notas informativas para la cm12

Joint Initiative on Services Domestic Regulation

El 2 de diciembre de 2021, un grupo de Miembros de la OMC adoptó una Declaración por la que se concluían las negociaciones sobre la reglamentación nacional en el ámbito de los servicios, que tenían por objeto reducir los costos administrativos y crear un entorno operativo más transparente para los proveedores de servicios que deseaban emprender actividades comerciales en mercados extranjeros. En total, 70 Gobiernos (69 Miembros de la OMC y un país en proceso de adhesión a la Organización) han participado en este resultado sobre la reglamentación nacional en el ámbito de los servicios. El proceso de negociación se inició en la Undécima Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada en Buenos Aires en 2017.

La Declaración contiene un conjunto de disciplinas negociadas, cuya finalidad es velar por que las medidas relativas a las prescripciones y procedimientos en materia de licencias, las prescripciones y procedimientos en materia de títulos de aptitud y las normas técnicas que han de cumplir las empresas de servicios para operar en otros mercados sean claras, previsibles y transparentes y no restrinjan innecesariamente el comercio internacional. Esas disciplinas figuran en el Documento de Referencia sobre la Reglamentación Nacional en el ámbito de los Servicios. La reducción de los costos comerciales derivada de la aplicación de las nuevas disciplinas podría ascender a USD 150.000 millones anuales a nivel mundial, con beneficios especialmente importantes en el ámbito de los servicios financieros, empresariales, de comunicaciones y de transporte.

Se centran principalmente en la transparencia, la previsibilidad y la eficacia de los procedimientos que deben cumplir las empresas para obtener la autorización de suministrar sus servicios. Se aplican a todos los sectores en los que los participantes hayan contraído compromisos en sus Listas relativas al comercio de servicios, así como a cualquier otro sector que los distintos participantes hayan designado.

En la Declaración se acogen con beneplácito las Listas de compromisos específicos presentadas por los participantes. El objetivo es incorporar las nuevas disciplinas como “compromisos adicionales” en las Listas de compromisos específicos que tienen los Miembros de la OMC en el ámbito de los servicios. Los proveedores de servicios de todos los Miembros de la OMC podrán prevalerse de estos nuevos compromisos, que se aplicarán sobre la base del "trato de la nación más favorecida", lo que significa que beneficiarán a todos los Miembros de la OMC. Con sujeción a la finalización de los procedimientos internos requeridos, los participantes tienen el propósito de presentar sus Listas de compromisos específicos para su certificación a más tardar en diciembre de 2022.

Se proponen reunirse periódicamente a fin de examinar, entre otras cosas, los trámites necesarios para los procedimientos de certificación. La participación en las reuniones de la iniciativa está abierta a todos los Miembros de la OMC y a los Gobiernos observadores.

Los 70 Gobiernos que participan actualmente en los resultados sobre la reglamentación nacional en el ámbito de los servicios representan más del 92,5% del comercio mundial de servicios (1) . Timor-Leste — un país en proceso de adhesión a la OMC— es el primer país menos adelantado en tomar parte en la iniciativa.

Por primera vez, un texto negociado en la OMC contiene una disposición sobre la no discriminación entre hombres y mujeres. El objetivo de esta disposición es apoyar el empoderamiento económico de las mujeres e impulsar su participación en el comercio de servicios. Los participantes acordaron además un período de transición máximo de siete años para los países en desarrollo que necesiten más tiempo para aplicar las disciplinas relativas a sectores de servicios específicos.

Los Miembros de la OMC pueden reglamentar libremente sus sectores de servicios con el fin de perseguir los objetivos de política interna que hayan establecido. En el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) se reconoce que esos reglamentos pueden afectar al comercio de servicios. El Documento de Referencia tiene por objeto garantizar que el proceso de obtención de la autorización para suministrar un servicio se ajuste a las buenas prácticas de reglamentación y, por lo tanto, no constituya un obstáculo innecesario a la actividad comercial. Las disciplinas servirán de punto de referencia para los países que deseen emprender reformas normativas a fin de mejorar el entorno comercial nacional.

Se espera que la plena aplicación de las disciplinas genere mejores resultados económicos y ahorros sustanciales en los costos del comercio para todas las economías, y al mismo tiempo beneficie en particular a las pequeñas y medianas empresas, para las que la gestión de los procedimientos reglamentarios relativos a las autorizaciones para el suministro de servicios pueden ser costosos y complejos.

Los cálculos de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos sobre la reducción de los costos del comercio previstos en el G20 pueden consultarse aquí, y en los países del Foro de Cooperación Económica de Asia y el Pacífico, aquí.

Los trabajos de investigación de la Secretaría de la OMC sobre la creciente prevalencia de las disciplinas en materia de reglamentación nacional en los acuerdos comerciales y su posible vinculación con los resultados económicos están disponibles aquí.

Puede consultarse una hoja informativa sobre la situación de las negociaciones, sus orígenes y objetivos aquí.

Antecedentes

Los Ministros de 59 Miembros de la OMC iniciaron negociaciones en la Undécima Conferencia Ministerial, celebrada en 2017 en Buenos Aires. En mayo de 2019, los Ministros congregados de forma paralela a las reuniones de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos confirmaron su voluntad de lograr un resultado significativo para la CM12.

Las distintas Listas de compromisos de los Miembros de la OMC se pueden consultar aquí.

La lista de sectores abarcados por el AGCS puede consultarse aquí.


Más información sobre la Reglamentación Nacional en el ámbito de los Servicios


Notes:

  1. Albania; Alemania; Arabia Saudita, Reino de la; Argentina; Australia; Austria; Bahrein, Reino de; Bélgica; Brasil; Bulgaria; Canadá; Chile; China; Chipre; Colombia; Costa Rica; Croacia; Dinamarca; El Salvador; Emiratos Árabes Unidos; Eslovenia; España; Estados Unidos; Estonia; Federación de Rusia; Filipinas; Finlandia; Francia; Georgia; Grecia; Hong Kong, China; Hungría; Irlanda; Islandia; Israel; Italia; Japón; Kazajstán; Letonia; Liechtenstein; Lituania; Luxemburgo; Macedonia del Norte; Malta; Mauricio; México; Moldova, República de; Montenegro; Nigeria; Noruega; Nueva Zelandia; Países Bajos; Paraguay; Perú; Polonia; Portugal; Reino Unido; República Checa; República de Corea; República Eslovaca; Rumania; Singapur; Suecia; Suiza; Tailandia; Territorio Aduanero Distinto de Taiwán, Penghu, Kinmen y Matsu; Timor-Leste; Türkiye; Ucrania; Unión Europea; Uruguay. Volver al texto

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