OMC: NOTICIAS 2011

AGRICULTURA: REUNIÓN FORMAL

NOTA:
ESTA NOTICIA tiene como finalidad ayudar al público a comprender los nuevos acontecimientos de la OMC. Si bien se ha hecho todo lo posible para asegurar que el contenido de la información sea exacto, ésta se entiende sin perjuicio de las posiciones de los gobiernos Miembros.

La posición oficial figura en las actas de las reuniones.

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ACTAS:

También siguió debatiendo la actualización de su lista de “exportadores importantes” de los principales productos objeto de comercio, una lista que determina qué países deben notificar sus volúmenes de exportación de los productos en cuestión.

Todo esto se debe a que el Comité tiene la responsabilidad fundamental de supervisar la aplicación del Acuerdo sobre la Agricultura, y de recibir las notificaciones de los Miembros de la OMC relativas a la forma en que aplican sus compromisos de acceso a los mercados, la ayuda interna, las subvenciones a las exportaciones y otros temas relacionados con la agricultura, y de analizarlas cuando se planteen cuestiones.  Los Miembros también pueden hacer preguntas sobre las medidas agrícolas que no hayan sido objeto de notificación.

Las preguntas y respuestas pueden consultarse aquí una vez que han sido tramitadas y pasan a ser de distribución general (lo que suele tardar unas semanas).

 

Algunos detalles

En estas reuniones “ordinarias” del Comité de Agricultura se tratan los trabajos habituales de la OMC, y no las negociaciones en curso, que se celebran por separado en reuniones en Sesión Extraordinaria.  El Comité está integrado por todos los Miembros de la OMC.

 

Restricciones a la exportación de productos alimenticios

Varios Miembros continúan preocupados porque los impuestos y las restricciones a la exportación afectan a los mercados internacionales y a la capacidad de los países importadores para obtener suministros, y algunos de ellos afirman que los impuestos a la exportación equivalen a una forma de evadir las disciplinas relativas a las restricciones a la exportación.  Elogiaron a los países que habían introducido esas medidas por haberlas notificado a la OMC, aunque algunos dijeron que aún se puede mejorar la facilitación de información.

Desde la última reunión del Comité, celebrada en marzo, los cambios que se han notificado incluyen la eliminación por Ucrania de sus contingentes de exportación para el trigo y la cebada (notificación G/AG/N/UKR/5/Add.3).  Ucrania dijo que se mantenían los contingentes para el centeno y el alforfón, aunque no se había decidido si se prorrogarían.  Los contingentes eliminados habían sido reemplazados por impuestos a la exportación, que se aplicarían hasta enero de 2012.

La ex República Yugoslava de Macedonia (notificación G/AG/N/MKD/13) dijo que había prohibido temporalmente la exportación de harina de trigo, prohibición que se suma a una prohibición anterior relativa al trigo.  Según la ex República Yugoslava de Macedonia, en la práctica, como el país es un importador neto, la restricción se aplicará únicamente a pequeñas cantidades exportadas a países vecinos, y no afectará a los mercados mundiales.

En una tercera notificación, Moldova (notificación G/AG/N/MOL/3/Add.1)anunció que se derogaban las restricciones a la exportación de trigo.

Entre los países que expresaron preocupaciones sobre las restricciones e impuestos se cuentan Israel, el Japón, la UE, los Estados Unidos y Suiza.

Con arreglo a las normas de la OMC, los países pueden establecer restricciones a la exportación de productos agrícolas, pero solo temporalmente, y deben cumplir las disposiciones del artículo XI (11) del GATT, en este caso el apartado a) del párrafo 2, y el artículo 12 del Acuerdo sobre la Agricultura.

Esas disposiciones exigen que el país que establezca la restricción tome en consideración los efectos de esa prohibición o restricción en la seguridad alimentaria de los países importadores, notifique la medida a la OMC con la mayor antelación posible, esté dispuesto a celebrar consultas sobre la restricción con los países importadores y facilite la información necesaria cuando así se lo solicite.

 

Algodón

La cuestión del algodón se planteó dos veces.  La India quería saber qué medidas estaban tomando los Estados Unidos para reformar sus subvenciones al algodón a fin de cumplir las normas de la OMC a raíz de una resolución dictada en el marco de una diferencia (diferencia DS267 relativa a las subvenciones al algodón americano (upland)).  Los Estados Unidos dijeron que estaban tratando de llegar a una solución mutuamente convenida con el Brasil (que planteó el caso en la OMC) mientras se elaboraba una nueva legislación.  El Brasil dijo que compartía las preocupaciones de la India relativas a las distorsiones.  Agregó que la solución que estaba discutiendo con los Estados Unidos era una medida temporal y no ideal, hasta que los Estados Unidos pudieran cumplir plenamente la resolución.

Los Estados Unidos, por su parte, preguntaron cuándo eliminaría la India sus restricciones a la exportación de algodón.  La India dijo que las medidas estaban comprendidas en el ámbito del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio y que no se trataban en el Comité de Agricultura.  Los Estados Unidos dijeron que, por su repercusión en el comercio del algodón, ese tema era responsabilidad del Comité.  El Canadá y el Pakistán dijeron que también estaban preocupados.

 

Incumplimiento de los compromisos en materia de subvenciones

Las últimas notificaciones de Costa Rica muestran un aumento de la ayuda interna (MGA) causante de distorsión por encima de sus límites máximos objeto de compromiso.  Esta falta de cumplimiento se debatió por primera vez en la reunión de septiembre de 2010 y volvió a plantearse en reuniones posteriores.

