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CONFERENCIA MINISTERIAL DE LA OMC, GINEBRA, 1998: DECLARACIÓN SOBRE EL COMERCIO ELECTRÓNICO MUNDIAL

Declaración sobre el Comercio Electrónico

Adoptada el 20 de mayo de 1998

 

Los Ministros,

Reconociendo la expansión del comercio electrónico mundial, que está creando nuevas oportunidades para el comercio,

 

Declaran lo siguiente:

El Consejo General, a más tardar en su próxima reunión extraordinaria, establecerá un programa de trabajo amplio para examinar todas las cuestiones relacionadas con el comercio electrónico mundial que afectan al comercio, incluidas las identificadas por los Miembros. El programa de trabajo, en el que participarán los órganos competentes de la Organización Mundial del Comercio ("OMC"), tendrá en cuenta las necesidades económicas, financieras y de desarrollo de los países en desarrollo, y en él se reconocerá que se están realizando también trabajos en otros foros internacionales. El Consejo General deberá elaborar un informe sobre los progresos alcanzados en el programa de trabajo y podrá formular recomendaciones sobre posibles medidas, que nos presentará en nuestro tercer período de sesiones. Sin perjuicio de los resultados del programa de trabajo ni de los derechos y obligaciones que incumben a los Miembros en virtud de los Acuerdos de la OMC, declaramos además que los Miembros mantendrán su práctica actual de no imponer derechos de aduana a las transmisiones electrónicas. Cuando rinda informe a nuestro tercer período de sesiones, el Consejo General examinará esta declaración, cuya prórroga se determinará por consenso, teniendo en cuenta los progresos alcanzados en el programa de trabajo.