SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

DS: Canadá — Medidas que rigen la venta de vino

El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.

  

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Resumen de la diferencia hasta la fecha 

El resumen que figura a continuación se actualizó el

Consultas

Reclamación presentada por Australia

El 12 de enero de 2018, Australia solicitó la celebración de consultas con el Canadá con respecto a medidas mantenidas por el Gobierno del Canadá y las provincias canadienses de Columbia Británica, Ontario, Quebec y Nueva Escocia que rigen la venta de vino. Esta solicitud sucede a anteriores solicitudes de celebración de consultas presentadas por los Estados Unidos (DS520 y DS531) relativas a medidas mantenidas por la provincia canadiense de Columbia Británica que rigen la venta de vino en las tiendas de comestibles.

Australia alegó que las medidas parecen ser incompatibles con las siguientes disposiciones:

    • los párrafos 1, 2 y 4 del artículo III, el párrafo 1 del artículo XVII y el párrafo 12 del artículo XXIV del GATT de 1994.

El 17 de enero de 2018, Nueva Zelandia solicitó ser asociada a las consultas. El 19 de enero de 2018, los Estados Unidos solicitaron ser asociados a las consultas. El 25 de enero de 2018, la Argentina y la Unión Europea solicitaron ser asociadas a las consultas. El 26 de enero de 2018, Chile solicitó ser asociado a las consultas. Posteriormente, el Canadá informó al OSD de que había aceptado las solicitudes de asociación a las consultas presentadas por la Argentina, Chile, los Estados Unidos, Nueva Zelandia y la Unión Europea.

 

Procedimientos del Grupo Especial y del Órgano de Apelación

El 13 de agosto de 2018, Australia solicitó el establecimiento de un grupo especial. En su reunión de 27 de agosto de 2018, el OSD aplazó el establecimiento de un grupo especial.

En su reunión de 26 de septiembre de 2018, el OSD estableció un Grupo Especial. La Argentina, Chile, China, Corea, los Estados Unidos, la Federación de Rusia, la India, Israel, México, Nueva Zelandia, Sudáfrica, el Taipei Chino, Ucrania, la Unión Europea y el Uruguay se reservaron sus derechos en calidad de terceros.

El 25 de febrero de 2019, Australia solicitó al Director General que estableciera la composición del Grupo Especial. El Director General estableció la composición del Grupo Especial el 7 de marzo de 2019.

El 24 de abril de 2019, con arreglo al párrafo 2 5) del Procedimiento de trabajo del Grupo Especial, el Presidente del Grupo Especial solicitó al OSD mediante comunicaciones separadas que distribuyese a los Miembros el Procedimiento de trabajo del Grupo Especial y un calendario parcial.

El 7 de mayo de 2019, con arreglo al párrafo 2 5) del Procedimiento de trabajo del Grupo Especial, el Presidente del Grupo Especial solicitó al OSD que distribuyese a los Miembros el procedimiento de trabajo adicional relativo a las reuniones abiertas al público adoptado por el Grupo Especial.

El 12 de junio de 2019, con arreglo al párrafo 2 5) del Procedimiento de trabajo del Grupo Especial, el Presidente del Grupo Especial solicitó al OSD que distribuyese a los Miembros el procedimiento de trabajo adicional relativo a la información comercial confidencial adoptado por el Grupo Especial.

El 25 de julio de 2019, el 28 de agosto de 2019, el 9 de marzo de 2020 y el 10 de junio de 2020, el Presidente del Grupo Especial solicitó al OSD que distribuyera comunicaciones en las que se indicaran los cambios introducidos en el calendario.

El 21 de agosto de 2019, el Presidente del Grupo Especial comunicó al OSD que el Grupo Especial preveía dar traslado de su informe definitivo a las partes en el primer semestre de 2020. El Presidente también informó al OSD de que el informe estaría a disposición del público una vez se hubiera distribuido a los Miembros en los tres idiomas oficiales, y de que la fecha de distribución dependía de la finalización de la traducción.

El 29 de mayo de 2020, Australia y el Canadá informaron al OSD de que habían convenido en el Procedimiento de arbitraje de conformidad con el artículo 25 del ESD en esta diferencia. Australia y el Canadá iniciaron este procedimiento con el fin de hacer efectiva la comunicación JOB/DSB/1/Add.12 (“Procedimiento Arbitral Multipartito de Apelación Provisional de conformidad con el artículo 25 del ESD (el mecanismo)”) y con el objetivo de establecer un marco para que un árbitro resuelva cualquier apelación respecto de cualquier informe definitivo del Grupo Especial emitido en la presente diferencia.

El 30 de julio de 2020, el Presidente del Grupo Especial solicitó al OSD que distribuyera una modificación del Procedimiento de trabajo del Grupo Especial que reflejaba la transición del Registro Digital de Solución de Diferencias (RDSD) al sistema de la Aplicación de Registro de Diferencias en Línea (DORA) a partir del 1 de agosto de 2020.

El 8 de abril de 2021, el Presidente del Grupo Especial informó al OSD de que, hasta julio de 2020, había aceptado varias solicitudes conjuntas de las partes para demorar la publicación de su informe provisional con el fin de que las partes pudieran hallar una solución mutuamente convenida. El Presidente del Grupo Especial indicó que el 6 de abril de 2021 el Grupo Especial aceptó la última solicitud de las partes, de fecha 31 de marzo de 2021, para que volviera a posponer la publicación del informe provisional, en espera de recibir información actualizada sobre la situación de las conversaciones de las partes a más tardar el 30 de abril de 2021. El Presidente del Grupo Especial informó al OSD de que, por tanto, el Grupo Especial no estaba en condiciones de facilitar una estimación del plazo en que emitiría su informe.

 

Solución mutuamente convenida

El 22 de abril de 2021, las partes comunicaron conjuntamente al Grupo Especial que habían alcanzado una solución mutuamente convenida con respecto a la reclamación presentada por Australia en relación con las medidas mantenidas por Quebec que rigen la venta de vino y que, como resultado de ese acuerdo, Australia y el Canadá consideraban que las cuestiones planteadas en esta diferencia se habían resuelto.

El 12 de mayo de 2021, Australia y el Canadá notificaron al OSD que habían llegado a una solución mutuamente convenida con respecto a las medidas federales y provinciales en litigio.

El 25 de mayo de 2021, el Grupo Especial distribuyó su informe a los Miembros. De conformidad con el artículo 12.7 del ESD, el informe del Grupo Especial se limitó a una breve relación del caso, con indicación de que se había llegado a una solución.

 

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