Cuestiones abarcadas por los Comités y Acuerdos de la OMC
EXÁMENES DE LA POLÍTICAS COMERCIALES: SEGUNDO COMUNICADO DE PRENSA Y CONCLUSIONES DEL PRESIDENTE

Japón: abril de 1995

COMUNICADO DE PRENSA
PRENSA/TPRB/6
6 de abril de 1995

ÓRGANO DE EXAMEN DE LAS POLITICAS COMERCIALES: JAPÓN
EVALUCIÓN DEL OEPC



“ Los participantes han acogido con satisfacción los indicios de una incipiente recuperación de la economía japonesa, recuperación atribuible en parte a la persistente capacidad del Japón para adaptarse a un entorno exterior cambiante. Se han hecho preguntas sobre los efectos macroeconómicos previsibles de la apreciación del yen, así como sobre las consecuencias económicas del reciente terremoto de Kobe.”

Los días 4 y 5 de abril de 1995, el Órgano de Examen de las Políticas Comerciales de la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el Consejo del GATT de 1947 realizaron el tercer examen del Japón, que ya estaba previsto en el programa de exámenes de 1994 en el marco del GATT de 1947. Adjunto figura el texto de las observaciones hechas a modo de conclusión por el Presidente, en que se resumen los puntos más destacados que se señalaron durante los dos días de debates.

El MEPC permite al Consejo realizar un examen colectivo de toda la gama de políticas y prácticas comerciales de cada Miembro del GATT, a intervalos regulares, para seguir de cerca las tendencias y los acontecimientos importantes que puedan tener repercusiones en el sistema mundial de comercio.

El examen se basa en dos informes, que preparan respectivamente la Secretaría del GATT y el Gobierno objeto del examen, en los que se consideran todos los aspectos de las políticas comerciales del país, con inclusión de sus leyes y reglamentos nacionales, el marco institucional, los acuerdos bilaterales, regionales y demás acuerdos preferenciales, las necesidades económicas más generales y el entorno exterior.

Oportunamente se publicará la documentación completa del examen de las políticas comerciales del Japón, que comprenderá, además de esos dos informes, el acta del debate y el resumen del Presidente. Podrá obtenerse en la Secretaría de la OMC, Centro William Rappard, 154 rue de Lausanne, 1211 Ginebra 21.

Desde diciembre de 1989 se han llevado a cabo los siguientes exámenes: Argentina (1992), Australia (1989 y 1994), Austria (1992), Bangladesh (1992), Bolivia (1993), Brasil (1992), Camerún (1995), Canadá (1990, 1992 y 1994), Chile (1991), Colombia (1990), Comunidades Europeas (1991 y 1993), Corea Rep. de (1992), Egipto (1992), Estados Unidos (1989, 1992 y 1994), Filipinas (1993), Finlandia (1992), Ghana (1992), Hong Kong (1990 y 1994), Hungría (1991), India (1993), Indonesia (1991 y 1994), Israel (1994), Islandia (1994), Japón (1990 y 1992), Kenya (1993), Macao (1994), Malasia (1993), Marruecos (1989), México (1993), Nigeria (1991), Noruega (1991), Nueva Zelandia (1990), Pakistán (1995), Perú (1994), Polonia (1993), Rumania (1992), Senegal (1994), Singapur (1992), Sudáfrica (1993), Suecia (1990 y 1994), Suiza (1991), Tailandia (1991), Túnez (1994), Turquía (1994), Uruguay (1992 y 1994) y Zimbabwe (1994).

ÓRGANO DE EXAMEN DE LAS POLÍTICAS COMERCIALES: JAPÓN
OBSERVACIONES FORMULADAS POR EL PRESIDENTE A MODO DE CONCLUSIÓN

Esta reunión conjunta del Órgano de Examen de las Políticas Comerciales de la OMC y del Consejo del GATT de 1947 ha dado fin al tercer examen de las políticas y prácticas comerciales del Japón. Estas observaciones, hechas bajo mi responsabilidad, son un resumen de los puntos más destacados suscitados durante el debate y no pretenden reemplazar la evaluación colectiva de las políticas y prácticas comerciales del Japón. Los detalles del debate quedarán recogidos en el acta de la reunión.

