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DÉCIMA CONFERENCIA CONFERENCIA MINISTERIAL, NAIROBI 2015

Nota informativa: Negociaciones sobre las normas: disciplinas antidumping y sobre subvenciones (incluidas las subvenciones a la pesca) y acuerdos comerciales regionales.

En la Conferencia Ministerial de Doha los Miembros de la OMC convinieron en iniciar negociaciones en la esfera de las "normas de la OMC". Estas negociaciones se refieren a los siguientes temas: el Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del GATT de 1994 (más conocido como Acuerdo Antidumping); el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias y, en este contexto, las disciplinas de la OMC relativas a las subvenciones a la pesca; y las disposiciones de la OMC aplicables a los acuerdos comerciales regionales.

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Actualización: noviembre de 2015

ESTAS EXPLICACIONES se facilitan para ayudar al público a entender las actividades de la OMC. Si bien se ha hecho todo lo posible por que el contenido sea exacto, las explicaciones no afectan a las posiciones los gobiernos Miembros.

Las negociaciones sobre las normas tienen por objeto aclarar y mejorar las disciplinas relativas a las medidas antidumping y a las subvenciones, preservando al mismo tiempo los conceptos y principios básicos previstos en esos Acuerdos, y teniendo en cuenta las necesidades de los participantes en desarrollo y menos adelantados. Los Miembros convinieron asimismo en aclarar las disciplinas de la OMC con respecto a las subvenciones a la pesca y los acuerdos comerciales regionales (ACR). La labor llevada a cabo a lo largo de los años en todas estas esferas de las negociaciones ha sido intensa; se han presentado cientos de propuestas y varios textos del Presidente, el más reciente en 2011.

Al igual que sucedió con la mayoría de las esferas del Programa de Doha para el Desarrollo (PDD), la labor relativa a las normas se interrumpió en 2011 y no se reanudó seriamente hasta 2015, cuando el Grupo de Negociación sobre las Normas se propuso elaborar una contribución de la esfera de las normas al programa de trabajo que los Ministros habían pedido en la Conferencia Ministerial de Bali de 2013.

Tras la pausa estival de 2015, algunos Miembros señalaron la transparencia en la esfera de las normas como un posible resultado para la Conferencia Ministerial de Nairobi. El Grupo de Negociación sobre las Normas ha examinado activamente propuestas relacionadas con la transparencia, así como propuestas relativas a la obtención de otros resultados sobre las normas en Nairobi. Las propuestas presentadas guardan relación con los cuatro pilares de las negociaciones sobre las normas. Con todo, las negociaciones han resultado complicadas, sobre todo porque algunos Miembros sostienen que todo posible resultado sobre las normas depende de los avances que se logren en otras esferas del programa de negociación del PDD, concretamente en la agricultura.

 

Medidas antidumping (y compensatorias)

La esfera más activa de las negociaciones sobre las normas ha sido tal vez la de las medidas antidumping. Aunque una gran parte de las propuestas presentadas hasta la fecha proceden de los autodenominados "Amigos de las negociaciones antidumping", que son de los principales proponentes de las reformas, muchos otros Miembros también han presentado propuestas para modificar el Acuerdo Antidumping.

En cuanto a los resultados que se podrían lograr en Nairobi, las propuestas formuladas recientemente se han centrado en la transparencia, aunque de diferente forma: algunos Miembros, como la Unión Europea, limitarían los resultados de Nairobi a la transparencia en la OMC, y más concretamente a un mecanismo propuesto para examinar las prácticas antidumping de los Miembros. Mientras que los Amigos de las negociaciones antidumping han presentado una propuesta, que ahora sigue el Japón individualmente, que tendría también por objeto lograr una mayor transparencia y respeto de las garantías procesales en las investigaciones específicas realizadas por los Miembros. La Federación de Rusia ha presentado también una propuesta a propósito de las investigaciones en la que se aboga por la adopción de unas directrices no vinculantes en Nairobi y del compromiso de acordar cuestiones específicas relacionadas con la transparencia y las garantías procesales en el ámbito de las medidas antidumping después de Nairobi.

