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DÉCIMA CONFERENCIA CONFERENCIA MINISTERIAL, NAIROBI 2015

Nota informativa: Acuerdo sobre Contratación Pública de la OMC

El Acuerdo sobre Contratación Pública de la OMC (ACP) es un acuerdo multilateral por el que los Miembros de la OMC que se adhieren a él, se comprometen a respetar determinadas disciplinas básicas sobre transparencia, competencia y buena gobernanza en uno de los ámbitos más importantes y de más rápida expansión de la actividad económica en cualquier país. El Acuerdo abarca la adquisición de bienes, servicios e infraestructura de capital por las entidades públicas.

Disclamer

Actualización: noviembre de 2015

ESTAS EXPLICACIONES se facilitan para ayudar al público a entender las actividades de la OMC. Si bien se ha hecho todo lo posible por que el contenido sea exacto, las explicaciones no afectan a las posiciones los gobiernos Miembros.

La finalidad del ACP es abrir en la mayor medida posible la contratación pública de las Partes a la competencia internacional. Está concebido para aumentar la transparencia de las medidas adoptadas por las Partes en materia de contratación pública y velar por que no se dé un trato discriminatorio a los productos, servicios o proveedores de ninguna de ellas. Con ello contribuye a la buena gobernanza y a un aprovechamiento óptimo de los recursos en los mercados de contratación pública abarcados por el Acuerdo. También otorga a los países en desarrollo Partes un importante grado de flexibilidad en su transición hacia un régimen de contratación pública más competitivo internacionalmente.

La participación en el ACP es totalmente optativa para la mayoría de los Miembros de la OMC. Sin embargo, tras sopesar los beneficios y los costos que podrían derivarse de la adhesión, un número cada vez mayor de Miembros de la OMC está evaluando las opciones disponibles y muestra un interés renovado por la adhesión al Acuerdo. En la actualidad, 10 Miembros de la OMC están en trámites para la adhesión: Albania, Australia, China, Georgia, Jordania, Moldova, Omán, la República Kirguisa, Tayikistán y Ucrania. Otros cinco Miembros de la OMC han asumido en sus protocolos de adhesión a la OMC el compromiso de solicitar la adhesión al ACP: la Arabia Saudita, la Federación de Rusia, Mongolia, Seychelles y la ex República Yugoslava de Macedonia.

Hay dos aspectos clave en el proceso de adhesión, a saber: la conformidad con el ACP de la legislación del Miembro en proceso de adhesión, y el acuerdo con las Partes signatarias respecto de las entidades y sectores de contratación pública que el Miembro en proceso de adhesión desea abrir a la competencia internacional.

No se espera de los gobiernos que abran todas sus actividades de contratación, y estos pueden excluir específicamente algunos sectores sensibles, como la defensa. Las disciplinas solo serán aplicables a las entidades, sectores y contratos (cuyo valor sea superior a un determinado umbral) especificados en un apéndice del ACP, que son el resultado de las negociaciones.

Normalmente, las Partes del ACP incluyen la mayoría de las entidades a nivel del gobierno central, así como entidades a nivel de gobiernos subcentrales y otras entidades, como empresas estatales. En principio están comprendidos todos los bienes (por ejemplo, medicamentos, maquinaria y productos conexos, combustibles y productos del petróleo, y productos textiles), a menos que se especifique lo contrario. Además, una gama de servicios está abierta a la competencia internacional, entre ellos los siguientes:

  • los servicios de telecomunicaciones;
  • los servicios de informática y servicios conexos;
  • los servicios financieros; y
  • los servicios de consultores en administración y servicios conexos.

Todas las Partes incluyen los servicios de construcción, con algunas excepciones de escasa importancia.

 

Adhesión al Acuerdo

El 12 de agosto de 2015, Nueva Zelandia pasó a ser el 45º Miembro de la OMC en adherirse al ACP, con lo que ahora es la 17ª Parte en el ACP (contando a la Unión Europea y sus 28 Estados miembros como una única Parte).