El debate se ha desarrollado en torno a cuatro grandes temas:

Evolución macroeconómica

Los participantes han acogido con satisfacción los indicios de una incipiente recuperación de la economía japonesa, recuperación atribuible en parte a la persistente capacidad del Japón para adaptarse a un entorno exterior cambiante. Se han hecho preguntas sobre los efectos macroeconómicos previsibles de la apreciación del yen, así como sobre las consecuencias económicas del reciente terremoto de Kobe.

Los participantes han acogido con satisfacción los esfuerzos hechos por las autoridades, en particular mediante la desreglamentación, para lograr que se pase de un crecimiento impulsado por las exportaciones a un crecimiento impulsado por la demanda interna. Los miembros han pedido más información sobre la forma en que la apreciación de la moneda está afectando a la estructura de la economía interna, al comercio exterior y a la estructura de las inversiones. Algunos han expresado dudas sobre la medida en que los efectos de la apreciación se están transmitiendo hasta repercutir en los precios interiores. Se ha manifestado la opinión de que las asimetrías en la estructura del comercio y de las inversiones, así como las considerables diferencias en el nivel de los precios, entre el Japón y el resto del mundo reflejan las persistentes dificultades de acceso al mercado japonés. Algunos participantes también han relacionado la baja productividad del sector agropecuario, de la construcción y de ciertos otros servicios con la existencia de restricciones al comercio y a las inversiones.

Algunos miembros han hecho observaciones sobre los recientes cambios de la estructura geográfica y sectorial del comercio y de las inversiones del Japón, señalando especialmente una mayor concentración en Asia. Algunos se han preguntado si la apreciación del yen impulsará aún más las inversiones en el extranjero y si China continúa siendo un punto de destino atractivo.

En respuesta, el representante del Japón ha dicho que las inversiones en instalaciones y bienes de equipo han mostrado recientemente indicios de una recuperación gradual. La reciente apreciación del yen y el terremoto de Kobe surtirán efectos tanto positivos como negativos; con todo, su importancia global no está clara todavía.

Ha observado que la transmisión de los efectos de la apreciación del yen a los precios interiores está empezando a ser más rápida y más regular; el nivel bajo y estable de la inflación refleja el descenso de los precios de importación. La desreglamentación también ha servido para reducir algunos precios. Aunque se afirma que en el Japón los precios son elevados, es importante señalar que el tipo de cambio no refleja la paridad de los poderes adquisitivos.

El porcentaje de las inversiones directas en el extranjero que se destina a países asiáticos ha aumentado. Como resultado de ello, se están incrementando las importaciones efectuadas por el Japón de países de la región, particularmente las de productos manufacturados. La reducida cuantía de las inversiones extranjeras directas en el Japón puede guardar relación con los altos precios de la tierra, con los largos plazos necesarios para amortizar las inversiones o con las prácticas tradicionales en materia de empleo.

Cuestiones estructurales

Algunos participantes han observado que el superávit de la balanza comercial y el superávit en cuenta corriente, expresados en yen, han disminuido en los últimos años; otros se han preguntado si hay factores estructurales que constituyan la causa de la evidente lentitud de la respuesta de esas cuentas a la apreciación del yen.

Los participantes han acogido con satisfacción el reforzamiento de las estructuras institucionales relacionadas con el comercio, entre ellas la Oficina del Mediador en Asuntos Comerciales y de Inversiones (OTO) y la Conferencia de Comercio, pero se han preguntado si se deben ampliar aún más sus funciones.

Se ha señalado que existe una evidente disparidad entre, por una parte, las líneas generales de la política japonesa de desreglamentación y, por otra, su limitada aplicación en la práctica, y se ha citado como ejemplo específico el caso de la vivienda. Los participantes han solicitado información sobre los efectos concretos de anteriores programas de desreglamentación y, aun celebrando el nuevo conjunto de normas de desreglamentación recientemente anunciado, han señalado que tales normas deben llevar a resultados mensurables. Se ha hecho una pregunta sobre los posibles conflictos entre la desreglamentación y los objetivos sociales en el Japón.

