SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

DS: Federación de Rusia — Tasa de reciclaje sobre los vehículos automóviles

El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.

  

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Resumen de la diferencia hasta la fecha 

El resumen que figura a continuación se actualizó el

Consultas

Reclamación presentada por el Japón. (Véase también la diferencia DS462)

El 24 de julio de 2013, el Japón solicitó la celebración de consultas con la Federación de Rusia con respecto a las medidas de la Federación de Rusia relativas a una carga, la denominada “tasa de reciclaje”, impuesta a los vehículos automóviles.

Los instrumentos jurídicos citados por el Japón incluyen:

  • la Ley Federal Nº 128-FZ, de 28 de julio de 2012, sobre desechos procedentes de la producción y el consumo y el artículo 51 del Código Presupuestario de la Federación de Rusia;
     
  • el Decreto Nº 870 del Gobierno, de 30 de agosto de 2012, relativo a la tasa de reciclaje para vehículos de transporte con ruedas;
     
  • la Orden conjunta Nº 496 del Ministerio del Interior, Nº 134 del Ministerio de Desarrollo Económico y Comercio y Nº 192 del Ministerio de Industria y Energía relativa a la documentación del registro de vehículos y chasis de vehículos (de 23 de junio de 2005), modificada por la Orden conjunta Nº 828 del Ministerio del Interior, Nº 1227 del Ministerio de Industria y Comercio y Nº 1744 del Servicio Federal de Aduanas (de 30 de agosto de 2012); y
     
  • la Resolución Nº 520 del Gobierno de la Federación de Rusia, de 20 de junio de 2013, relativa, entre otras cuestiones, a la aprobación de las normas para conceder subvenciones con cargo al presupuesto federal a organizaciones y empresarios individuales a fin de reembolsar los gastos relacionados con la gestión de los desechos derivados del deterioro de los elementos característicos de medios de transporte con ruedas respecto de los que se haya pagado la tasa de reciclaje (de 1° de julio de 2013).

Según el Japón, la Federación de Rusia impone la tasa de reciclaje a los vehículos automóviles tanto importados como de producción nacional. Sin embargo, la Federación de Rusia exime de la tasa a los vehículos fabricados por empresas que: a) estén registradas en la Federación de Rusia; b) se hayan comprometido a producir sus vehículos en la Federación de Rusia con arreglo a uno de los modos que entrañan determinadas operaciones de fabricación específicas en el territorio de la Federación de Rusia, Belarús o Kazajstán.

El Japón también aduce que la tasa de reciclaje da un trato menos favorable a los vehículos importados que a los vehículos de producción nacional, porque diferencia entre vehículos “nuevos” y “fabricados hace más de tres años”.

El Japón alega que las medidas parecen ser incompatibles con:

  • el párrafo 1 del artículo I, los apartados a) y b) del párrafo 1 del artículo II y los párrafos 2 y 4 del artículo III del GATT de 1994;
     
  • los párrafos 1 y 2 del artículo 2 del Acuerdo sobre las MIC; y
     
  • los párrafos 1 y 2 del artículo 2 del Acuerdo OTC.

El 26 de julio de 2013, Turquía y los Estados Unidos solicitaron ser asociados a las consultas. El 29 de julio de 2013, la Unión Europea y Ucrania solicitaron ser asociadas a las consultas. El 31 de julio de 2013, China solicitó ser asociada a las consultas. Posteriormente, la Federación de Rusia notificó al OSD que había aceptado las solicitudes de asociación a las consultas presentadas por China, los Estados Unidos, Turquía, Ucrania y la Unión Europea.

 

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