NOVENA CONFERENCIA MINISTERIAL DE LA OMC, BALI, 2013

Nota informativa: Decisiones en favor de los países menos adelantados

Los países menos adelantados (PMA) son los miembros más pobres de la comunidad mundial. Representan en torno al 12% de la población del mundo, pero les corresponde menos del 2% del PIB mundial y aproximadamente un 1% del comercio mundial de mercancías. Su participación en el comercio mundial de servicios es aún menor.

Actualización: noviembre de 2013

ESTAS EXPLICACIONES se facilitan para ayudar al público a entender las actividades de la OMC. Si bien se ha hecho todo lo posible por que el contenido sea exacto, las explicaciones no reflejan necesariamente los puntos de vista de los gobiernos Miembro.

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De los 49 PMA designados por las Naciones Unidas, 34 han pasado a ser Miembros de la OMC (véase la lista) y otros 9 están negociando su adhesión.

Los Miembros de la OMC reconocen que los PMA necesitan un trato especial y asistencia para alcanzar sus objetivos de desarrollo. En los Acuerdos de la OMC figuran disposiciones destinadas a aumentar las oportunidades comerciales de los PMA y darles flexibilidad para aplicar las normas de la OMC. La OMC, junto con otras organizaciones internacionales, ha establecido también programas especiales para ayudar a que los PMA potencien su participación en el sistema mundial de comercio.

Está previsto que en la Novena Conferencia Ministerial de la OMC, que se celebrará los días 3 a 6 de diciembre de 2013 en Bali, se pida a los ministros que adopten decisiones relativas a los PMA. Estas decisiones son resultado de las propuestas formuladas por el Grupo de los PMA (TN/C/W/63; TN/C/W/63/Add.1; TN/C/W/63/Add.2 y TN/AG/GEN/33). Las propuestas contienen cuatro elementos principales:

  • una decisión sobre la implementación del acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes para los PMA
  • una decisión sobre las normas de origen preferenciales para los PMA
  • una decisión sobre la puesta en práctica de la exención para los PMA en la esfera de los servicios
  • una decisión sobre el algodón, que abarca los aspectos relativos al comercio y a la asistencia para el desarrollo.

Además, en junio de 2013 los Miembros de la OMC acordaron un Programa de Trabajo revisado de la OMC para los PMA (WT/COMTD/LDC/11/Rev.1), elaborado inicialmente en 2002. En el Programa se tratan cuestiones sistémicas de interés para los PMA en el sistema multilateral de comercio. En julio de 2012 los Miembros de la OMC aprobaron también una decisión para fortalecer las directrices sobre la adhesión de los PMA adoptadas en 2002.

 

Acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes para los PMA

En la Conferencia Ministerial de Hong Kong de 2005, los Miembros adoptaron una Decisión relativa a las medidas en favor de los países menos adelantados por la que los países desarrollados Miembros, y los países en desarrollo Miembros que se declararon en condiciones de hacerlo, convinieron en implementar el acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes para los productos originarios de los PMA.

Desde que se adoptó la Decisión de Hong Kong, los Miembros han hecho progresos significativos hacia la consecución del objetivo de otorgar acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes con carácter perdurable para todos los productos originarios de todos los PMA. Casi todos los países desarrollados Miembros otorgan un acceso pleno o casi pleno a los mercados libre de derechos y de contingentes, y varios países en desarrollo Miembros otorgan también un grado significativo de acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes a los productos de los PMA.

En la Conferencia de Bali de diciembre de 2013, los ministros examinarán un proyecto de decisión que alentaría más a los países desarrollados Miembros a aumentar la cobertura del acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes para los productos originarios de los PMA, con objeto de dar a los PMA un mayor acceso a los mercados. El texto también alienta a los países en desarrollo Miembros que se declaren en condiciones de hacerlo a que concedan acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes para los productos originarios de los PMA o a que mejoren la cobertura del acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes para esos productos. El proyecto de decisión encomienda a los Miembros que informen sobre la aplicación de esta decisión en la próxima Conferencia Ministerial de la OMC en 2015.

El proyecto de decisión representa un compromiso político de los Miembros de la OMC de ayudar a los PMA a integrarse en el sistema multilateral de comercio. También se insta en él a los Miembros de la OMC a mejorar la transparencia de los regímenes de acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes. Los Miembros de la OMC notificarían sus regímenes a la OMC y el comité competente de la OMC examinaría anualmente las medidas adoptadas para conceder acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes a los PMA.

Para ayudar en esa labor, la Secretaría, en estrecha colaboración con los Miembros, elaboraría un informe sobre el acceso a los mercados libre de derechos y de contingentes otorgado por los Miembros a los PMA a nivel de línea arancelaria, sobre la base de sus notificaciones.

 

Proyecto de decisión sobre las normas de origen preferenciales para los PMA

En la Conferencia Ministerial de la OMC en Bali se someterá a los ministros para su adopción un proyecto de decisión sobre las normas de origen preferenciales aplicables a las importaciones procedentes de los países menos adelantados.

Las normas de origen son los criterios que se utilizan para determinar dónde se ha fabricado un producto. Los productos que, según esas normas, se consideren fabricados en un PMA podrían beneficiarse de los regímenes de acceso preferencial a los mercados. Dicho de otro modo, las normas de origen se utilizan para asegurar que únicamente los productos originarios de los PMA se beneficien de las preferencias comerciales que se han concedido a esos países.

