SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS
DS: China — Determinadas medidas que afectan a las ramas de producción de automóviles y partes de automóviles
El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.
Véase también:
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Resumen de la diferencia hasta la fecha
El resumen que figura a continuación se actualizó el
Consultas
Reclamación presentada por los Estados Unidos.
El 17 de septiembre de 2012, los Estados Unidos solicitaron la celebración de consultas con China en relación con determinadas medidas que otorgaban subvenciones en forma de donaciones, préstamos, condonaciones de ingresos públicos, suministro de bienes y servicios y otros incentivos supeditados a los resultados de exportación, a empresas de automóviles y partes de automóviles en China.
Los Estados Unidos alegan que esas medidas parecen ser incompatibles con las siguientes disposiciones:
- el artículo 3 y los párrafos 1, 2, 3 y 4 del artículo 25 del Acuerdo SMC;
- el párrafo 1 del artículo XVI del GATT de 1994; y
- las secciones 1.2, 2 C) 1) y 2 C) 2) de la Parte I del Protocolo de Adhesión de China.
El 28 de septiembre de 2012, la Unión Europea solicitó ser asociada a las consultas. Posteriormente, China informó al OSD de que había aceptado la solicitud de asociación a las consultas presentada por la Unión Europea.
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