Las posiciones de los Miembros respecto de los resultados que se podrían alcanzar en Nairobi siguen estando profundamente divididas. Varias delegaciones han expresado preocupación por la excesiva ambición de las propuestas relativas a la transparencia y las garantías procesales de las investigaciones, teniendo en cuenta que en Nairobi se pretendía alcanzar un resultado "reajustado" (esto es, un paquete modesto y razonable), y han manifestado asimismo que era demasiado tarde para contemplar modificaciones del Acuerdo Antidumping. Algunas de estas delegaciones se inclinan por obtener resultados sobre la transparencia en la OMC, si es que ha de lograse algún resultado. Otras delegaciones, sin embargo, han advertido de que las propuestas sobre la transparencia en la OMC podrían entrañar obligaciones inaceptablemente gravosas para los países en desarrollo y de que en cualquier caso son innecesarias en vista de los instrumentos existentes. Otros se han mostrado más partidarios de las propuestas, ya sea en su totalidad o en parte, y han manifestado que constituían un paso en la dirección adecuada.

Por último, algunos Miembros opinan que cualquier resultado que se obtenga en la esfera de las medidas antidumping debería aplicarse también en el marco de las medidas compensatorias.

 

Subvenciones a la pesca

En el detallado mandato de negociación sobre las subvenciones a la pesca que figura en la Declaración Ministerial de Hong Kong de 2005 se pedía el fortalecimiento de las disciplinas sobre las subvenciones en el sector de la pesca, incluso mediante la prohibición de determinadas formas de subvenciones que contribuyan al exceso de capacidad y la sobrepesca, junto con disposiciones sobre trato especial y diferenciado. Además, la Conferencia Ministerial de Hong Kong encomendó al Presidente del Grupo de Negociación que preparase un proyecto de texto que sirviese de base para concluir las negociaciones. El Presidente distribuyó dicho proyecto de texto en 2007. Posteriormente, en 2008, ante la falta de convergencia en cuanto al texto, el Presidente distribuyó una hoja de ruta para los debates y finalmente, en abril de 2011, un informe del Presidente sobre la situación de las negociaciones.

Las negociaciones de la Ronda de Doha se interrumpieron en 2011, incluidas las relativas a las subvenciones a la pesca, pero la actividad se reanudó tras la Conferencia Ministerial de Bali, en diciembre de 2013. En el marco de las iniciativas encaminadas a formular el programa de trabajo que los Ministros habían pedido en Bali, en junio de 2015 un grupo de delegaciones (la Argentina, Islandia, Nueva Zelandia, Noruega, el Perú y el Uruguay) presentó un documento en el que proponía un "resultado reajustado" sobre las subvenciones a la pesca, para su adopción por la Conferencia Ministerial.

La actividad relacionada con las subvenciones a la pesca ha proseguido este otoño durante el período previo a Nairobi; varios Miembros han presentado propuestas sobre resultados relativos a esta esfera que podrían formar parte de un futuro paquete de Nairobi. Dichas propuestas se han centrado en elementos diferentes, a saber, solamente la transparencia (en el caso de Australia y la UE) y en la transparencia más determinadas disciplinas y el trato especial y diferenciado (Grupo de Estados de África, el Caribe y el Pacífico (ACP), el Perú). Los elementos relativos a la transparencia se refieren a la inclusión de información sobre pesca en las notificaciones periódicas de subvenciones que se presentan a la OMC, y los elementos relativos a las disciplinas comprenden propuestas de prohibiciones de las subvenciones a la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR) y a la pesca de poblaciones sobreexplotadas. Todos los proponentes han considerado que la labor relativa a las subvenciones a la pesca debería continuar después de Nairobi. Algunos Miembros han manifestado su oposición a la adopción de cualquier decisión sobre subvenciones a la pesca en Nairobi y otros se han mostrado cautos acerca de las actividades posteriores a la Conferencia.

