos comprendidos en el ATI antes del 1º de enero de 2000, pero se han concedido a los países en desarrollo prórrogas de los plazos para la eliminación gradual respecto de determinados productos.

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Programa de trabajo sobre medidas no arancelarias  

El Comité de Participantes sobre la Expansión del Comercio de Productos de Tecnología de la Información (el “Comité”),

RECORDANDO que los Ministros reconocieron la importancia de las medidas no arancelarias y sus repercusiones en el comercio de productos de tecnología de la información cuando convinieron en la necesidad de un examen de este tema en relación con los productos abarcados por la Declaración Ministerial sobre el Comercio de Productos de Tecnología de la Información, hecha en Singapur en diciembre de 1996 (el “ATI”), de conformidad con el párrafo 3 del Anexo del ATI,

OBSERVANDO que la liberalización del comercio de productos de tecnología de la información puede ayudar a los participantes a aprovechar los beneficios del comercio electrónico y de la economía de la información, que contribuyen directamente a mejorar la competitividad y el desarrollo económico,

TOMANDO NOTA de que los aranceles sobre los productos comprendidos en el ATI serán eliminados de conformidad con el acuerdo alcanzado y de que se están celebrando consultas entre los participantes en lo que respecta a una mayor liberalización arancelaria,

CONVINIENDO en que, junto con la liberalización arancelaria, es necesario identificar las medidas no arancelarias que pueden afectar desfavorablemente la expansión del comercio de los productos comprendidos en el ATI y examinar cómo pueden reducirse o eliminarse los efectos injustificados de distorsión del comercio de dichas medidas,

DESEANDO evitar toda duplicación en el trabajo llevado a cabo por los órganos de la OMC en virtud de otros acuerdos y complementar tal trabajo,

ACOGIENDO CON BENEPLÁCITO el trabajo sobre medidas no arancelarias que el Comité ya ha emprendido con la presentación por los participantes de documentos sobre experiencias en los distintos países,

ACUERDAN proseguir el programa de trabajo sobre medidas no arancelarias para los productos comprendidos en el ATI sobre la siguiente base:

Fase I: identificar medidas no arancelarias que constituyen impedimentos para el comercio de los productos comprendidos en el ATI;

 

Fase II: examinar las repercusiones que tienen en la economía y el desarrollo esas medidas sobre el comercio de los productos comprendidos en el ATI y los beneficios que puede entrañar para los participantes encarar los efectos injustificados de distorsión del comercio de dichas medidas;

 

Fase III: examen formal por el Comité de los resultados de las Fases I y II.

Para marzo de 2001, a más tardar, el Comité compilará un catálogo de las medidas no arancelarias que los participantes en el Comité hayan identificado en sus comunicaciones como impedimentos al comercio de los productos comprendidos en el ATI. Las comunicaciones deberán incluir detalles específicos del efecto de distorsión del comercio que tengan las medidas no arancelarias identificadas. Además, el Comité acordará modalidades para el comienzo de la Fase II tras la introducción en el programa de trabajo de las modificaciones que puedan resultar necesarias.

El Comité se reunirá para examinar los resultados de las Fases I y II a más tardar en noviembre de 2001.

El Comité podrá, según proceda, recurrir a la competencia técnica de los órganos de reglamentación y de la industria y de los órganos pertinentes de la OMC y otros organismos internacionales, respetando debidamente el carácter intergubernamental de la OMC.