Las siguientes son las 17 Partes en el ACP (que comprenden 45 Miembros de la OMC)

Partes Fecha de adhesión
Armenia 15 September 2011
Canada 1 January 1996
European Union
with regard to its 28 member states:
  • Austria, Belgium, Denmark, Finland, France, Germany, Greece, Ireland, Italy, Luxemburg, the Netherlands, Portugal, Spain, Sweden and the United Kingdom
  • Cyprus, Czech Republic, Estonia, Hungary, Latvia, Lithuania, Malta, Poland, Slovak Republic and Slovenia
  • Bulgaria and Romania
  • Croatia
   

 

1 January 1996

 

 

1 May 2004

 

1 January 2007

 

1 July 2013

Hong Kong, China 19 June 1997
Iceland 28 April 2001
Israel 1 January 1996
Japan 1 January 1996
Korea, Republic of 1 January 1997
Liechtenstein 18 September 1997
Montenegro 15 July 2015
Netherlands with respect to Aruba 25 October 1996
New Zealand 12 August 2015
Norway 1 January 1996
Singapore 20 October 1997
Switzerland 1 January 1996
Chinese Taipei 15 July 2009
United States 1 January 1996

Observadores en el ACP — Miembros de la OMC 

Gobierno observador Fecha de aceptación como observador por el Comité de Contratación Pública
Albania * 2 October 2001
Argentina 24 February 1997
Australia* 4 June 1996
Bahrain 9 December 2008
Cameroon 3 May 2001
Chile 29 September 1997
China * 21 February 2002
Colombia 27 February 1996
Costa Rica 3 June 2015
Georgia * 5 October 1999
India 10 February 2010
Indonesia 31 October 2012
Jordan * 8 March 2000
Kyrgyz Republic * 5 October 1999
Malaysia 18 July 2012
Moldova * 29 September 2000
Mongolia 23 February 1999
Oman * 3 May 2001
Panama 29 September 1997
Pakistan 11 February 2015
Russian Federation 29 May 2013
Saudi Arabia 13 December 2007
Seychelles 16 September 2015
Sri Lanka 23 April 2003
Tajikistan* 25 June 2014
Thailand 3 June 2015
The former Yugoslav Republic of Macedonia (FYROM) 27 June 2013
Turkey 4 June 1996
Ukraine * 25 February 2009
Viet Nam 5 December 2012

* En proceso de negociación de la adhesión.

 

Historia del ACP

En los primeros 30 años del sistema multilateral de comercio, la contratación pública estuvo excluida. Las primeras disciplinas del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) se acordaron en 1979 y entraron en vigor en 1981 (el Código de Compras del Sector Público de la Ronda de Tokio). En 1987 el Acuerdo se modificó, y la modificación entró en vigor en 1988. Posteriormente, en paralelo con la Ronda Uruguay, las Partes en el Acuerdo celebraron negociaciones para ampliar su ámbito de aplicación. Finalmente, el 15 de abril de 1994 se firmó en Marrakech un nuevo Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP de 1994) -al mismo tiempo que el Acuerdo por el que se establece la OMC-, que entró en vigor el 1º de enero de 1996.

En el segundo año de aplicación del ACP de 1994, las Partes en el Acuerdo iniciaron su renegociación con arreglo a una disposición en él incorporada. Esa renegociación se concluyó en diciembre de 2011 y el resultado de las negociaciones se adoptó formalmente en marzo de 2012. En consecuencia, el ACP revisado entró en vigor el 6 de abril de 2014.

El ACP revisado

El ACP revisado simplifica y moderniza el texto del Acuerdo; por ejemplo, tiene debidamente en cuenta el uso extendido de medios electrónicos de contratación. Según las estimaciones, aportará a las empresas de las Partes beneficios en materia de acceso a los mercados por valor de entre 80.000 y 100.000 millones de dólares EE.UU al año. Este es el resultado de incluir numerosas entidades gubernamentales (ministerios y organismos) en el ámbito del Acuerdo, así como nuevos servicios y otras esferas de actividad de la contratación pública. La revisión incorpora también mejores medidas de transición, cuyo objetivo es facilitar la adhesión al Acuerdo de las economías en desarrollo y menos adelantadas.

Las Partes seguirán mejorando el ACP. En el ACP revisado se establece claramente que, a más tardar tres años después de la entrada en vigor del ACP revisado, y posteriormente con periodicidad, las Partes entablarán nuevas negociaciones, con miras a reducir progresivamente y eliminar las medidas discriminatorias y a dar la máxima amplitud posible al ámbito de aplicación del Acuerdo. En este contexto, las Partes en el ACP también han convenido en emprender varios programas de trabajo que influirán en la futura evolución del Acuerdo.

