SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

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  • Todas las diferencias que están actualmente en la fase de consultas

  

La Unión Europea alega que las prohibiciones de exportación, las prescripciones en materia de transformación y comercialización en el país, y las prescripciones en materia de licencias de exportación impuestas por Indonesia a determinadas materias primas, incluidos el níquel, el mineral de hierro, el cromo, el carbón, los desperdicios y desechos metálicos y el coque, son incompatibles con el párrafo 1 del artículo XI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) de 1994. La Unión Europea alega asimismo que la aplicación de un régimen de exención de derechos de importación constituye una subvención supeditada al empleo de productos nacionales con preferencia a los importados, que está prohibida en virtud del párrafo 1 b) del artículo 3 del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias.

Más información en el documento WT/DS592/1

¿Qué es una solicitud de celebración de consultas?

La solicitud de celebración de consultas inicia formalmente una diferencia en la OMC. Las consultas dan a las partes la oportunidad de debatir la cuestión y encontrar una solución satisfactoria sin llegar al litigio. Pasados 60 días, si las consultas no han permitido resolver la diferencia, el reclamante puede pedir que la resuelva un grupo especial.

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