Cuestiones abarcadas por los Comités y Acuerdos de la OMC

NEGOCIACIONES SOBRE LA AGRICULTURA: INFORMACIÓN GENERAL

Después del marco: trabajos técnicos sobre acceso a los mercados

ACTUALIZACIÓN DE 1 DE DICIEMBRE DE 2004
Haga clic aquí para consultar las noticias e información actuales sobre las negociaciones.

En el presente documento informativo se explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se trata de un informe oficial de las negociaciones.

Haga clic en + para abrir un elemento.

 

En el presente documento informativo se explican las cuestiones relativas a la agricultura planteadas en las actuales negociaciones y con anterioridad a las mismas. Este documento ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender las negociaciones sobre la agricultura. No se trata de un informe oficial de las negociaciones.

volver al principio

Equivalentes ad valorem 

Explicaciones y detalles: véase el documento de la Secretaría TN/AG/S/11, “Cálculo de equivalentes ad valorem (EAV): requisitos en materia de datos y disponibilidad de información”

Los aranceles expresados en dólares (euros, yen, etc.) por tonelada (litro, bushel, cabeza, etc.) se conocen como derechos “específicos”. Algunos aranceles son más complejos: por ejemplo, combinan derechos específicos con porcentajes del precio (“ad valorem”). Todos estos han de convertirse en porcentajes simples del valor (“ad valorem”) para poder reducirlos de acuerdo con el tipo de fórmula (“estratificada”) que se acordó en el marco de 1º de agosto de 2004. Sin este cálculo no sería posible situar los productos a los que se aplican derechos específicos en las categorías apropiadas (los estratos o “bandas”).

Los debates técnicos incluyen: métodos de cálculo a los efectos de aplicar la fórmula estratificada; requisitos en materia de datos; y procesos de verificación. Por lo que respecta al método, numerosos Miembros se inclinan a favor de un método “basado en el valor unitario”, consistente esencialmente en comparar un derecho específico indicado, por ejemplo, en dólares, con un precio de referencia también en dólares, siguiendo con el ejemplo. La principal alternativa a este método es el “método basado en los ingresos”, que compara los ingresos totales obtenidos a lo largo de un período con el valor total de las importaciones en el mismo período. No obstante, el método basado en el valor unitario plantea varios problemas, como qué precio utilizar y con respecto a qué período; si el precio está distorsionado por contingentes, por ejemplo; y si se dispone de datos apropiados. Algunos países sostienen que es preciso examinar estas cuestiones con detalle y que tal vez los precios del mercado mundial serían más adecuados que el precio de las importaciones.

Habida cuenta de que la conversión es un ejercicio inpreciso, varios países quieren reducir al mínimo la flexibilidad. Afirman que no quieren ver repetidas algunas de las manipulaciones que según ellos caracterizaron a varios cálculos en las negociaciones de la Ronda Uruguay entre 1986 y 1994 (en particular la “arancelización”, la conversión de restricciones cuantitativas a aranceles). Otros insisten en que se conceda cierto grado de flexibilidad (y se evite una metodología uniforme, pormenorizada y “excesivamente” rígida y afirman que lo esencial debería ser reducir el margen de error a un mínimo. Se han debatido varios detalles, como por ejemplo cómo deberían ser las categorías detalladas de productos o qué períodos habría que utilizar como base. Muchos aceptan la necesidad de al menos algún tipo de mecanismo de verificación multilateral del cálculo.

Inicialmente, el debate técnico se centra en el método de conversión, dejándose para más adelante el debate sobre la cuestión más política de si después habría que consolidar todos los aranceles a tipos ad valorem (la “simplificación arancelaria”, que según el marco sigue siendo objeto de negociación).

Documento técnico sobre los equivalente ad valorem presentado por: el G–10

  

volver al principio

Administración de los contingentes arancelarios 

Algunos Miembros afirman que el “texto Harbinson” (el proyecto de “modalidades” de marzo de 2003) constituye un punto de partida adecuado, pero que hay que modificarlo. A grandes rasgos, los Miembros continúan debatiendo si los contingentes arancelarios fomentan el comercio o si la forma en que se administran crea un obstáculo; los que sostienen esto último se quejan de las bajas tasas de utilización, y uno incluso propone una fórmula según la cual en los casos en que la tasa de utilización sea demasiado baja habría que sustituir los contingentes por un método basado únicamente en aranceles.

Varios Miembros apoyan todos o parte de los elementos de una lista de principios, entre ellos la utilización de métodos que no discriminen, que sean sencillos y prácticos, previsibles y transparentes, y que no dificulten las transacciones comerciales.

volver al principio

Base para la ampliación de los contingentes arancelarios 

Este debate técnico se centra en la utilización de un porcentaje del consumo interno como base para la ampliación, existiendo diferencias con respecto a si los contingentes deberían ampliarse en un porcentaje o para llevarlos a un determinado porcentaje, o según una fórmula más compleja consistente primero en ampliarlos para llevarlos a un determinado porcentaje para a continuación ampliarlos aún más con arreglo a una fórmula adicional a fin de “armonizar” la ampliación (o sea, de que la distancia entre los volúmenes de los contingentes sea menor). También se ha debatido la cuestión de cómo medir el consumo interno. En esta etapa se evita en gran medida la cuestión de si hay que ampliar todos los contingentes, aunque algunos Miembros han expuesto opiniones contrapuestas: que la ampliación es obligatoria en virtud del marco de 1º de agosto o que no lo es.

volver al principio

Productos tropicales y cultivos sustitutivos de los estupefacientes 

En el párrafo 43 del marco se hace referencia a un “compromiso de larga data” y “pendiente” en lo que respecta a la “más completa liberalización” de estos productos en los países desarrollados importadores. Muchos países en desarrollo subrayan la importancia de este asunto, y se quejan de que decenios de promesas relativas a los productos tropicales no hayan dado sus frutos. Varios Miembros dicen que los países ricos deberían otorgar acceso a los mercados para esos productos de manera total y permanente, sin discriminación (es decir, conceder el trato de la nación más favorecida) y en forma de trato especial y diferenciado. Esto supondría eliminar todas las restricciones cuantitativas, no tratar esos productos como productos sensibles, así como un calendario de liberalización más corto. Otros se han manifestado en contra de la petición de no discriminación y han afirmado que es preciso tener en cuenta las preferencias de larga data.

 

ir a la página anterior    ir a la página siguiente


¿Quiere descargar e imprimir esta información general?
> Clic aquí