EXÁMENES DE LA POLÍTICAS COMERCIALES: BREVE INTRODUCCIÓN

Supervisión de las políticas comerciales nacionales: el MEPC

La vigilancia de las políticas comerciales nacionales constituye una actividad de importancia fundamental en la labor de la OMC. El núcleo de esta labor es el Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (MEPC).

Los exámenes se realizan en el Órgano de Examen de las Políticas Comerciales que es en realidad el Consejo General de la OMC - integrado por todos los Miembros de la OMC - que funciona con arreglo a normas y procedimientos especiales, por lo que los exámenes consisten fundamentalmente en evaluaciones realizadas entre los Miembros, aunque buena parte del trabajo de preparación fáctico corre a cargo de la Secretaría de la OMC

Antecedentes

El Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales fue uno de los primeros resultados de la Ronda Uruguay y se estableció con carácter provisional durante el Balance a Mitad de Período de la Ronda celebrado en Montreal en diciembre de 1998. En virtud del artículo III del Acuerdo de Marrakech, aprobado por los Ministros en abril de 1994, el MEPC se convirtió con carácter permanente en una de las funciones básicas de la OMC; con la entrada en vigor del Acuerdo sobre la OMC en 1995, el mandato del MEPC se extendió al comercio de servicios y la propiedad intelectual.

Uno de los objetivos del MEPC, según el Anexo 3 del Acuerdo de Marrakech, es coadyuvar a un mejor funcionamiento del sistema multilateral de comercio mediante la consecución de una mayor transparencia de las políticas comerciales de los Miembros.

Todos los Miembros de la OMC son objeto de examen en el marco del MEPC. El Anexo establece que los cuatro Miembros con mayor participación en el comercio mundial (actualmente las Comunidades Europeas, los Estados Unidos, el Japón y el China) serán objeto de un examen cada dos años, los 16 siguientes cada cuatro años y los demás cada seis años, pudiendo fijarse un intervalo más extenso para los países menos adelantados Miembros.

En 1994 se introdujo una flexibilidad de hasta seis meses en los ciclos de exámenes y en 1996 se acordó que uno de cada dos exámenes de las cuatro primeras entidades comerciantes fuese un examen "intermedio".

Cómo se organizan los exámenes

El Órgano de Examen de las Políticas Comerciales (OEPC) realiza los exámenes sobre la base de una declaración de políticas preparada por el país objeto de examen y un informe elaborado por economistas de la División de Examen de las Políticas Comerciales de la Secretaría.

Al debate del MEPC contribuyen dos ponentes previamente seleccionados a este efecto.

La Secretaría, aunque solicita la colaboración del Miembro para preparar el informe, es la única responsable de los hechos y opiniones expuestos en él.

El informe se compone de capítulos detallados en los que se examinan las prácticas y políticas comerciales del Miembro y se describen las instituciones responsables de la política comercial, así como la situación macroeconómica. Estos capítulos están precedidos por las observaciones recapitulativas de la Secretaría, en las que se resume el informe y se presenta la perspectiva de la Secretaría sobre las políticas comerciales del Miembro. El informe de la Secretaría y la declaración de políticas del Miembro se publican después del examen, junto con el acta de la reunión y el texto de las observaciones formuladas al término de la misma por el Presidente del OEPC a modo de conclusión.

Fuera del ámbito de la OMC se ha escrito mucho sobre el MEPC y se invita a aumentar la lista de publicaciones relacionadas.