OMC: NOTICIAS 2015

BALANZA DE PAGOS


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Desde el 25 de febrero Ucrania impone un recargo del 5% a las importaciones de productos industriales y del 10% a las importaciones de productos agrícolas para hacer frente a las "condiciones excepcionales" que afectan a su balanza de pagos. La medida se notificó a la OMC en enero de 2015.

Cuando se reanudaron las consultas después de la reunión celebrada en abril, la mayoría de los Miembros consideraron que la medida de Ucrania se justificaba por la situación de balanza de pagos del país, y era conforme con las normas establecidas en el artículo XII del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994 y en el Entendimiento relativo a las disposiciones en materia de balanza de pagos. Los Miembros pidieron firmemente a Ucrania que pusiera fin a la medida de aquí a fin de año a más tardar. La mayoría de ellos reconocieron la labor de Ucrania para reformar su economía en el marco del programa cuatrienal de 17.500 millones de dólares EE.UU. del Servicio Ampliado del Fondo aprobado por el Directorio Ejecutivo de Fondo Monetario Internacional (FMI) en marzo de 2015.

Un Miembro dijo que la situación de la balanza de pagos de Ucrania había mejorado como resultado de diversos factores, por ejemplo la devaluación de la grivna, y que los Miembros de la OMC no debían tomar medidas para proteger una rama de producción determinada. Ese mismo Miembro instó a Ucrania a que suprimiera la medida, ya que no se podía justificar de acuerdo con las disposiciones relativas a la balanza de pagos.

Ucrania dio aclaraciones adicionales sobre su situación económica y su balanza de pagos (léanse las explicaciones anteriores), y respondió a las preguntas de los Miembros sobre los aspectos siguientes:

  • la justificación y los criterios utilizados para determinar los dos diferentes tipos del recargo arancelario: Ucrania respondió que, en su situación, se justificaba la aplicación de tipos más altos a los productos agrícolas. Explicó que estos productos eran sobre todo bienes de consumo y que si el suministro nacional era adecuado, los consumidores podrían reemplazar los bienes importados por productos locales sin frenar el crecimiento económico;
  • la contribución de la medida a reparar la situación de la balanza de pagos de Ucrania: explicó que el saldo por cuenta corriente entre enero y abril de 2015 había sido mejor que el del mismo período en 2014, sobre todo por los ajustes en las importaciones, que se debían principalmente a una gran reducción de la demanda interna. La imposición de un recargo a la importación había contribuido a esta mejora desde marzo, y junto con la labor de reforma de la economía y la devaluación de la grivna, la reducción del déficit por cuenta corriente sería aún mayor. Añadió que las reformas políticas tardarían más en reflejarse en las exportaciones;
  • los criterios utilizados para la pronta supresión de la medida: Ucrania explicó que la duración de la aplicación del recargo a la importación dependía de la evaluación de la capacidad de la economía para adaptarse a los choques externos. Añadió que considerarían levantar la medida en cuanto el nivel de reservas superase los objetivos previstos en el programa en curso del FMI y, en todo caso, a finales de 2015.

Un representante del FMI informó al Comité de la situación económica de Ucrania desde la reunión de abril. Dijo que estaban apareciendo indicios provisionales de estabilización, que se había estabilizado el tipo de cambio y que la fuga de reservas de divisas se había reducido, aunque no había parado. La economía seguía siendo débil y la inflación había aumentado a una tasa anual del 61% en abril. Dijo que el programa para Ucrania respaldado por el FMI iba por buen camino.

 

Próximas etapas

El Presidente, Embajador Bertrand de Crombrugghe De Picquendaele (Bélgica), concluyó diciendo que, si bien la mayoría de los Miembros consideraban que la medida de Ucrania era conforme con las normas de la OMC, una delegación consideraba que no era así. En un informe del Comité de Restricciones por Balanza de Pagos se hará constar esta divergencia de opiniones. Los Miembros de la OMC se reunirán el 19 de junio para aprobar ese informe y, en julio, el Consejo General de la OMC lo examinará y presentará eventuales recomendaciones.

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