 

Subvenciones horizontales

Además de las disciplinas propuestas específicamente para las subvenciones en el sector de la pesca, los Miembros de la OMC han estado considerando nuevas disciplinas que se aplicarían de manera general a todas las subvenciones relativas a las mercancías. Si bien las negociaciones sobre cuestiones relacionadas con las "subvenciones horizontales" han sido menos intensas que las negociaciones sobre las subvenciones a la pesca, ha habido enérgicos debates sobre un número considerable de propuestas sustantivas en el marco de las negociaciones sobre las normas. Ahora bien, las únicas propuestas concretas sobre un resultado en materia de subvenciones en Nairobi proceden de la Unión Europea y tratan sobre nuevos mecanismos para la notificación y el examen de las subvenciones, y concretamente sobre una modalidad de contranotificación de subvenciones por los Miembros que impongan medidas compensatorias a las importaciones supuestamente subvencionadas de otro Miembro. Aunque la idea ha contado con el respaldo de algunos Miembros, varios Miembros en desarrollo han respondido que esta propuesta conllevaría una carga inaceptable, que sobrepasaría su exiguo valor añadido.      

 

Acuerdos comerciales regionales

Determinar si los ACR cumplen las normas de la OMC no ha sido tarea fácil, pues la interpretación de las normas sigue estando abierta al debate. En 2001 los Miembros convinieron en la Declaración de Doha en negociar una solución encaminada a "aclarar y mejorar las disciplinas y procedimientos previstos en las disposiciones vigentes de la OMC aplicables a los acuerdos comerciales regionales". Esas negociaciones dieron como primer fruto la Decisión del Consejo General de 2006 por la que se estableció el mecanismo provisional de transparencia para los ACR. En diciembre de 2010, los Miembros acordaron iniciar el examen del mecanismo a fin de darle carácter permanente, y los debates en el Grupo de Negociación sobre las Normas se prolongaron hasta abril de 2011.

Por lo que respecta a la aclaración y mejora de las disciplinas relativas a los ACR, las propuestas se han centrado principalmente en la forma de cuantificar o definir la expresión "lo esencial de los intercambios comerciales" que figura en el artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT), que dispone que las uniones aduaneras y las zonas de libre comercio están permitidas siempre que se eliminen los aranceles con respecto a lo esencial de los intercambios comerciales entre las partes. Las propuestas han girado asimismo en torno al trato especial y diferenciado para los países en desarrollo, tema que ha suscitado reacciones "profundamente divergentes". Se han formulado propuestas sobre un programa de trabajo posterior a Doha para todas las cuestiones sistémicas, lo que también ha provocado diversas reacciones. Algunas delegaciones han considerado que era prematuro plantearse tales resultados mientras no se lograra una mayor claridad respecto de otros ámbitos de trabajo, como la agricultura y el acceso a los mercados para los productos no agrícolas (AMNA). Los ACR también son objeto de debate en el Grupo de Negociación sobre las Normas.

En la Décima Conferencia Ministerial, celebrada en Nairobi, los Miembros convinieron en trabajar para transformar el actual Mecanismo de Transparencia provisional en un mecanismo permanente, sin perjuicio de las cuestiones relacionadas con las prescripciones en materia de notificación.

 

Dicho llanamente

Dumping: Se produce cuando se exportan mercancías a un precio inferior a su valor normal, lo que por regla general significa que se exportan por un precio inferior a aquel al que se venden en el mercado interno o en los mercados de terceros países, o al costo de producción.

Derechos antidumping: Las normas de la OMC permiten la imposición de derechos antidumping a las mercancías que se supone que son objeto de dumping y causan daño a los productores de los productos competidores en el país de importación. Esos derechos equivalen a la diferencia entre el precio de exportación de los productos y su valor normal, si el dumping causa daño.

Medidas compensatorias: Son las medidas que toma un país importador, generalmente en forma de un aumento de los derechos, con objeto de contrarrestar las subvenciones concedidas en el país exportador a los productores o a los exportadores.

Subvención: Hay dos tipos generales de subvenciones: las subvenciones a la exportación y las subvenciones internas. Las primeras constituyen un beneficio conferido a una empresa por el gobierno que está supeditado a las exportaciones. Las segundas constituyen un beneficio que no está directamente vinculado a la exportación.