SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

DS: Unión Europea — Medidas relativas a la importación de cítricos procedentes de Sudáfrica

El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.

  

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Consultas

Reclamación presentada por Sudáfrica

El 27 de julio de 2022, Sudáfrica solicitó la celebración de consultas con la Unión Europea con respecto al régimen de la Unión Europea que regula la importación de cítricos procedentes de Sudáfrica.

Sudáfrica alegó que la medida en litigio parecía ser incompatible con las siguientes disposiciones:

    • artículos 1.1, 2.2, 2.3, 3.1, 3.2, 3.3, 5.1, 5.2, 5.3, 5.5, 5.6, 5.7, 6.1, 6.2, 7, 8, 10.1 y 10.2, y párrafo 2 del Anexo B y Anexo C del Acuerdo MSF; y
       
    • artículos I.1, III.4, X.3 a) y XI.1 del GATT de 1994.

 

 

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