OMC: NOTICIAS 2016

FACILITACIÓN DEL COMERCIO


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El 5 de diciembre, la Embajadora del Gabón ante la OMC, Marianne Odette Bibalou Bounda, presentó al Director General de la OMC, Roberto Azevêdo, el instrumento de aceptación de su país. El 6 de diciembre, el Embajador de la República Kirguisa ante la OMC, Daniiar Mukashev, presentó al Director General Azevêdo el instrumento de aceptación de su país.

Anteriormente, el 17 de diciembre de 2014, el Gabón había presentado a la OMC su notificación de la categoría A, en la que se indicaban las disposiciones sustantivas del AFC que tenía intención de aplicar una vez que entrara en vigor el Acuerdo. La República Kirguisa presentó a la OMC su notificación de la categoría A el 31 de julio de 2014.

El AFC entrará en vigor una vez que lo hayan aceptado formalmente dos tercios de los Miembros de la OMC.

Además del Gabón y la República Kirguisa, también han aceptado el AFC los siguientes Miembros de la OMC: Hong Kong, China; Singapur; Estados Unidos; Mauricio; Malasia; Japón; Australia; Botswana; Trinidad y Tabago; República de Corea; Nicaragua; Níger; Belice; Suiza; Taipei Chino; China; Liechtenstein; República Democrática Popular Lao; Nueva Zelandia; Togo; Tailandia; Unión Europea (en nombre de sus 28 Estados miembros); ex República Yugoslava de Macedonia; Pakistán; Panamá; Guyana; Côte d'Ivoire; Granada; Santa Lucía; Kenya; Myanmar; Noruega; Viet Nam; Brunei Darussalam; Ucrania; Zambia; Lesotho; Georgia; Seychelles; Jamaica; Malí; Camboya; Paraguay; Turquía; Brasil; Macao, China; Emiratos Árabes Unidos; Samoa; India; Federación de Rusia; Montenegro; Albania; Kazajstán; Sri Lanka; Saint Kitts y Nevis; Madagascar; República de Moldova; El Salvador; Honduras; México; Perú; Arabia Saudita; Afganistán; Senegal; Uruguay; Bahrain; Bangladesh; Filipinas; Islandia; Chile; Swazilandia; Dominica; y Mongolia.

El AFC es innovador para los países en desarrollo y los PMA por la forma en que se va a aplicar. Por primera vez en la historia de la OMC, la obligación de poner en aplicación el Acuerdo está vinculada directamente a la capacidad del país para hacerlo. Además, el Acuerdo establece que debe prestarse asistencia y apoyo para ayudar a esos países a lograr esa capacidad.

También se estableció un Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio a petición de los países en desarrollo y países menos adelantados Miembros con el fin de contribuir a que dichos países reciban la ayuda que necesitan para poder beneficiarse plenamente del AFC y favorecer la realización del objetivo último de lograr la completa aplicación de este nuevo Acuerdo por todos los Miembros. Puede obtenerse más información sobre el Mecanismo para el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio en la siguiente dirección: http://www.tfafacility.org/es.

La aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC puede llegar a aumentar las exportaciones mundiales de mercancías en 1 billón de dólares anuales, según el Informe sobre el Comercio Mundial, la publicación más emblemática de la OMC, que salió a la luz el 26 de octubre de 2015. Cabe mencionar que, según dicho Informe, los países en desarrollo se beneficiarán considerablemente del AFC al captar más de la mitad de los beneficios resultantes.

El Informe sobre el Comercio Mundial 2015 se puede consultar aquí. Encontrará más información sobre la OMC y la facilitación del comercio en la dirección www.wto.org/tradefacilitation.

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