Algunos participantes han manifestado que ven con beneplácito los esfuerzos del Japón por fomentar las importaciones; otros han señalado los efectos de distorsión que pueden surtir tales medidas, si se aplican de forma selectiva.

Se ha subrayado la importancia que tiene la enérgica aplicación de la política en materia de competencia, en particular la necesidad de adoptar nuevas medidas de defensa de la competencia en los sectores en que sigue habiendo alianzas verticales y en la distribución.

El representante del Japón ha respondido que el superávit en cuenta corriente ha bajado recientemente al 2,5 por ciento del PIB. Expresado en yen, el superávit se redujo en un 10 por ciento en 1994, si bien la disminución en dólares de los EE.UU. fue marginal.

Como resultado de las recomendaciones encaminadas a la apertura del mercado formuladas por el Consejo del Mediador en Cuestiones relacionadas con el Acceso al Mercado, dependiente de la OTO, se han modificado diversas leyes japonesas. En general, la OTO está reforzando sus funciones. Los participantes han hecho después nuevas observaciones sobre la eficacia de la OTO, en particular sobre la debilidad de las disposiciones legales y las posibilidades de aplicación coercitiva, así como sobre la importancia potencial de la OTO en la promoción de las buenas relaciones con los países con los que se comercia.

El representante del Japón ha declarado que, aunque la desreglamentación tiene la máxima prioridad para el Gobierno, se necesita tiempo para que las medidas de reforma surtan plenamente efecto sobre la economía. Se espera que la desreglamentación reactive la economía mediante el fomento de la competencia, el mejoramiento del acceso al mercado y la expansión de las posibilidades de elección de los consumidores.

El Programa de Acción de Desreglamentación anunciado el 31 de marzo de 1995 abarca sectores tales como la distribución, las normas, la certificación y los procedimientos de importación. La supresión de las reglamentaciones económicas constituye un principio básico del programa. Las reglamentaciones de naturaleza social se reducirán al mínimo necesario para la consecución de los objetivos de política legítimos. El Programa será examinado y modificado, de ser necesario, anualmente.

Además, el Gobierno tiene la firme voluntad de aplicar activamente la política de defensa de la competencia. Así, la Comisión para el Control de Fraudes Comerciales ha hecho hincapié en la lucha contra las infracciones de la Ley Antimonopolio, en el aumento de la transparencia de la aplicación coercitiva de la ley y en el estudio de las disposiciones reglamentarias.

Los participantes han puesto de relieve que se necesita mucha más rapidez y claridad en la desreglamentación, particularmente en la aplicación en detalle del nuevo Programa y en la obtención de apoyo de los círculos mercantiles.

Cuestiones específicas

Los participantes han encomiado la notable contribución del Japón en todos los sectores de las negociaciones de la Ronda Uruguay. Aunque se ha reconocido la magnitud de las reducciones arancelarias efectuadas por el Japón, se ha expresado preocupación por los máximos arancelarios subsistentes y por la progresividad arancelaria subsistente en sectores tales como los del cuero, el calzado y los productos alimenticios elaborados.

Los miembros han manifestado su satisfacción por la prórroga por 10 años del esquema japonés del SGP; no obstante, algunos participantes han instado a que se supriman los límites máximos aplicados a las importaciones de productos que son de interés para los países en desarrollo.

Aunque se han acogido con beneplácito los amplios compromisos asumidos por el Japón en relación con el sector agropecuario, se han señalado los efectos negativos que tiene sobre el comercio la protección que se sigue concediendo en ese sector, incluyendo los elevados tipos arancelarios aplicados fuera de contingente. Varios participantes han observado que se podría mejorar la seguridad alimentaria mediante un acceso más liberal al mercado y mediante la diversificación de los suministros, medidas reforzadas con las disciplinas de la Ronda Uruguay en materia de prohibición y restricción de las exportaciones. Varios miembros han deplorado que no se haya incluido la pesca en el proceso de consolidación de los derechos arancelarios de la Ronda Uruguay; señalando que la política pesquera del Japón continuará basándose en contingentes y en elevados derechos arancelarios, han manifestado la esperanza de que se logre una mayor liberalización en este sector.

