FACILITACIÓN DEL COMERCIO

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“La conclusión del examen constituye un hito importante para el Comité de Facilitación del Comercio. En los últimos seis meses, los Miembros han trabajado intensamente para analizar los significativos avances logrados en los cuatro años anteriores, reconociendo al mismo tiempo los problemas de aplicación con que se enfrentan los Miembros, en particular los países menos adelantados (PMA)”, señaló el Presidente del Comité, Sr. Christopher O'Toole (Canadá).

“Cabe mencionar que el Comité también se proyectó hacia el futuro e identificó una serie de medios que pueden reforzar su labor de apoyo a la plena aplicación del AFC. En consecuencia, el Comité ha definido una buena base para un futuro programa de trabajo”, dijo.

La Directora General Ngozi Okonjo-Iweala dijo lo siguiente: “Felicito a los Miembros por haber concluido este primer examen. Este importante resultado es claro reflejo del espíritu constructivo y cooperativo mostrado en el Comité al tiempo que los Miembros trataban de llevar adelante el primer ejercicio de este tipo. Animo al Comité a seguir avanzando de esta manera para que todos los Miembros puedan obtener los beneficios del AFC”.

La Directora General también acogió con satisfacción la petición del Comité para que la Secretaría trabajara en la actualización de las anteriores estimaciones económicas acerca de los beneficios derivados del AFC, y señaló que era importante constatar también la repercusión en el comercio mundial de los dos años precedentes de lucha contra la crisis provocada por la COVID-19. En el informe sobre el examen se indica que la pandemia representó un desafío sin precedentes para los regímenes aduaneros de todos los Miembros. Como anexo al informe se adjunta un compendio de las experiencias de facilitación del comercio de los Miembros en relación con la pandemia.

El AFC tiene por objeto agilizar el movimiento, el levante y el despacho de mercancías, incluidas las mercancías en tránsito. También establece medidas para una cooperación eficaz entre las autoridades aduaneras y otras autoridades competentes en las cuestiones relativas a la facilitación del comercio y el cumplimiento de los procedimientos aduaneros. Además, contiene disposiciones sobre asistencia técnica y creación de capacidad en esta esfera. En el marco del Acuerdo, los Miembros se comprometieron a examinar el funcionamiento y la aplicación del AFC a los cuatro años de su entrada en vigor, que tuvo lugar el 22 de febrero de 2017, y periódicamente a partir de entonces.

El AFC es el primer Acuerdo de la OMC que permite a los países en desarrollo y los PMA Miembros fijar sus propios calendarios de aplicación, y que vincula expresamente los avances en la aplicación a la capacidad técnica y financiera. Los países desarrollados Miembros estaban obligados a aplicar todas las disposiciones del AFC desde su entrada en vigor.

En el informe se constata que un gran número de Miembros han presentado puntualmente las notificaciones necesarias para determinar los plazos de aplicación. Según las notificaciones presentadas por los Miembros, el porcentaje actual de los compromisos de aplicación del AFC se sitúa en el 70,5%. Se indica además que la pandemia representó un desafío sin precedentes para los regímenes aduaneros de todos los Miembros. Como anexo al informe se adjunta un compendio de las experiencias de facilitación del comercio de los Miembros en relación con la pandemia.

Del análisis de los compromisos de aplicación de los Miembros se desprende además que, tomando como referencia el conjunto de Miembros de la OMC, las cinco medidas que tienen el porcentaje más alto de compromisos de aplicación son las siguientes: la inspección previa a la expedición (artículo 10.5); el traslado de mercancías (artículo 9); la retención (artículo 5.2); el recurso a agentes de aduanas (artículo 10.6); y la admisión temporal de mercancías (artículo 10.9). Por otro lado, las cinco medidas que tienen el porcentaje más bajo de compromisos de aplicación son las siguientes: la gestión de riesgo (artículo 7.4); la cooperación entre los organismos que intervienen en la frontera (artículo 8); los procedimientos de prueba (artículo 5.3); los operadores autorizados (artículo 7.7); y la ventanilla única (artículo 10.4). En el informe también se destaca que los PMA Miembros siguen teniendo dificultades para cumplir sus obligaciones en materia de notificación.

Asimismo, se señala que 85 Miembros han notificado sus necesidades de asistencia técnica y creación de capacidad, y que las solicitudes más frecuentes concernían a los recursos humanos y la formación, la asistencia para modificar la legislación o reglamentación o para introducir nuevos instrumentos, y las tecnologías de la información y la comunicación.

Sobre la base de los debates mantenidos durante el examen, el Comité enumera en el informe sus recomendaciones para las siguientes etapas de esta labor, entre ellas, fomentar una mayor cooperación entre los donantes y los asociados en materia de asistencia técnica y creación de capacidad, mejorar la vigilancia de los plazos de aplicación y elaborar informes sobre mejores prácticas para las autoridades nacionales. El Comité también decidió celebrar una sesión específica para examinar las cuestiones relacionadas con el tránsito que atañen a los países sin litoral Miembros y solicitar a la División de Estudios Económicos y Estadística de la OMC que actualice su Informe sobre el Comercio Mundial 2015 en lo que respecta a los beneficios y desafíos derivados de la aplicación del AFC.  El Comité también seguirá examinando las propuestas de los Miembros para perfeccionar la labor de la OMC en la esfera de la facilitación del comercio. El próximo examen tendrá lugar en 2026.

El informe sobre el examen se puede consultar aquí.

Aquí puede acceder a una página específica sobre el examen.

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