SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS
DS: Suecia — Medidas que afectan a la observancia de los derechos de propiedad intelectual
El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.
Véase también:
Situación actual
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Hechos fundamentales
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Documento más reciente
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Resumen de la diferencia hasta la fecha
El resumen que figura a continuación se actualizó el
Consultas
Reclamación presentada por los Estados Unidos.
Esta solicitud de celebración de consultas, fechada el 28 de mayo de 1997, se refiere al hecho de que presuntamente Suecia no prevé la posibilidad de adoptar medidas provisionales en el contexto de los procedimientos civiles relacionados con los derechos de propiedad intelectual. Los Estados Unidos alegan que esto constituye una infracción de las obligaciones de Suecia según los artículos 50, 63 y 65 del Acuerdo sobre los ADPIC.
Solución mutuamente convenida
En una comunicación de fecha 2 de diciembre de 1998, ambas partes notificaron una solución mutuamente convenida de esta diferencia.
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