Se ha expresado inquietud específicamente por el acceso de los productos lácteos, el trigo, la carne y la fruta, cuando subsisten factores tales como el comercio de Estado y las reglamentaciones restrictivas de cuarentena/sanitarias o fitosanitarias. Los participantes han instado al Japón a que se atenga plenamente a los Acuerdos pertinentes de la OMC, en particular mediante la aplicación de las normas internacionalmente acordadas.

Algunos participantes han hecho observaciones sobre la continuación de diferentes niveles de imposición en el caso de las bebidas alcohólicas; se ha exhortado a que se apliquen cabalmente las recomendaciones formuladas con anterioridad por un grupo especial del GATT.

Se han puesto de relieve los efectos restrictivos que las normas industriales japonesas, incluyendo los códigos de la construcción, tienen sobre el comercio. Los participantes han señalado el pequeño número de normas de tal índole que coinciden con normas internacionales. En lo que se refiere a las compras del sector público, las empresas extranjeras siguen teniendo dificultades de acceso, pese a la reciente liberalización; el número de casos de contratación directa es todavía considerable, los requisitos para la calificación no se han racionalizado plenamente, las disposiciones no oficiales están generalizadas y las penas en caso de infracción parecen insuficientes.

Se han hecho preguntas sobre el consenso a que han llegado el Japón y la Unión Europea en relación con las exportaciones de automóviles.

Se ha señalado el efecto restrictivo que tiene el sistema de confirmación previa para la importación de tejidos de seda, y un participante ha pedido que se suprima ese sistema; algunos participantes también han instado al Japón a que no adopte medidas de salvaguardia con arreglo al Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido.

Se ha acogido con satisfacción el acuerdo bilateral concertado recientemente por el Japón sobre las medidas de liberalización en materia de servicios financieros; no obstante, los participantes han exhortado al Japón a que multilateralice el acuerdo. Asimismo se ha instado a que la posición del Japón en lo que se refiere al movimiento de las personas naturales responda plenamente a los intereses de los países en desarrollo.

En respuesta, el representante del Japón ha observado que la estructura del arancel aduanero del Japón se negoció en la Ronda Uruguay; los derechos arancelarios se reducirán como se ha acordado. En el ejercicio económico de 1995, el Japón ha ampliado los contingentes del SGP, aumentado el número de beneficiarios y reducido los derechos aplicables a 12 productos tropicales.

En el sector agropecuario, el Japón considera que las medidas en frontera son necesarias para mantener una producción nacional mínima. El Japón se propone fijar unos niveles de precios tales que reflejen la oferta y la demanda y faciliten el reajuste estructural. La autosuficiencia del Japón es muy baja en comparación con la de otros países desarrollados. Se dan oportunidades de acceso de conformidad con los compromisos contraídos por el Japón en la Ronda Uruguay, con arreglo a la cual también se ha establecido la arancelización. Se recurre a las empresas de comercio estatal para cumplir los compromisos de compra asumidos por el Japón; las empresas estatales no participan en la comercialización ni en la distribución de las importaciones fuera de contingente. En lo que se refiere al arroz, la Secretaría de Productos Alimenticios no discrimina entre las empresas importadoras nacionales y las extranjeras. Se notificarán en breve a la OMC, según sea necesario, los contingentes específicos aplicados a los productos lácteos.

El Japón se ha comprometido a reducir los aranceles aplicados a los aceites vegetales y a los productos de la madera; las diferencias subsistentes en los aranceles aplicados a la madera contrachapada reflejan las diferencias existentes en el grado de competencia con el producto local. Las importaciones de maderas tropicales contrachapadas han aumentado rápidamente, lo que afecta seriamente a la industria japonesa. La norma pertinente de las Normas Agrícolas Japonesas se considera apropiada para los materiales de construcción de madera en el clima del Japón, y no hay discriminación entre los proveedores nacionales y los extranjeros.

Las medidas sanitarias y fitosanitarias tienen una base científica y se armonizarán con las normas internacionales cuando existan éstas, incluyendo las técnicas de evaluación de los riesgos.

El contingente de importación de pescado se aplica con flexibilidad; en los últimos años, no se ha agotado. Se pondrán en práctica debidamente las reducciones arancelarias acordadas en la Ronda Uruguay.

