SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS
DS: Filipinas — Medidas antidumping relativas a las resinas de polipropileno procedentes de Corea
El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.
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Resumen de la diferencia hasta la fecha
El resumen que figura a continuación se actualizó el
Consultas
Reclamación presentada por Corea.
El 15 de diciembre de 2000 Corea solicitó la celebración de consultas con Filipinas en relación con las determinaciones preliminar y definitiva de la Comisión de Aranceles de la República de Filipinas sobre las resinas de polipropileno procedentes de la República de Corea, de fecha 15 de noviembre de 1999 y 11 de septiembre de 2000, respectivamente. Corea consideraba que en esas determinaciones Filipinas había cometido errores que habían resultado en constataciones erróneas y conclusiones deficientes en relación, entre otras cosas, con el producto similar, el dumping, el daño y la relación de causalidad, así como en la imposición, cálculo y percepción de márgenes antidumping incompatibles con las obligaciones que correspondían a Filipinas en virtud de las disposiciones del Acuerdo Antidumping, en particular, pero no necesariamente de forma exclusiva, los artículos 2, 3, 5, 6 (incluido el Anexo II), 7, 9 y 12, así como el artículo VI del GATT de 1994.
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