El Comité de Contratación Pública

El Comité de Contratación Pública se estableció para administrar la aplicación del Acuerdo sobre Contratación Pública. Está integrado por representantes de cada una de las Partes y por Miembros de la OMC y organizaciones intergubernamentales que participan en calidad de observadores. El Comité se reúne periódicamente, unas cuatro veces por año, para dar a las Partes la oportunidad de consultarse sobre cualquier cuestión relacionada con la aplicación y el funcionamiento del Acuerdo o la consecución de sus objetivos. También desempeña otras funciones que puedan encomendarle las Partes.

 

Negociaciones para la adhesión de nuevos Miembros

Para adherirse al ACP, además de una legislación nacional de contratación pública que cumpla lo dispuesto en el ACP, hace falta un acuerdo sobre las condiciones de participación de cada Miembro de la OMC que se adhiera. Este acuerdo se logra mediante negociaciones con los Miembros que ya son Parte en el Acuerdo.

La lista de cada Parte en la que se establecen las condiciones de participación contiene varios anexos en los que se define el compromiso contraído por esa Parte en relación con cuatro esferas:

  • las entidades contratantes abarcadas por el Acuerdo;
  • los bienes, servicios y servicios de construcción abarcados por el Acuerdo;
  • los valores de umbral por encima de los cuales las actividades de contratación quedan abarcadas por el Acuerdo; y
  • las excepciones con respecto al ámbito de aplicación.

Dos Miembros de la OMC se disponen a formar parte del ACP en un futuro próximo. El Comité de Contratación Pública aprobó las condiciones de adhesión de Moldova el 16 de septiembre. El país pasará formalmente a ser Parte en el ACP 30 días después de la presentación del instrumento de aceptación ante la Secretaría de la OMC. El Comité de Contratación Pública aprobó las condiciones de adhesión de Ucrania el 11 de noviembre de 2015, que también pasará a ser Parte en el ACP 30 días después de presentar su instrumento de aceptación.

En cuanto a los demás solicitantes, los procesos de adhesión de China, Tayikistán y Australia son los más activos en estos momentos. China presentó su sexta oferta en diciembre de 2014 y ha reiterado su firme determinación de adherirse al ACP. Tayikistán presentó su oferta inicial en febrero de 2015 y ha prometido formalizar la adhesión lo antes posible. Australia presentó su oferta inicial en septiembre de 2015 y afirma que espera lograr la adhesión en 2016.

Ventajas: no discriminación y aumento de la competencia

El ACP reporta importantes beneficios a las Partes y a los países en proceso de adhesión, así como a sus entidades y proveedores. Por ejemplo:

  • puede contribuir a aumentar el comercio al asegurar un acceso jurídicamente garantizado a los mercados de contratación extranjeros abarcados;
  • garantiza un régimen de contratación pública transparente, competitivo y previsible que contribuye a la buena gobernanza del sector;
  • mantiene abiertos los mercados en tiempos de crisis cuando hay una mayor inclinación al proteccionismo;
  • en el caso de los candidatos a la adhesión, el ACP puede ayudar a reformar el sector de la contratación pública de conformidad con las mejores prácticas internacionales y a consolidar las ventajas de tales reformas;
  • refuerza la confianza del público, los proveedores y los inversores en el sistema de contratación pública, lo que puede estimular las entradas de inversión extranjera directa;
  • aumenta la competencia por los contratos, con lo cual se aprovechan mejor los recursos; y
  • facilita un uso más eficaz y eficiente de los recursos públicos.
El ACP es un valioso instrumento para optimizar el aprovechamiento de los recursos financieros, la gobernanza y el logro de los objetivos comerciales en el sector de la contratación pública. Además, al participar en él también se puede influir en su evolución futura.

 

Dicho llanamente

Contratación pública: la contratación de bienes y servicios en nombre de un organismo público como, por ejemplo, una agencia gubernamental

Entidades contratantes: organismos gubernamentales que adquieren bienes y servicios siguiendo métodos sujetos a las disposiciones del ACP relativas a la contratación.

Valor de umbral: el valor de un contrato por encima del cual son aplicables las disposiciones del ACP.