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La Presidenta del Consejo de los ADPIC, la Embajadora Pimchanok Pitfield (Tailandia), dijo que, desde la última reunión del Consejo de los ADPIC celebrada en marzo, se había reunido con los Miembros en diversas configuraciones para tratar de encontrar un terreno común sobre la ampliación de la Decisión relativa al Acuerdo sobre los ADPIC. La Presidenta reconoció que no se habían realizado progresos significativos, ya que se estaban celebrando algunas consultas internas, pero hizo hincapié en su intención de seguir trabajando para salvar las diferencias existentes.

De conformidad con el párrafo 8 de la Decisión Ministerial relativa al Acuerdo sobre los ADPIC, adoptada el 17 de junio de 2022 en la Duodécima Conferencia Ministerial de la OMC (CM12), los Miembros acordaron adoptar en un plazo de seis meses una decisión sobre si se amplia la Decisión a la producción y el suministro de medios de diagnóstico y tratamientos contra la COVID-19.

En una reunión formal del Consejo de los ADPIC celebrada en diciembre de 2022, los Miembros recomendaron al Consejo General que prorrogara el plazo para esa decisión. El Consejo General aceptó esa recomendación en diciembre de 2022 y en marzo de 2023 resolvió mantener la cuestión abierta para el debate mientras prosiguen los debates sustantivos en el Consejo de los ADPIC.

Los Miembros reiteraron sus posiciones ya conocidas y reconocieron la importancia de proseguir el debate sustantivo sobre esta cuestión mientras algunos Miembros continúan sus consultas internas.

En este contexto, se acordó celebrar una sesión temática informal dedicada a las aportaciones de las partes interesadas externas con el fin de recabar información sobre los hechos y hacer balance de las novedades pertinentes en relación con la COVID-19, con la participación de organizaciones internacionales, la sociedad civil, representantes de empresas y académicos. El evento tendrá lugar a finales de septiembre o principios de octubre.

Algunos Miembros señalaron que era necesario mantener un intercambio más amplio de experiencias en relación con la propiedad intelectual, más allá de lo dispuesto en el párrafo 8, y abordar el párrafo 24 de la Declaración Ministerial sobre la Respuesta a la Pandemia de COVID-19 y la Preparación para Futuras Pandemias, que dispone que los Miembros analicen las enseñanzas extraídas y las dificultades experimentadas durante la pandemia de COVID-19.

Los Miembros expresaron su preferencia por una composición equilibrada en la participación de las partes interesadas procedentes de diversos ámbitos geográficos y organizaciones. La Embajadora Pitfield explicó que la participación de partes interesadas externas se limitaría a la sesión temática, mientras que las negociaciones y las deliberaciones sustantivas quedarían reservadas exclusivamente a los Miembros.

Programa de Trabajo sobre el Comercio Electrónico

Los Miembros también examinaron una comunicación (IP/C/W/698) de Sudáfrica sobre “La propiedad intelectual y el Programa de Trabajo sobre el Comercio Electrónico de 1998”. En el documento se destaca que el Programa de Trabajo (WT/L/274) encomienda al Consejo de los ADPIC que examine cuestiones referentes a la propiedad intelectual relacionadas con el comercio electrónico e informe al respecto. Entre esas cuestiones figuran la protección y la observancia del derecho de autor y derechos conexos; la protección y la observancia de las marcas de fábrica o de comercio; y las nuevas tecnologías y el acceso a la tecnología.

Sudáfrica propuso intensificar los debates a fin de revitalizar el Programa de Trabajo sobre el Comercio Electrónico de 1998, de conformidad con la Decisión del Consejo General de diciembre de 2019 (WT/L/1099) y la Decisión Ministerial de la OMC (WT/L/1143) sobre dicho Programa de Trabajo alcanzada en la CM12 en junio de 2022. Dado que se trata de un mandato ministerial, Sudáfrica indicó que el Consejo de los ADPIC debería incorporar nuevamente este tema como punto permanente del orden del día, facilitando un debate más a fondo.

A juicio de Sudáfrica, es necesario incorporar el vínculo entre la propiedad intelectual y el desarrollo y los diversos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de forma generalizada en los debates del Consejo. Para alcanzar los ODS, los países en desarrollo y los países menos adelantados (PMA) Miembros deben tener acceso a la nueva tecnología y aprovecharla, apoyándose en un marco eficaz para la transferencia de tecnología.

Propiedad intelectual e innovación

Australia; los Estados Unidos; Hong Kong, China; el Japón, el Reino Unido; Singapur; Suiza; el Taipei Chino; y la Unión Europea copatrocinaron una comunicación sobre “Propiedad intelectual e innovación: colaboración transfronteriza en materia de investigación”. En el documento IP/C/W/699 se hace un seguimiento de los puntos relativos a la propiedad intelectual y a la innovación añadidos regularmente al orden del día del Consejo de los ADPIC desde 2012.

En el documento se destaca que las investigaciones científicas se benefician de la cooperación internacional, que puede mejorar la calidad de la ciencia, evitar duplicaciones innecesarias, propiciar las economías de escala y abordar cuestiones que solo pueden resolverse conjuntamente.

Los copatrocinadores señalaron que, en 2010, la proporción de patentes en las que participaba un coinventor extranjero se duplicó del 10% al 20% respecto de las tres décadas anteriores. La proporción de publicaciones científicas que contaban con un coautor internacional se triplicó durante ese mismo período, pasando de alrededor del 7% al 22%.

Además, en el documento se hace hincapié en que la era digital, el acceso a nuevas tecnologías y la mayor movilidad de la información, las ideas, los investigadores y los científicos facilitan la colaboración internacional, y en que los derechos de propiedad intelectual constituyen un marco básico para esa interacción.