El proyecto de decisión contiene una serie de directrices multilaterales para las normas de origen que los Miembros de la OMC pueden aplicar a sus programas de preferencias no recíprocas para los PMA. Por primera vez, los gobiernos tendrán un conjunto de directrices convenidas multilateralmente, que debería facilitar el cumplimiento por los PMA de las condiciones necesarias para que sus exportaciones se beneficien de acceso preferencial a los mercados. Se reconoce en el proyecto que cada país que concede preferencias comerciales a los PMA tiene su propio método para determinar las normas de origen y se invita a los Miembros a basarse en los elementos que figuran en la decisión cuando elaboren o amplíen sus disposiciones en materia de normas de origen aplicables a los PMA.

Las directrices recomiendan que las normas de origen y las prescripciones en materia de documentación conexas sean lo más transparentes y sencillas posible. Con este fin, la decisión reconoce formas en las que se puede conferir el origen y ofrece algunos ejemplos para facilitar el cumplimiento de las normas de origen preferenciales.

La decisión también exige que los Miembros notifiquen a la OMC sus normas de origen preferenciales para los PMA a fin de aumentar la transparencia, hacer que las normas se comprendan mejor y promover el intercambio de experiencias, así como la incorporación de prácticas óptimas. Los órganos competentes de la OMC también examinarán anualmente estas normas de origen.

 

Proyecto de decisión sobre la puesta en práctica de la exención para los PMA en la esfera de los servicios

En la Conferencia Ministerial de la OMC en Bali se someterá a los ministros para su adopción un proyecto de decisión destinado a promover la concesión de preferencias a los PMA en virtud de la exención para los PMA en la esfera de los servicios.

El objetivo de la decisión es aumentar la participación de los PMA en el comercio mundial de servicios de modo que obtengan beneficios que les permitan alcanzar sus objetivos de desarrollo.

El comercio de servicios desempeña una función cada vez más importante en el comercio mundial. Representa más del 70% del PIB mundial, el 45% del empleo mundial y aproximadamente el 40% del total de la inversión extranjera directa. No obstante, la participación de los PMA en el comercio mundial de servicios sigue siendo marginal, pues representa aproximadamente el 0,6% de las exportaciones y el 1,7% de las importaciones de estos servicios, según un estudio realizado por la Secretaría de la OMC.

 

Estructura de las exportaciones de servicios comerciales de los PMA, por sectores, 2012
 (Porcentajes)

Fuente: Estimaciones de la OMC y de la Secretaría de la UNCTAD.

En la Octava Conferencia Ministerial de la OMC, celebrada en diciembre de 2011, se adoptó una decisión relativa a una “exención en la esfera de los servicios”, que permite a los Miembros de la OMC otorgar un trato preferencial a los servicios y proveedores de servicios de los PMA. Sin embargo, esta decisión no garantiza que los Miembros concedan  realmente preferencias a los PMA. En el proyecto de decisión se señala que ningún Miembro de la OMC se ha acogido aún a la exención en la esfera de los servicios desde su adopción en 2011. También se reconoce la necesidad de fortalecer la capacidad interna de los PMA en materia de servicios con el fin de que puedan hacer uso de las oportunidades existentes así como de las preferencias que se les otorguen.

Con arreglo al proyecto de decisión, los ministros encomendarán al Consejo del Comercio de Servicios que inicie un proceso encaminado a promover la puesta en práctica rápida y efectiva de la exención para los PMA en la esfera de los servicios. Como parte de ese proceso, se prevé la celebración de una reunión de alto nivel seis meses después de que los PMA hayan presentado una solicitud colectiva en la que se identifiquen los sectores y modos de suministro de interés para sus exportaciones. También se alienta a los Miembros a que concedan en cualquier momento preferencias a los servicios y los proveedores de servicios de los PMA, de conformidad con la decisión de exención.

En el proyecto de decisión también se subraya la importancia de potenciar la asistencia técnica y la creación de capacidad a fin de ayudar a los PMA a beneficiarse de la puesta en práctica de la exención.

 

Algodón

Sobre la base de una propuesta presentada en octubre de 2013 por los Cuatro del Algodón (Benin, Burkina Faso, Chad y Malí) los Miembros de la OMC acordaron un proyecto de decisión que se centra en los aspectos comerciales y de desarrollo de la cuestión del algodón.

En el proyecto de decisión se reitera el compromiso de los Miembros “con el diálogo en curso y [su] voluntad” de hacer progresos en las negociaciones sobre el algodón según los objetivos acordados en 2005 en la Conferencia Ministerial de Hong Kong. También se establece que los Miembros se reunirán dos veces al año para examinar la información más reciente y debatir los nuevos hechos en materia de acceso a los mercados, ayuda interna y subvenciones a la exportación para el algodón, en especial el procedente de los PMA. Estas reuniones se realizarán en el marco de las negociaciones sobre la agricultura.

Se puede encontrar más información en una nota informativa específica relativa a las negociaciones sobre el algodón.

 

Adhesión simplificada para los países más pobres

En la reunión del Consejo General celebrada el 25 de julio de 2012, los Miembros de la OMC aprobaron formalmente una decisión para facilitar y acelerar el proceso de adhesión de los PMA. La decisión fortalece las directrices sobre la adhesión de los PMA adoptadas por los Miembros en 2002. Las directrices reforzadas de 2012 prevén flexibilidades y parámetros precisos para ayudar a los PMA a adherirse a la OMC a un ritmo y de un modo compatibles con sus necesidades de desarrollo, comerciales y financieras. La decisión contiene cinco elementos fundamentales:

  • niveles de referencia para las mercancías
  • niveles de referencia para los servicios
  • transparencia en las negociaciones de adhesión
  • trato especial y diferenciado y períodos de transición
  • asistencia técnica.

Haga clic en este enlace para consultar más información sobre la decisión relativa a la adhesión de los PMA, que también figura en el documento WT/L/508/Add 1.

 

Más información

Panorama del acceso a los mercados para los PMA: WT/COMTD/LDC/W/58

Subcomité de Países Menos Adelantados

Marco Integrado mejorado para los PMA