OMC: NOTICIAS 2012

SUBVENCIONES Y LAS MEDIDAS COMPENSATORIAS


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El Comité examinó las notificaciones de la nueva legislación en materia de derechos compensatorios presentadas por los siguientes miembros:  los Estados Unidos, Tonga y Burkina Faso.  El Comité siguió examinando la notificación del Ecuador.  En una reunión extraordinaria previa a la reunión ordinaria, el Comité examinó las notificaciones de subvenciones nuevas y completas correspondientes a 2011 presentadas por Australia, Burkina Faso, el Canadá, Chile, Corea, Honduras, Israel, el Japón, Malasia, Nueva Zelandia, Noruega, Suiza, el Taipei Chino, Tonga, Ucrania, la Unión Europea y Macao, China.

Varias delegaciones expresaron su preocupación por el hecho de que, según el informe más reciente de la Secretaría (G/SCM/W/546/Rev. 3)

El Comité examinó las notificaciones de la nueva legislación en materia de derechos compensatorios presentadas por los siguientes miembros:  los Estados Unidos, Tonga y Burkina Faso.  El Comité siguió examinando la notificación del Ecuador.  En una reunión extraordinaria previa a la reunión ordinaria, el Comité examinó las notificaciones de subvenciones nuevas y completas correspondientes a 2011 presentadas por Australia, Burkina Faso, el Canadá, Chile, Corea, Honduras, Israel, el Japón, Malasia, Nueva Zelandia, Noruega, Suiza, el Taipei Chino, Tonga, Ucrania, la Unión Europea y Macao, China.

Varias delegaciones expresaron su preocupación por el hecho de que, según el informe más reciente de la Secretaría .

 

Solicitudes de los Estados Unidos a China y la India

Solicitudes de los Estados Unidos a China y la India

Los Estados Unidos exhortaron una vez más a China y a la India a que notificasen al Comité los 200 y 50 programas respectivos de subvenciones, tras la contranotificación presentada por los Estados Unidos con arreglo al párrafo 10 del artículo 25 del Acuerdo sobre Subvenciones.  Los Estados Unidos dijeron que la mayoría de esos programas de subvenciones, entre los que se contaban distintos programas de gobiernos locales, no figuraban en las notificaciones más recientes de subvenciones de esos dos países.

La Unión Europea, el Canadá, el Japón, Noruega y Turquía dijeron que compartían la preocupación de los Estados Unidos.

China reiteró que los Estados Unidos seguían teniendo un profundo desconocimiento de sus programas de subvenciones y añadió que varios de los programas que figuraban en el listado de los Estados Unidos ya estaban incluidos en la notificación que China había presentado al Comité.

La India dijo que muchos de los programas enumerados por los Estados Unidos no estaban prohibidos por el Acuerdo sobre Subvenciones, y puso como ejemplo el programa sobre infraestructura.

Los Estados Unidos dijeron que estaban dispuestos a examinar más detenidamente esas cuestiones con China y la India.

 

Subvenciones de la India a la exportación de productos textiles

Los Estados Unidos y Turquía pidieron a la India que pusiese fin a las subvenciones a la exportación de la rama de producción nacional de textiles y prendas de vestir y eliminase gradualmente los programas existentes de subvenciones, según lo previsto en el Acuerdo sobre Subvenciones para los países en desarrollo que hubieran alcanzado una situación de competitividad en las exportaciones de un sector determinado.

Turquía dijo que los productores indios de textiles competían de forma desleal con sus productores.  Los Estados Unidos, que recordaron que habían sido quienes solicitaran a la Secretaría de la OMC que calculase la situación de competitividad de la India en el sector de los textiles y las prendas de vestir, expresaron su preocupación por el hecho de que con los nuevos programas la India pareciese dirigirse en una dirección opuesta a la que exigía el cumplimiento de sus obligaciones en materia de subvenciones.  La Unión Europea pidió a la India que eliminase gradualmente sus subvenciones a la exportación de textiles.

La India expresó su determinación de cumplir con sus obligaciones, pero sostuvo que era necesario que el Comité llegara primero a un entendimiento común sobre la definición de los productos abarcados y sobre cuando debía comenzar el proceso de eliminación gradual.  Asimismo, afirmó que estaba dispuesta a trabajar sobre esa cuestión con el Comité y con los miembros interesados.

 

Medidas compensatorias

El Comité examinó los informes semestrales sobre las medidas compensatorias previstas para la segunda mitad de 2012 presentados por ocho miembros (Australia, el Brasil, el Canadá, China, los Estados Unidos, México, el Pakistán y la Unión Europea).

Los Estados Unidos reiteraron la petición que hicieran a China en el Comité Antidumping el 23 de abril de 2012 de que incrementase la transparencia y la equidad procesal de sus investigaciones sobre medidas comerciales correctivas.  China reiteró que sus procedimientos eran plenamente compatibles con las normas de la OMC.

China expresó nuevamente preocupación por lo que, a su juicio, era una protección excesiva de la industria de las bicicletas por parte de la Unión Europea, y que había añadido una investigación en materia de derechos compensatorios a los derechos antidumping impuestos casi 20 años atrás a las bicicletas de origen chino.  La Unión Europea dijo que no había llevado a cabo una investigación en materia de derechos compensatorios sobre las bicicletas de origen chino.

La India dijo que la determinación preliminar del 285 por ciento efectuada por los Estados Unidos en materia de derechos compensatorios respecto de las importaciones de tubos al carbono soldados de sección circular procedentes de la India era muy poco razonable.  Los Estados Unidos afirmaron que sus procedimientos eran compatibles con el Acuerdo y añadieron que las empresas indias afectadas no habían facilitado al Departamento de Comercio de los Estados Unidos información que éste había solicitado.

 

Grupo Permanente de Expertos

A propuesta del Presidente, -Sr. Andreas Krallmann (Alemania)- tras celebrar consultas con los miembros, el Comité acordó nombrar al Sr. Welber Barral (propuesto por el Brasil) y al Sr. Yuqing Zhang (propuesto por China) para cubrir sendas vacantes en el Grupo Permanente de Expertos del Comité.

Australia dijo que era necesario proceder a consultas informales para examinar los problemas relacionados con el proceso de selección de los miembros del Grupo Permanente de Expertos.

Al final de la reunión, el Comité eligió por aclamación al Sr. Sam C.S. Hui (Hong Kong, China) y al Sr. William Kendall (Canadá) para ocupar la Presidencia y la Vicepresidencia, respectivamente.

 

 

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