SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

DS: Comunidades Europeas — Determinadas medidas que afectan a la carne y los productos cárnicos de aves de corral procedentes de los Estados Unidos

El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.

  

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El resumen que figura a continuación se actualizó el

Consultas

Reclamación presentada por los Estados Unidos.

El 16 de enero de 2009, los Estados Unidos solicitaron la celebración de consultas con las Comunidades Europeas (“CE”) con respecto a determinadas medidas de las CE que afectan a la carne y los productos cárnicos de aves de corral (“aves de corral”) procedentes de los Estados Unidos.

Los Estados Unidos observan que las CE prohíben la importación de aves de corral tratadas con cualquier sustancia que no sea agua, salvo que esa sustancia haya sido aprobada por las CE. Por consiguiente, las CE prohíben la importación de carne de aves de corral que haya sido elaborada con tratamientos químicos (“tratamientos de reducción de patógenos” o “TRP”) preparados para reducir la cantidad de microbios en la carne, prohibiendo efectivamente el envío a las CE de prácticamente toda la carne de aves de corral de los Estados Unidos. Las CE no han publicado ni facilitado de otro modo el procedimiento para la aprobación de una sustancia. Las CE mantienen también una medida en relación con las normas de comercialización aplicables a la carne de aves de corral, que define la “carne de aves de corral” únicamente como “la carne de aves de corral apta para el consumo humano que no haya sufrido tratamiento alguno, excepto mediante frío”.

Según los Estados Unidos, en 2002 ese país solicitó a la Comisión Europea (“Comisión”) que aprobara la utilización de cuatro TRP en la elaboración de carne de aves de corral destinada a la exportación a las CE: dióxido de cloro, clorito de sodio acidificado, fosfato de trisodio y peroxiácidos. Sin embargo, tras más de seis años, con inclusión de demoras sin explicación, las CE no han aprobado ninguno de estos cuatro TRP y en cambio han rechazado la aprobación de su utilización.

Según los Estados Unidos, las CE no los han aprobado a pesar de que varios de sus organismos han emitido informes científicos sobre varios aspectos diferentes relacionados con la elaboración de carne de aves de corral con estos cuatro TRP, cuya conclusión general es que la importación y el consumo de carne de aves de corral elaborada con estos cuatro TRP no representan ningún riesgo para la salud humana. Los Estados Unidos observan que en particular, en mayo de 2008, la Comisión presentó una propuesta al Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal, de las CE, que pretendía aprobar la importación a las CE de aves de corral tratadas con estos cuatro TRP. El 2 de junio de 2008 el Comité Permanente rechazó unánimemente la propuesta de la Comisión, con la abstención del Reino Unido. El 18 de diciembre de 2008 el Consejo de Pesca y Agricultura de las CE rechazó la misma propuesta de la Comisión con los mismos votos que el Comité Permanente.Según los Estados Unidos, las CE no los han aprobado a pesar de que varios de sus organismos han emitido informes científicos sobre varios aspectos diferentes relacionados con la elaboración de carne de aves de corral con estos cuatro TRP, cuya conclusión general es que la importación y el consumo de carne de aves de corral elaborada con estos cuatro TRP no representan ningún riesgo para la salud humana. Los Estados Unidos observan que en particular, en mayo de 2008, la Comisión presentó una propuesta al Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal, de las CE, que pretendía aprobar la importación a las CE de aves de corral tratadas con estos cuatro TRP. El 2 de junio de 2008 el Comité Permanente rechazó unánimemente la propuesta de la Comisión, con la abstención del Reino Unido. El 18 de diciembre de 2008 el Consejo de Pesca y Agricultura de las CE rechazó la misma propuesta de la Comisión con los mismos votos que el Comité Permanente.

Los Estados Unidos entienden que estas medidas de las CE se ponen de manifiesto, entre otras, en el Reglamento (CE) Nº 853/2004, con inclusión de sus artículos 3 y 6; el Reglamento (CE) Nº 1234/2007 del Consejo, con inclusión del párrafo 2 del punto II de la parte B del anexo XIV; el rechazo el 2 de junio de 2008 por el Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal de la propuesta de la Comisión relativa a la eliminación de la contaminación de la superficie de las canales de aves de corral; el rechazo el 18 de diciembre de 2008 por el Comité de Pesca y Agricultura de la UE de la propuesta de la Comisión relativa a la eliminación de la contaminación de la superficie de las canales de aves de corral; y cualesquiera modificaciones, medidas conexas o medidas de aplicación.

A juicio de los Estados Unidos, las medidas de las CE parecen ser incompatibles con las obligaciones de las CE en el marco de la OMC, incluidas, sin que la enumeración sea exhaustiva, las siguientes:

  1. el párrafo 2 del artículo 2, los artículos 5 y 8 y el párrafo 1 del Anexo C del Acuerdo MSF;
      
  2. el párrafo 1 del artículo X y el párrafo 1 del artículo XI del GATT de 1994;
      
  3. el párrafo 2 del artículo 4 del Acuerdo sobre la Agricultura; y
      
  4. el artículo 2 del Acuerdo OTC.

Según los Estados Unidos, las medidas de las CE parecen también anular o menoscabar las ventajas resultantes para los Estados Unidos directa o indirectamente de los Acuerdos citados.

El 30 de enero de 2009, Australia solicitó ser asociada a las consultas.  Posteriormente, las Comunidades Europeas notificaron al OSD que habían aceptado la solicitud de asociación a las consultas presentada por Australia.

El 8 de octubre de 2009, los Estados Unidos solicitaron el establecimiento de un grupo especial.  En su reunión de 23 de octubre de 2009, el OSD aplazó el establecimiento del grupo especial.  En su reunión de 19 de noviembre de 2009, el OSD estableció el Grupo Especial.  Australia, China, Corea y Noruega se reservaron sus derechos en calidad de terceros.  Posteriormente, Guatemala, Nueva Zelandia y el Taipei Chino se reservaron sus derechos en calidad de terceros.

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