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COLABORACIÓN CON OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES La OMC y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) El preámbulo del Acuerdo sobre Propiedad Intelectual de la OMC insta a “unas relaciones de mutuo apoyo entre la OMC y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual […] y otras organizaciones internacionales competentes”. El Acuerdo también hace referencia específica a varios convenios de la OMPI. |
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La cooperación entre la OMC y la OMPI abarca las notificaciones de las leyes nacionales, la asistencia técnica y el cumplimiento de las obligaciones en la esfera de los ADPIC dimanantes del artículo 6ter del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, que es uno de los tratados de la OMPI. Como parte de este esfuerzo, las dos organizaciones han lanzado diversas iniciativas conjuntas de cooperación técnica.
> Para los países en desarrollo, iniciativa lanzada en 1998, con el fin de ayudarles a cumplir la fecha límite de 1° de enero de 2000 para aplicar el Acuerdo sobre los ADPIC.
> Para los países menos adelantados, iniciativa lanzada en 2001, es un programa análogo destinado a ayudar a estos países a cumplir el plazo inicial de 1° de enero de 2006 y a lograr que la protección de la propiedad intelectual contribuya a su desarrollo económico, social y cultural.
> Para los países menos adelantados —
período de transición prorrogado
hasta el 1º de julio de 2013: Colección de Leyes Electrónicamente Accesible (CLEA) Enlace con el sitio de la Organización encargada de fomentar la protección de la propiedad intelectual en todo el mundo y de administrar varios tratados multilaterales sobre la propiedad intelectual. |
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para contactarnos : Organización Mundial del Comercio, rue de Lausanne 154, CH-1211 Ginebra 21, Suiza