La MGA es el tipo de ayuda interna que más distorsiona el comercio al elevar los precios internos y estimular la producción.  A veces se denomina ayuda del “compartimento ámbar”.

Según la última notificación de Costa Rica, correspondiente a 2010, la MGA fue de 109,6 millones de dólares, 18 millones más que en 2009, y muy superior al límite máximo de 15,9 millones que se había acordado.  La delegación explicó que se estaba debatiendo una nueva política en consultas públicas, que había encontrado resistencia por parte de quienes temían que sus beneficios se vieran disminuidos por la propuesta de sustituir las medidas de sostenimiento de los precios por otras subvenciones que se considera no tienen efectos de distorsión del mercado.

Costa Rica dijo que la cuestión había llegado a los tribunales.  Sin embargo, el Gobierno respetaba sus obligaciones y revisaría el programa con mayor urgencia a fin de ajustar la ayuda a los límites de compromiso, añadió.

Otros Miembros elogiaron a Costa Rica por su transparencia, pero dijeron que seguían preocupados por el incumplimiento de los compromisos.

En algunas de sus preguntas sobre las notificaciones de otros países, que reflejaban un aumento de la ayuda, algunas delegaciones advirtieron que los niveles de la ayuda no deberían sobrepasar los límites máximos objeto de compromiso.

 

Productos lácteos

Se examinaron de nuevo tres cuestiones relativas a los productos lácteos que ya se habían planteado en reuniones anteriores.  En lo referente a la Ice Cream Promotion (Iniciativa de fomento de los helados), del Canadá, Nueva Zelandia cuestionó los ingresos comunes y el reparto de los costos de promoción del programa, pero el Canadá dijo que se trataba de un acuerdo contractual privado y confidencial entre una ONG (Dairy Farmers of Canada (Productores Lecheros del Canadá)) y productores particulares de helados, que no recibía ningún tipo de ayuda de la Comisión de Productos Lácteos del Canadá , una empresa estatal. 

El Canadá rechazó el argumento de Nueva Zelandia de que las importaciones se veían afectadas por la modificación del plan de “clases especiales de leche” que, mediante la reducción de precios, alentaba a los elaboradores canadienses de productos lácteos a comprar concentrados de proteínas lácteas nacionales.

Australia reiteró su preocupación por el hecho de que el Programa de imposición de las importaciones de productos lácteos de los Estados Unidos impusiera cargas mayores a los productos lácteos importados que a los nacionales.  Los Estados Unidos respondieron que las cargas impuestas a ambos eran mínimas y que el resultado podía ser un aumento de los precios de los productos importados por la estimulación de la demanda. 

 

Otros asuntos

Citando a sus exportadores, Israel y los Estados Unidos se quejaron de que las importaciones de fruta y otros productos perecederos a la Argentina se estaban retrasando debido a procesos burocráticos.  Suiza dijo que también estaba preocupada a este respecto.  La Argentina respondió que las acusaciones eran “opiniones sin fundamento que no pueden justificarse”.

La mayoría de las demás preguntas y respuestas se referían a detalles relativos a diversos programas o medidas, incluidos los contingentes arancelarios y las razones por las que algunos de ellos estaban subutilizados, y a datos específicos sobre programas de ayuda interna.

Australia preguntó a China, Egipto, la India, la República de Corea y Turquía sobre sus notificaciones pendientes, e instó a los Miembros a mantenerse al día para asegurar la transparencia.

 

“Exportadores importantes”

Siguen inconclusas las consultas sobre una lista revisada de “exportadores importantes” elaborada por el Presidente.  La cuestión se origina en el hecho de que algunos países alegan que ya no son exportadores importantes, no pueden subvencionar sus exportaciones y, por tanto, deberían ser eliminados de la lista.  Por ejemplo, Cuba, Filipinas y Costa Rica ya no son grandes exportadores de azúcar o fruta, lo que significaría que ya no tienen que notificar el volumen de sus exportaciones a la OMC.

Los Miembros difieren sobre cuestiones de procedimiento complejas, por ejemplo, si también debe revisarse la lista de productos, qué datos utilizar, y otros temas.

En 1995 se definió a los exportadores importantes como los países cuya participación en las exportaciones mundiales totales de determinados productos sea superior al 5 por ciento.

Los países que han contraído compromisos para reducir las subvenciones a la exportación deben notificar el volumen de sus exportaciones de esos productos, estén subvencionados o no.  Lo mismo deben hacer otros países clasificados como “exportadores importantes”, incluso si no pueden pagar ninguna subvención (puesto que los países que no han adquirido compromisos de reducción no pueden otorgar subvenciones).  Esta primera actualización de la lista reflejará los cambios en la situación del mercado, en el que algunos países perderán su participación del 5 por ciento en relación con algunos productos, y otros la adquirirán.

 

Próximas reuniones
(Puede haber cambios)

2011

  • 29 de septiembre
  • 17 de noviembre

Presidente: Sr. Jonas Skei, Noruega
 

Dicho llanamente 

Coloque el cursor sobre un término para ver la definición:

• ayuda interna global causante de distorsión del comercio (AGDC)

• compartimento ámbar

• compartimento azul

• compartimento verde

• de minimis

• notificación

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