MEDIO AMBIENTE: CUESTIONES PLANTEADAS EN LA OMC

Disposiciones pertinentes de la OMC: texto de la decisión sobre servicios

Texto íntegro de la Decisión sobre el comercio de servicios y el medio ambiente adoptada por el Comité de Negociaciones Comerciales de la Ronda Uruguay en Ginebra el 15 de diciembre de 1994.

Los Ministros,

deciden recomendar que el Consejo del Comercio de Servicios adopte en su primera reunión la Decisión que figura a continuación.

El Consejo del Comercio de Servicios,

Reconociendo que las medidas necesarias para la protección del medio ambiente pueden estar en conflicto con las disposiciones del Acuerdo; y

Observando que, dado que el objetivo característico de las medidas necesarias para la protección del medio ambiente es la protección de la salud y la vida de las personas y de los animales y la preservación de los vegetales, no es evidente la necesidad de otras disposiciones además de las que figuran en el apartado b) del artículo XIV;

Decide lo siguiente:

1. Con objeto de determinar si es necesaria alguna modificación del artículo XIV del Acuerdo para tener en cuenta esas medidas, pedir al Comité de Comercio y Medio Ambiente que haga un examen y presente un informe, con recomendaciones en su caso, sobre la relación entre el comercio de servicios y el medio ambiente, incluida la cuestión del desarrollo sostenible. El Comité examinará también la pertinencia de los acuerdos intergubernamentales sobre el medio ambiente y su relación con el Acuerdo.

2. El Comité informará sobre los resultados de su labor a la Conferencia Ministerial en la primera reunión bienal que ésta celebre después de la entrada en vigor del Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.