Lo que está ocurriendo en la OMC
NOTICIAS:  COMUNICADOS DE PRENSA 1998

PRESS/105
29 de junio de 1998

Programa de trabajo y calendario para las negociaciones acordadas de conformidad con el acuerdo plurilateral sobre contratación pública

Las Partes en el Acuerdo Plurilateral sobre Contratación Pública han acordado tratar de ultimar las negociaciones sobre la simplificación y mejoramiento del Acuerdo antes de la Tercera Conferencia Ministerial de la OMC, que se celebrará a fines de 1999.

Al tomar esta decisión, el 25 de junio, el Comité de Contratación Pública también adoptó un programa de trabajo para las negociaciones. Éste requiere la presentación de propuestas a más tardar a fines de abril de 1998, la preparación de un documento básico para las negociaciones para el verano de 1999 y negociaciones intensivas durante el otoño de ese año.

Las Partes también acordaron que, paralelamente con lo anterior, continuarían trabajando sobre otros dos elementos de las negociaciones: la eliminación de las medidas y prácticas discriminatorias que distorsionan la contratación abierta y la ampliación del ámbito de aplicación.

El objetivo de las negociaciones es facilitar el aumento del número de Partes en el Acuerdo, haciéndolo más accesible a los países que aún no lo son. Los Miembros de la OMC que no son Partes en el Acuerdo y otros gobiernos que tienen la condición de observador en el ámbito del Acuerdo han sido invitados a participar plenamente en el programa de trabajo.

Las negociaciones están previstas en el párrafo 7 del artículo XXIV del Acuerdo sobre Contratación Pública, en virtud del cual antes del final de 1998 se entablarán negociaciones con miras a mejorar el Acuerdo y a dar más amplitud a su ámbito de aplicación. En preparación de las negociaciones, las Partes han examinado el Acuerdo de conformidad con una decisión en ese sentido que figura en el informe del Comité a la Conferencia Ministerial de Singapur de finales de 1996.

Nota para las redacciones:

El Acuerdo sobre Contratación Pública, firmado en Marrakech en abril de 1994, entró en vigor el 1º de enero de 1996. Este Acuerdo estableció un marco abierto de derechos y obligaciones entre las Partes en relación con sus leyes, reglamentaciones, procedimientos y prácticas nacionales en la espera de la contratación pública. La no discriminación de los productos, servicios y proveedores extranjeros es la piedra angular de las normas. El Acuerdo también hace mucho hincapié en los procedimientos para conseguir la transparencia de leyes, reglamentaciones, procedimientos y prácticas en materia de contratación pública.

Son Partes en el Acuerdo los siguientes Miembros de la OMC: Canadá; las Comunidades Europeas y sus 15 Estados miembros; Hong Kong, China; Israel; Japón; Corea; Liechtenstein; el Reino de los Países Bajos respecto de Aruba; Noruega; Singapur; Suiza y los Estados Unidos.