CONTRATACIÓN PÚBLICA: GRUPO DE TRABAJO SOBRE LA TRANSPARENCIA
Mandatos del Grupo de Trabajo
Textos pertinentes de las Declaraciones Ministeriales de Singapur y Doha, de la Comunicación Ministerial de Cancún y de la Decisión del Consejo General del 1º de agosto de 2004 (la denominada “Decisión de Julio”).
Declaración Ministerial de Singapur, párrafos 21 y 22
adoptada el 13 de diciembre de 1996 (WT/MIN(96)/DEC,
de 18 de diciembre de 1996)
“21. Acordamos además:
- establecer un grupo de trabajo encargado de realizar un estudio sobre la transparencia de las prácticas de contratación pública, que tenga en cuenta las políticas nacionales, y, sobre la base de ese estudio, elaborar elementos para su inclusión en un acuerdo apropiado; [...]
22. A los efectos de la
organización de los trabajos a que se hace referencia en los párrafos
20 y 21, se atenderá cuidadosamente a reducir al mínimo la carga que
recaiga en las delegaciones, sobre todo las que disponen de menos
recursos, y a coordinar las reuniones con las de los órganos
pertinentes de la UNCTAD. El programa de cooperación técnica de la
Secretaría estará a disposición de los países en desarrollo Miembros,
y en especial de los menos adelantados de entre ellos, para facilitar
su participación en estos trabajos”.
Declaración Ministerial
de Doha, párrafo 26
adoptada el 14 de noviembre de 2001 (WT/MIN(01)/DEC/1,
de 20 de noviembre de 2001)
“26.
Reconociendo los argumentos en favor de un acuerdo multilateral relativo a
la transparencia de la contratación pública y la necesidad de potenciar la
asistencia técnica y la creación de capacidad en esta esfera, convenimos en
que después del quinto período de sesiones de la Conferencia Ministerial se
celebrarán negociaciones sobre la base de una decisión que se ha de adoptar,
por consenso explícito, en ese período de sesiones respecto de las
modalidades de las negociaciones. Dichas negociaciones se basarán en los
progresos realizados hasta ese momento en el Grupo de Trabajo sobre la
Transparencia de la Contratación Pública y tendrán en cuenta las prioridades
de los participantes en materia de desarrollo, especialmente las de los
países menos adelantados participantes. Las negociaciones se limitarán a los
aspectos relativos a la transparencia y por consiguiente no restringirán las
posibilidades de los países de dar preferencias a los suministros y
proveedores nacionales. Nos comprometemos a asegurar la asistencia técnica y
el apoyo a la creación de capacidad adecuados, durante las negociaciones y
después de su conclusión”.
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Comunicación Ministerial
de Cancún, párrafos 4 a 6
adoptada el 14 de septiembre de 2003
(WT/MIN(03)/20, de 23 de septiembre de 2003)
“4. En consecuencia, encomendamos a nuestros funcionarios que sigan trabajando sobre las cuestiones pendientes con determinación y sentido de urgencia renovados y teniendo plenamente en cuenta todas las opiniones que hemos expresado en esta Conferencia. Pedimos al Presidente del Consejo General que, en estrecha colaboración con el Director General, coordine esos trabajos y convoque una reunión del Consejo General a nivel de altos funcionarios no más tarde del 15 de diciembre de 2003 a fin de tomar en ese momento las disposiciones necesarias que nos permitan avanzar hacia una conclusión exitosa y oportuna de las negociaciones. Seguiremos ejerciendo una estrecha supervisión personal de este proceso.
5. Llevamos con nosotros a esta nueva
fase toda la valiosa labor realizada en esta Conferencia. Por lo que
respecta a las esferas en las que hemos llegado a un alto nivel de
convergencia en los textos, nos comprometemos a mantener esa
convergencia mientras trabajamos para llegar a un resultado global
aceptable.
6. A pesar de esta contrariedad,
reafirmamos todas nuestras Declaraciones y Decisiones de Doha y nos
comprometemos una vez más a trabajar para aplicarlas plena y fielmente”.
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“Decisión de Julio”
del Consejo General, párrafo 1 g)
adoptada el 1º de agosto de 2004 (WT/L/579,
de 2 de agosto de 2004)
“Relación entre comercio e
inversiones, interacción entre comercio y política de competencia y
transparencia de la contratación pública: el Consejo acuerda
que estos temas, mencionados en los párrafos 20 a 22, 23 a 25 y 26,
respectivamente, de la Declaración Ministerial de Doha, no formarán
parte del Programa de Trabajo establecido en dicha Declaración y por
consiguiente durante la Ronda de Doha no se llevarán a cabo en la OMC
trabajos encaminados a la celebración de negociaciones sobre ninguno de
estos temas.”
En la actualidad, el Grupo de Trabajo sobre la Transparencia de la
Contratación Pública se mantiene inactivo.