Los Miembros destacaron ejemplos de los motivos por los que una entidad o un equipo de investigadores puede sentir la necesidad de colaborar, como la eficiencia, las similitudes en materia de tecnología y factores relacionados con los costos. También intercambiaron opiniones sobre la manera en que la división de las tareas puede ser más eficiente cuando se trabaja en una esfera de tecnología similar, y la manera en que las pequeñas y medianas empresas (pymes) tratan de llevar a cabo proyectos que de otro modo podrían considerarse inviables, desde el punto de vista financiero y desde el punto de vista de los riesgos relacionados con el desarrollo.

Reclamaciones no basadas en una infracción y reclamaciones en casos en que existe otra situación

Los Miembros abordaron una vez más la cuestión de larga data del examen del alcance y las modalidades de las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC. En la CM12, los Ministros adoptaron una Decisión relativa a las reclamaciones no basadas en una infracción en el ámbito de los ADPIC, en la que se encomienda al Consejo de los ADPIC que continúe su examen de esta cuestión y haga recomendaciones a la Decimotercera Conferencia Ministerial, prevista para febrero de 2024. También se acordó que, entre tanto, los Miembros no presentarían tales reclamaciones en el ámbito del Acuerdo sobre los ADPIC.

Las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación se refieren a si los Miembros deberían poder presentar reclamaciones ante la OMC cuando consideren que la acción de otro Miembro, o una situación particular, les ha privado de una ventaja prevista en virtud de un Acuerdo de la OMC, aunque no se haya infringido ninguna obligación en el marco de dicho Acuerdo, y en qué condiciones podrían presentar tales reclamaciones.

Históricamente, los Miembros han discrepado sobre si esas reclamaciones no basadas en una infracción son viables en el ámbito de los ADPIC, y se reiteraron las opiniones divergentes. Algunas delegaciones consideran que las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación son fundamentales para mantener un equilibrio de derechos y obligaciones en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC, a la vez que contribuyen a asegurar que las obligaciones legítimas no sean eludidas ni evitadas. Otras opinan que no hay cabida para la aplicación de las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación en el ámbito de la propiedad intelectual debido a la incertidumbre jurídica y la restricción de flexibilidades que ello podría entrañar, y están a favor de una prohibición total en el ámbito de los ADPIC.

La Presidenta informó acerca de sus consultas sobre este asunto para estudiar el interés de las delegaciones en volver a celebrar debates sustantivos sobre esta cuestión, y ofreció un resumen fáctico de las opiniones de los Miembros sobre el funcionamiento de las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación basado en los materiales existentes y las actas de las reuniones. La Presidenta señaló que la mayoría de las delegaciones habían recibido esa idea con cautela, y propuso que los Miembros mantuvieran abierta esa posibilidad como primer paso para volver a los debates sustantivos. Invitó a las delegaciones a presentar ideas a este respecto y se comprometió a colaborar con las delegaciones para encontrar una forma de avanzar.

Otros asuntos

La Presidenta informó sobre sus consultas con los Miembros en relación con el examen de la aplicación del Acuerdo sobre los ADPIC de conformidad con el artículo 71.1. Esa disposición exige que el Consejo lleve a cabo un examen de la aplicación cada dos años pero, como no se ha completado el examen inicial de 1999, no se ha iniciado posteriormente ningún otro examen.

La Presidenta subrayó que ese examen no tiene por objeto reabrir un debate sobre el contenido del Acuerdo sobre los ADPIC, y propuso que los Miembros se inspirasen en las prácticas de examen de otros órganos de la OMC para acordar algunas esferas o temas bien definidos y compartir sus experiencias nacionales en sesiones temáticas específicas durante un período de dos años. Dijo que, después, el Consejo podría distribuir un informe fáctico.

Las delegaciones se mostraron dispuestas a considerar este enfoque, aunque algunas señalaron la necesidad de evitar los vínculos con otras cuestiones y advirtieron que no se debían iniciar deliberaciones ambiciosas o controvertidas que pudieran complicar los debates sobre los puntos actuales del orden del día. La Presidenta celebrará consultas con miras a iniciar un nuevo ciclo de examen en 2024.

El Consejo también acordó las disposiciones para su vigésimo primer examen en el marco de su Decisión sobre la aplicación del artículo 66.2 del Acuerdo sobre los ADPIC, que establece que los países desarrollados ofrecerán incentivos para la transferencia de tecnología a los PMA. La Presidenta informó a las delegaciones de que la Secretaría tiene la intención de organizar el 17º Taller sobre Transferencia de Tecnología coincidiendo con la reunión que celebrará el Comité a principios de 2024.

En el marco del punto del orden del día relativo a la cooperación técnica y la creación de capacidad, el Consejo acordó celebrar el examen anual de la cooperación técnica durante su reunión de octubre. La Secretaría presentó una recopilación de los programas de asistencia técnica notificados por los Miembros y anunció un taller virtual acerca del artículo 67 del Acuerdo sobre los ADPIC, relativo a la cooperación técnica, que se celebrará los días 11 y 12 de octubre.

La Presidenta dijo que Namibia había depositado, el 4 de abril de 2023, su instrumento de aceptación del Protocolo por el que se enmienda el Acuerdo sobre los ADPIC. Esto significa que, hasta la fecha, 137 Miembros han aceptado la enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC. La Presidenta recordó que el plazo actual para depositar el instrumento de aceptación expira el 31 de diciembre de 2023, y alentó a los 27 Miembros restantes a que concluyeran sus procedimientos internos y depositaran su instrumento de aceptación lo antes posible.

Próxima reunión

La próxima reunión formal del Consejo de los ADPIC está programada para los días 9 y 10 de octubre de 2023.

 

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