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DÉCIMA CONFERENCIA CONFERENCIA MINISTERIAL, NAIROBI 2015

Nota informativa: Transparencia en el comercio de servicios

Los Miembros de la OMC están divididos con respecto a la cuestión de si la transparencia en el comercio de servicios podría ser uno de los resultados concretos de la Décima Conferencia Ministerial de la OMC, que se celebrará en Nairobi (Kenya) del 15 al 18 de diciembre. Esta división de opiniones se puso de relieve en las reuniones del Consejo del Comercio de Servicios y del Grupo de Trabajo sobre la Reglamentación Nacional celebradas los días 9 y 15 de octubre respectivamente. 

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Actualización: noviembre de 2015

ESTAS EXPLICACIONES se facilitan para ayudar al público a entender las actividades de la OMC. Si bien se ha hecho todo lo posible por que el contenido sea exacto, las explicaciones no afectan a las posiciones los gobiernos Miembros.

Algunos Miembros pidieron que se iniciaran negociaciones basadas en textos a partir de las propuestas sobre la transparencia en la reglamentación nacional reflejadas en anteriores textos del Presidente,

como las disciplinas relativas a la publicación detallada de medidas de reglamentación, el establecimiento de mecanismos para responder a las solicitudes de información de los proveedores de servicios, y la publicación de proyectos de reglamento para facilitar la formulación de observaciones por estos. Algunas delegaciones subrayaron la importancia de incluir un componente sobre servicios en cualquier paquete que se acuerde en Nairobi. Esos Miembros también dijeron estar dispuestos a estudiar componentes de desarrollo adecuados.

Otros dijeron que, al ser países en desarrollo, no estaban dispuestos a asumir nuevas obligaciones de reglamentación nacional en el sector de los servicios. También expresaron inquietud por el hecho de que centrarse solamente en la "transparencia" en las negociaciones sobre los servicios pudiera socavar la dimensión de desarrollo de la Ronda de Doha, incluidos los esfuerzos por mejorar la capacidad de los países en desarrollo para comerciar de manera efectiva en la esfera de los servicios comerciales. Esos delegados señalaron que el desarrollo es una cuestión transversal que atañe a todos los pilares de negociación.

Léase la nota informativa sobre las cuestiones relativas a los países menos adelantados (PMA).

El Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la OMC (AGCS) -uno de los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones comerciales- define normas en materia de transparencia. También establece un marco para especificar las obligaciones comerciales de los Miembros de la OMC en materia de servicios, consignadas por estos en sus Listas de compromisos específicos respectivas.

Asimismo, el AGCS obliga a los Miembros a entablar sucesivas rondas de negociaciones con miras a aumentar progresivamente el nivel de liberalización en sus compromisos específicos. Además, en el AGCS los Miembros se comprometen a negociar sobre cuatro esferas normativas (reglamentación nacional, medidas de salvaguardia urgentes, contratación pública y subvenciones) que no están abarcadas actualmente por el Acuerdo.

Desde la Ronda de Doha, el objetivo de las negociaciones sobre servicios iniciadas en el año 2000 es ampliar y profundizar las condiciones actuales del comercio en la esfera de los servicios, respetando al mismo tiempo el derecho de los Miembros a reglamentar de acuerdo con los objetivos de su política nacional. Corresponde a cada gobierno decidir respecto de qué sectores, y en qué medida, está dispuesto a contraer compromisos de acceso a los mercados en el marco del AGCS. Fuera de la OMC, un grupo de Miembros está negociando un Acuerdo sobre el Comercio de Servicios. El objetivo declarado es lograr un resultado ambicioso, compatible con el AGCS, que atraiga una participación amplia y pueda ser llevado al plano multilateral en el futuro. Se está informando regularmente sobre esta iniciativa al Consejo del Comercio de Servicios, órgano que supervisa el funcionamiento del AGCS y la evolución del comercio de servicios.

 

Dicho llanamente

Reglamentación nacional: Medidas de reglamentación adoptadas por los gobiernos, como las prescripciones y procedimientos en materia de licencias y títulos de aptitud y las normas técnicas que afectan al comercio de servicios. El AGCS encomienda a los Miembros de la OMC garantizar que las medidas que abarquen sectores en los que se contraigan compromisos específicos no restrinjan innecesariamente el comercio.

Transparencia: Grado de visibilidad y previsibilidad de las políticas y prácticas comerciales y de su proceso de elaboración.

Ronda Uruguay: Negociaciones comerciales multilaterales que fueron iniciadas en Punta del Este (Uruguay) en septiembre de 1986, y que concluyeron en Ginebra en diciembre de 1993. Los Ministros firmaron el Acta Final en Marrakech (Marruecos) en abril de 1994.

Lista: En general, la Lista de compromisos de un Miembro de la OMC en materia de acceso a los mercados (tipos arancelarios consolidados, acceso a los mercados de servicios). Las listas de mercancías pueden incluir compromisos relativos a las subvenciones y la ayuda interna a la agricultura. Los compromisos sobre servicios incluyen consolidaciones en materia de trato nacional. Además: "Lista de concesiones", "Lista de compromisos específicos".

Delegación: Cada Miembro de la OMC está representado por varios delegados, que asisten a las reuniones. El número de delegados varía de un Miembro a otro. Algunos Miembros tienen una oficina de representación permanente en Ginebra, otros no disponen de recursos suficientes para ello.