WTO NOTICIAS: DISCURSOS — DG ROBERTO AZEVÊDO


MÁS INFORMACIÓN:
> Discursos: Roberto Azevêdo
> Cooperación entre la OMC, la OMPI y la OMS

 

Véase también:
> Other WHO-WIPO-WTO joint technical symposiums

  

Excelencias,
Señoras y señores:

Bienvenidos a la OMC y a este Simposio técnico conjunto de la OMS, la OMPI y la OMC.

Nos honran hoy con su presencia:

  • la Dra. Margaret Chan, Directora General de la Organización Mundial de la Salud, y
  • Francis Gurry, Director General de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

Este simposio es fruto de la cooperación y el diálogo cada vez más estrechos entre nuestras tres organizaciones. Asimismo, se fundamenta en otras iniciativas, como el estudio trilateral titulado Promover el acceso a las tecnologías médicas y la innovación, de 2013.

La adopción de los nuevos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) el mes pasado ha puesto de relieve la importancia de esta cuestión. Por ejemplo, el ODS 3, sobre la garantía de una vida sana y la promoción del bienestar, prevé el acceso a los medicamentos esenciales y las vacunas a un costo asequible, así como la investigación y el desarrollo de esa clase de productos.

Estas cuestiones guardan relación con todas nuestras esferas de trabajo. Y creo que esto pone de relieve nuestra responsabilidad común como organizaciones internacionales dirigidas por sus Miembros.

 

ADPIC

Los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) sin duda constituyen una prioridad para la OMC.

Como bien lo demuestra nuestra historia, el comercio y el sistema multilateral de comercio pueden contribuir a crear un entorno mundial más favorable para las políticas de salud pública y la aplicación de un régimen de propiedad intelectual equilibrado y eficaz.

Como ya saben, en 2015 se conmemora el vigésimo aniversario de la OMC y, por consiguiente, el vigésimo aniversario del Acuerdo sobre los ADPIC.

El Acuerdo sobre los ADPIC introdujo en el sistema multilateral de comercio un conjunto de disciplinas sustantivas y generales sobre los derechos de propiedad intelectual, y esto tuvo una profunda repercusión en las normas sobre la propiedad intelectual en todo el mundo.

El Acuerdo es un instrumento fundamental para establecer el equilibrio entre la necesidad de garantizar el acceso a los medicamentos en condiciones equitativas y el apoyo a la innovación necesaria.

En estos 20 años, más de 130 Miembros de la OMC han notificado leyes y reglamentos sobre la propiedad intelectual en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC, y también han aplicado los principios generales del Acuerdo en forma muy diversa.

Desde luego, el Acuerdo sobre los ADPIC ha sido un tema importante en todos los debates acerca de la innovación y el acceso a los medicamentos.

Esto resultó aún más claro, si cabe, en 2001, con la adopción de la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública.

En el marco de la Declaración, los Miembros de la OMC reafirmaron que el Acuerdo sobre los ADPIC puede — y debe — formar parte de toda solución de los problemas de salud pública a los que hacen frente los países en desarrollo. Además, indicaron que las flexibilidades del Acuerdo sobre los ADPIC constituían un instrumento importante para facilitar el acceso a los medicamentos.

Los Miembros también acordaron añadir una nueva flexibilidad al Acuerdo. Así adoptaron una exención encaminada a autorizar la exportación de medicamentos genéricos, de menor costo, a los países que no podían producir esos medicamentos.

Con los países africanos a la cabeza — y con un apoyo político unánime-, los Miembros juzgaron posteriormente que la cuestión era demasiado importante para que una exención fuese suficiente y decidieron establecer un instrumento jurídico permanente.

Así, en 2005, acordaron la primera modificación del conjunto de normas de la OMC.

Para que una modificación pueda entrar en vigor, dos tercios de los Miembros deben confirmar su aceptación. Alrededor de la mitad de nuestros Miembros ya han dado ese paso; ahora necesitamos 21 aceptaciones más para alcanzar la proporción mínima necesaria.

He estado haciendo campaña para que logremos cruzar esa línea y consigamos así que esa importante medida entre en vigor. Por ello, una vez más, insto a los Miembros a que tomen las medidas necesarias en relación con esta cuestión.

Quiero recalcar que esa modificación no impone nuevas obligaciones a los Miembros, precisamente porque guarda relación con una nueva flexibilidad y no una nueva obligación. Su aceptación significa sencillamente la afirmación del derecho de todos los Miembros a recurrir a esa protección jurídica si así lo desean y cuando lo deseen.

 

LABOR DE LA OMC A NIVEL MÁS GENERAL

La labor de la OMC también guarda relación con cuestiones en materia de salud pública a un nivel más general.