El sistema de confirmación previa aplicado a los tejidos de seda no es restrictivo ni discriminatorio; el programa para su eliminación gradual conforme al Acuerdo sobre los Textiles y el Vestido se notificará a fines de junio de 1995. No se ha tomado ninguna decisión sobre la invocación del procedimiento de salvaguardia en el caso de los textiles.

Los impuestos aplicables a las bebidas alcohólicas se han reajustado en consonancia con la recomendación de un grupo especial del GATT. Las diferencias existentes no constituyen un impedimento para el acceso al mercado, y el consumo de whisky importado está aumentando rápidamente.

La vigilancia de las exportaciones de automóviles a la Unión Europea no es obligatoria, aunque ha sido notificada por la UE como medida de zona gris; las exportaciones se sitúan por debajo del nivel previsto. Para fines de 1999 se ha de alcanzar la plena liberalización.

Las medidas que ha tomado el Japón en relación con los servicios financieros se aplicarán sobre la base de la n.m.f.; la lista definitiva de compromisos del Japón en este sector se presentará en junio de 1995.

En los últimos años el Gobierno ha adoptado, sin carácter discriminatorio, una serie de medidas unilaterales de liberalización de las compras del sector público.

Las Normas Industriales Japonesas no son obligatorias, aunque algunas reglamentaciones técnicas japonesas se remiten a ellas. En algunos casos, no existe ninguna norma internacional; en otros, las normas japonesas no son sensiblemente diferentes de las normas internacionales.

Pese a la debilidad de las industrias del cuero y del calzado, se harán de nuevo reducciones arancelarias de conformidad con la Ronda Uruguay.

Papel del Japón en el entorno internacional

Los participantes han subrayado que el Japón, por ser uno de los Miembros más grandes, tiene una gran responsabilidad en el correcto funcionamiento del sistema internacional de comercio, incluyendo la puesta en práctica de la Ronda Uruguay.

Se ha acogido con satisfacción la importancia atribuida por el Japón al principio de la n.m.f.; los participantes han puesto de relieve su importancia para el Japón, para los países más pequeños que comercian con el Japón y para el sistema en su conjunto. Algunos miembros han manifestado que comparten la preocupación del Japón por el regionalismo centrípeto y han celebrado las declaraciones hechas por los miembros de la Organización de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico en la Declaración de Bogor.

Se ha instado al Japón a que continúe aplicando sobre la base del principio de la n.m.f. todas las medidas acordadas bilateralmente; se ha subrayado la necesidad de lograr una plena transparencia y de que participen todos los países que comercian con el Japón.

En respuesta, el representante del Japón ha declarado que su país tiene plena conciencia de las obligaciones que le incumben en relación con el sistema multilateral de comercio. El Japón ha hecho todo lo posible para contribuir a la feliz conclusión de la Ronda Uruguay y, animado por el mismo espíritu, está decidido a cumplir sus obligaciones a fin de reforzar la OMC.

El Japón tiene la firme voluntad de aplicar el principio de la n.m.f. Así, aunque toma parte en negociaciones bilaterales, los resultados de tales negociaciones se aplicarán basándose en el principio de la n.m.f. Suscribe plenamente la opinión de que las disposiciones regionales deben constituir una excepción a ese principio. Cuando el Japón acoja la reunión de la Organización de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico que se celebrará en 1995, su Gobierno tendrá presente ese principio y velará por que se mantenga intacto el carácter fundamental de entidad de cooperación regional abierta de esa Organización. Recuerda que, con arreglo a la Declaración de Bogor, la liberalización del comercio y de las inversiones se hará de conformidad con las disposiciones de la OMC.

Conclusión

Este examen ha sido un constructivo debate sobre las políticas comerciales del Japón. Se ha subrayado la importancia del Japón en el sistema internacional de comercio, y los Miembros han acogido con satisfacción la voluntad expresada por el Japón de atenerse al principio de la nación más favorecida y su resolución de contribuir a reforzar la OMC. Asimismo han alentado al Japón a mantener su compromiso de llegar a la desreglamentación interna y han subrayado la importancia que el logro de progresos claros y concretos a ese respecto tiene para el Japón y para los países que comercian con el Japón.