SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

DS: India — Medidas que afectan a los derechos de aduana

El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.

  

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Resumen de la diferencia hasta la fecha 

El resumen que figura a continuación se actualizó el

Consultas

Reclamación presentada por las Comunidades Europeas.

El 30 de octubre de 1998 las CE solicitaron la celebración de consultas con la India respecto de una serie de aumentos de derechos de aduana aplicados supuestamente por ese país. Las CE afirmaban que las medidas en cuestión se referían al cuadro 1 de la Ley del Arancel de Aduanas de 1975, el Derecho de Aduana Especial y el Derecho Adicional Especial. Las CE sostenían que en virtud de esas medidas, el valor global de los aranceles resultante de la adición de los diferentes derechos aplicados por la India excedía de los tipos consolidados por ese país en la OMC con respecto a una serie de partidas arancelarias. Las CE alegaban infracciones del párrafo 1 b) del artículo II y el párrafo 2 del artículo III del GATT de 1994.

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