DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE LA REGLAMENTACIÓN NACIONAL EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS

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En el estudio, titulado “Services domestic regulation in the WTO: Cutting red tape, slashing trade costs, and facilitating services trade” (La reglamentación nacional en el ámbito de los servicios en la OMC: reducir los trámites burocráticos, abaratar los costos del comercio y facilitar el comercio de servicios), se examina de qué manera la mejora de los sistemas de reglamentación en materia de concesión de licencias y autorización de proveedores de servicios permitiría realizar ahorros. Los 67 Miembros de la OMC(1) que participan en esta iniciativa representan el 90% del comercio mundial de servicios. Su objetivo es anunciar un resultado satisfactorio en la Duodécima Conferencia Ministerial (CM12), que comienza el 30 de noviembre. El acuerdo final se aplicará sobre la base del principio de la “nación más favorecida”, lo que significa que beneficiará a todos los Miembros de la OMC.

Según este estudio, la aplicación del resultado permitirá:

  1. mejorar el clima de negocios: al aumentar la transparencia, la eficacia y la previsibilidad de los marcos de reglamentación, las nuevas disciplinas permitirán hacer frente a las dificultades prácticas que afectan a la capacidad de las empresas y los proveedores para operar en los mercados extranjeros.
  2. abaratar los costos del comercio y obtener otros beneficios comerciales: se podrían ahorrar USD 150.000 millones en todo el mundo anualmente y lograr importantes beneficios en el ámbito de los servicios financieros, empresariales, de comunicaciones y de transporte. Además, la aplicación de las nuevas disciplinas aumentaría el valor del comercio de servicios y entrañaría una mayor participación en las cadenas de valor mundiales.
  3. facilitar el comercio de servicios: al tiempo que se celebra un número cada vez mayor de ambiciosos acuerdos comerciales de “nueva generación”, las economías de todos los niveles llevan a cabo también reformas en el ámbito del comercio de servicios. La aplicación del resultado de las negociaciones permitiría que las disposiciones reglamentarias nacionales puedan crear oportunidades comerciales para los proveedores de servicios, especialmente para las pequeñas empresas.
  4. crear beneficios generalizados más allá de los participantes: los exportadores de todos los Miembros de la OMC se beneficiarán de las mejores condiciones de reglamentación cuando realicen intercambios comerciales con los participantes en esta iniciativa conjunta.

Véase el resumen completo aquí.

Puede consultarse una hoja informativa sobre las negociaciones aquí.

Notas:

  1. Albania; Alemania; Arabia Saudita, Reino de la; Argentina; Australia; Austria; Bahrein, Reino de; Bélgica; Brasil; Bulgaria; Canadá; Chile; China; Chipre; Colombia; Corea, República de; Costa Rica; Croacia; Dinamarca; El Salvador; Eslovenia; España; Estados Unidos; Estonia; Federación de Rusia; Filipinas; Finlandia; Francia; Grecia; Hong Kong, China; Hungría; Irlanda; Islandia; Israel; Italia; Japón; Kazajstán; Letonia; Liechtenstein; Lituania; Luxemburgo; Macedonia del Norte; Malta; Mauricio; México; Moldova, República de; Montenegro; Nigeria; Noruega; Nueva Zelandia; Países Bajos; Paraguay; Perú; Polonia; Portugal; Reino Unido; República Checa; República Eslovaca; Rumania; Singapur; Suecia; Suiza; Tailandia; Territorio Aduanero Distinto de Taiwán, Penghu, Kinmen y Matsu; Turquía; Ucrania; Uruguay. Volver al texto

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