El mundo está más conectado que nunca, y lo mismo sucede con el comercio de medicamentos y las tecnologías conexas.

El año pasado, el valor de las importaciones mundiales de productos farmacéuticos superó el medio billón de dólares.

El valor del comercio de aparatos electromédicos — como el equipo de ultrasonido y de IRM — superó los 100.000 millones de dólares.

Por ello, los obstáculos al comercio — ya se trate de la falta de coordinación de los procedimientos aduaneros o del elevado costo de comerciar — pueden representar más que una carga económica: pueden constituir un lastre para la salud pública al demorar el acceso a estas mercancías e incrementar su coste. Se trata de un problema muy grave al que debemos prestar atención.

La aplicación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio de la OMC puede constituir un importante avance en esa dirección.

En resumidas cuentas, este Acuerdo ayudará a agilizar la circulación transfronteriza de mercancías. El Acuerdo tiene por objeto simplificar los procedimientos aduaneros, aumentar la transparencia y limitar la cuantía de los derechos y las cargas. Se estima que la plena aplicación del Acuerdo permitiría reducir el costo de comerciar en un 14,5% por término medio.

Esto puede tener una enorme repercusión en todas las esferas, incluido el acceso a los medicamentos.

Por ejemplo, el Acuerdo contiene disposiciones encaminadas a agilizar la manipulación de las mercancías perecederas, lo que reviste vital importancia para la gestión de la cadena del frío y el transporte de medicamentos como las vacunas.

En efecto, el Acuerdo puede reportar muchos beneficios.

Desde luego, hay muchos otros ejemplos que reflejan la repercusión de la política comercial en este ámbito.

Los obstáculos al comercio, desde los aranceles hasta las normas y los reglamentos, afectan a los costos y la competitividad de los productores. También afectan a las opciones, los precios y la información que tienen a su disposición los consumidores (y los pacientes).

Por ello, una parte importante de nuestra labor en la OMC es ofrecer un foro para el diálogo sobre estos temas y aumentar la transparencia.

Algunos comités de la OMC, por ejemplo, deliberan sobre normas y reglamentos muy sensibles, como el nivel de toxinas en los alimentos, la indicación del contenido de cafeína en las etiquetas de las bebidas energéticas o los procedimientos de ensayo de dispositivos médicos y los productos farmacéuticos.

Algunas de las diferencias dirimidas en la OMC han versado también sobre cuestiones relacionadas con las políticas para desincentivar el consumo de tabaco o la información que debe proporcionarse al consumidor en los embalajes.

Además, en muchos sistemas nacionales de salud, el costo del acceso a los medicamentos es sufragado con cargo a fondos públicos, con frecuencia a través de la contratación pública.

El Acuerdo sobre Contratación Pública revisado de la OMC abarca este sector, al fomentar la transparencia y la buena gobernanza en las actividades de contratación pública.

Las Partes en el Acuerdo han convenido en que estas disposiciones serán vinculantes para los respectivos organismos centrales de salud pública, lo que tiene por objeto lograr que los medicamentos se obtengan mediante un proceso de contratación competitivo y transparente.

Creo así que todo esto demuestra claramente el lugar destacado que ocupa la salud en nuestro programa.

 

CONCLUSIÓN: COOPERACIÓN TRILATERAL

Desde luego, la política comercial es solo uno de los elementos que contribuyen a una mejor salud pública.

La Organización Mundial de la Salud es el principal organismo multilateral de salud pública y una fuente esencial de estudios internacionales sobre la salud.

Por su parte, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual desempeña un papel esencial como foro mundial para la política, la información y la cooperación en materia de propiedad intelectual.

Por eso creo que los conocimientos especializados que tenemos en nuestras respectivas esferas de competencia pueden reportarnos innumerables beneficios.

No podemos avanzar ni resolver estos importantes problemas sin la información y los conocimientos especializados adecuados.

Entre nuestras tres organizaciones, tenemos acceso a un importante acervo de recursos y conocimientos. Así que tenemos que aprovecharlo e incrementar la coherencia y compatibilidad de nuestra labor.

De eso trata este simposio. Y este es un debate muy importante.

Estoy convencido de que la presentación de los trabajos de unos y otros y el intercambio de ideas en foros como este pueden dar lugar a nuevos enfoques.

El cometido de nuestras tres organizaciones es la creación de un marco mundial más sólido y estable para que la población mundial pueda vivir mejor y de manera más sana.

No podemos hacer nada de eso sin las investigaciones, las ideas y las pruebas necesarias, buena parte de las cuales son el producto de la labor intelectual de quienes se encuentran reunidos en esta sala.

Así que les deseo una jornada muy productiva.

Muchas gracias por su atención. Cedo ahora la palabra a la Dra. Chan.

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