Los Miembros de la OMC acordaron el 10 de febrero de 2003 el procedimiento para la inscripción de las
organizaciones no gubernamentales que deseen asistir a la Quinta
Conferencia Ministerial de la OMC. Las solicitudes de inscripción de
las organizaciones no gubernamentales se aceptarán teniendo en cuenta
lo que se establece en el párrafo 2 del artículo V del Acuerdo sobre
la OMC, es decir, que se trate de organizaciones no gubernamentales “que se ocupen de cuestiones afines a las de la OMC”.
Cuando presenten su solicitud de inscripción, las
organizaciones no gubernamentales han de facilitar en forma detallada
toda la información necesaria para demostrar que se ocupan de
cuestiones afines a las de la OMC.
Están eximidas de este procedimiento las
organizaciones no gubernamentales inscritas en al menos dos
Conferencias Ministeriales anteriores celebradas en Singapur (diciembre de 1996), Ginebra (mayo de 1998), Seattle (diciembre de 1999) y Doha
(noviembre de 2001).
Si su organización se inscribió en dos Conferencias
Ministeriales anteriores, será preciso indicar en cuáles. Las
organizaciones no gubernamentales que cumplan los requisitos tendrán
igualmente la obligación de solicitar oficialmente la inscripción y
estarán sujetas a todos los demás procedimientos y plazos aplicables a
las ONG que solicitan su asistencia a la Quinta Conferencia Ministerial.
Las solicitudes de inscripción acompañadas de la
información solicitada supra deberán enviarse por correo
(el fax y el correo electrónico no se aceptarán) a la siguiente
dirección:
Organización Mundial del Comercio
División de Relaciones Exteriores
Centro William Rappard
Rue de Lausanne 154
1211, Ginebra 21
Suiza
Las solicitudes de inscripción tendrán que haberse
recibido a más tardar el 30 de abril de 2003 (a medianoche,
GMT). No se tendrán en cuenta las solicitudes recibidas
después de esa fecha.
La confirmación de que su organización cumple las
condiciones para ser inscrita se enviará, junto con un formulario de
inscripción individual, a partir del 31 de mayo de 2003.
Como se prevé que muchas organizaciones no
gubernamentales muestren interés en asistir a la Conferencia
Ministerial de Cancún, es posible que haya que limitar el número de
representantes que integren la delegación de cada organización no
gubernamental. Esta información se incluirá en la carta en que se
confirmará que la organización cumple las condiciones para la
inscripción.
Una vez recibidas y completadas, las solicitudes de
inscripción individuales deberán ser devueltas a la dirección supra
a la mayor brevedad posible,y, en todo caso, no más tarde del 30 de
junio de 2003 (a medianoche, GMT).
Sírvanse tomar nota de lo siguiente:
-
todos los
formularios de inscripción están numerados y no pueden
fotocopiarse; sólo se aceptarán los formularios originales
auténticos y debidamente firmados;
-
no se
aceptarán los formularios incompletos; deberá facilitarse toda
la información solicitada con fotos recientes de tamaño
pasaporte.
A partir del 1º de agosto de 2003, las
organizaciones no gubernamentales recibirán confirmación de su
inscripción. Sobre esa base, se podrán retirar en Cancún las tarjetas
de identificación que permitirán el acceso a todos los locales
oficiales relacionados con la Conferencia Ministerial.