ACCESO A LOS MERCADOS: NEGOCIACIONES

El texto de las modalidades para el AMNA de julio de 2008 en términos sencillos

En el nuevo texto de las modalidades para el AMNA, presentado por el Presidente de las negociaciones sobre el acceso a los mercados para los productos no agrícolas, se exponen con mayor claridad las diversas opciones existentes y se proporciona a los Ministros una base más clara para negociar un conjunto final de resultados equilibrado en relación con las modalidades plenas.

A continuación figuran los principales elementos del documento:

Fórmula y flexibilidad   volver al principio

Las reducciones arancelarias con respecto a los productos industriales se realizarían utilizando una fórmula “suiza simple” con distintos coeficientes para los países desarrollados Miembros y para los países en desarrollo Miembros. Pero mientras que el coeficiente para los Miembros desarrollados será el mismo aplicable a todos ellos, habrá tres opciones diferentes de coeficientes para los Miembros en desarrollo que se aplicarán según el grado de flexibilidad que opten por utilizar. Cuanto más bajo sea el coeficiente, mayor será la flexibilidad, y viceversa. Una fórmula suiza da por resultado recortes mayores para los aranceles más elevados. (Un coeficiente más elevado, como el previsto para los Miembros en desarrollo, significa reducciones menores de los aranceles.)

El proyecto de modalidades del Presidente contiene, todavía entre corchetes (lo que significa que pueden ser objeto de negociación) los siguientes coeficientes: de 7 a 9 para los Miembros desarrollados y entre 19 y 26 para los Miembros en desarrollo. Pero no todos los países en desarrollo que utilicen la fórmula aplicarían el mismo coeficiente. El nuevo texto de las modalidades propone tres rangos diferentes: 19-21, 21-23 y 23-26. La utilización de los distintos rangos dependería de tres nuevas opciones:

  • Un Miembro que opte por aplicar el coeficiente más ambicioso (el menor de los rangos) tendría derecho a “proteger” del efecto pleno de la fórmula el 12-14 por ciento como máximo de sus líneas arancelarias de productos industriales más sensibles, siempre que esas líneas arancelarias no excedan del 12-19 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agrícolas. Esos aranceles estarían sujetos a recortes iguales a la mitad de la reducción basada en la fórmula convenida. Como alternativa, el Miembro podrá mantener un 6 ó 7 por ciento de sus líneas arancelarias sin consolidar, o excluirlas de los recortes arancelarios, siempre que no excedan del 6-9 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agrícolas.

  • Un Miembro que opte por aplicar un coeficiente más elevado (correspondiente al rango medio de coeficientes) tendría derecho a “proteger” del efecto pleno de la fórmula a menos productos: hasta un 10 por ciento de sus líneas arancelarias de productos industriales más sensibles, siempre que esas líneas arancelarias no excedan del 10 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agrícolas. Esos aranceles estarían sujetos a recortes iguales a la mitad de la reducción basada en la fórmula convenida. Como alternativa, el Miembro podrá mantener un 5 por ciento de sus líneas arancelarias sin consolidar, o excluirlas de los recortes arancelarios, siempre que no excedan del 5 por ciento del valor total de sus importaciones de productos no agrícolas.

  • Un Miembro que opte por aplicar el coeficiente más elevado no podrá recurrir a ninguna flexibilidad para excluir parcial o totalmente líneas arancelarias de la aplicación de la fórmula.

El texto contiene algunas precisiones para el posible trato de:

• Sudáfrica, Botswana, Lesotho, Namibia y Swazilandia, que tendrían flexibilidad adicional.
• La República Bolivariana de Venezuela, que pidió ser tratada como un caso especial debido a la estructura concentrada sumamente especial de sus importaciones y a sus necesidades en materia de desarrollo.
• La Argentina, el Brasil, el Paraguay y el Uruguay, por lo que respecta al cálculo de la limitación del valor del comercio afectado por la flexibilidad. Se utilizaría el valor total de las importaciones del Brasil de productos no agrícolas.

El texto también contiene lo siguiente:

  • Un mecanismo anticoncentración, para limitar la concentración de la flexibilidad que protegería de los recortes a sectores enteros. Un porcentaje mínimo, por negociar, de las líneas arancelarias o del valor de las importaciones de cada capítulo estaría sujeto a reducciones arancelarias plenas basadas en la fórmula.

Como resultado de la aplicación de los coeficientes propuestos:

  • El arancel máximo en los países desarrollados sería inferior al 7 ó 9 por ciento, según el coeficiente acordado. Esto significaría que los países desarrollados tendrían aranceles consolidados bastante inferiores en promedio al 3 por ciento y crestas arancelarias inferiores al 7 ó 9 por ciento incluso en el caso de sus productos más sensibles.

  • En la mayoría de las líneas arancelarias de los países en desarrollo Miembros que aplicaran la fórmula los aranceles serían inferiores al 12 ó 14 por ciento, según el coeficiente acordado y la flexibilidad utilizada. En los países en desarrollo que aplicaran la fórmula, los aranceles consolidados serían en promedio de entre el 11 y el 12 por ciento, y sólo un reducido número de países en desarrollo tendría promedios superiores al 15 por ciento.

  • Quedaría sustancialmente reducida la diferencia entre los tipos consolidados y los realmente aplicados (el “sobrante de consolidación” –o “agua”- en la jerga de las negociaciones).

  • Las reducciones arancelarias se llevarán a cabo gradualmente a lo largo de un período de cinco años en el caso de los Miembros desarrollados y de diez años en el de los Miembros en desarrollo, a partir del 1º de enero del año siguiente a la entrada en vigor de los resultados de Doha.

En conjunto, los 40 Miembros aproximadamente que aplican la fórmula suiza (los demás tienen disposiciones especiales) representan cerca del 90 por ciento del comercio mundial de productos no agrícolas. Entre esos Miembros, cuatro son Miembros de reciente adhesión.
  

Aranceles sin consolidar   volver al principio

Como el tipo de base para la aplicación de la fórmula es el tipo consolidado, los Miembros que tengan tipos sin consolidar podrán aplicar un incremento de 25 puntos porcentuales. Ese incremento se aplicaría al tipo vigente el 14 de noviembre de 2001 y constituiría la base de los recortes resultantes de la fórmula.
 

Miembros de reciente adhesión   volver al principio

Albania, Armenia, Arabia Saudita, la ex República Yugoslava de Macedonia, Moldova, la República Kirguisa, Tonga, Ucrania y Viet Nam no estarán obligados a realizar reducciones arancelarias que excedan de los compromisos que hayan contraído en el marco de su adhesión.

A países de reciente adhesión como China, el Taipei Chino, Omán y Croacia, sujetos a la fórmula, se les prolongaría entre tres y cuatro años el plazo para la aplicación gradual de sus compromisos en el marco de la Ronda de Doha con respecto a todas las líneas. Los restantes Miembros de reciente adhesión son economías pequeñas y vulnerables y pueden aplicar la modalidad prevista para esos Miembros.
 

Modalidades para los demás países en desarrollo Miembros (alrededor de 75)   volver al principio

Los 32 países más pobres (países menos adelantados o PMA) están exentos de reducciones arancelarias; hay disposiciones especiales para 31 economías pequeñas y vulnerables y para 12 países en desarrollo con un bajo porcentaje de líneas arancelarias consolidadas. Como consecuencia, las economías en desarrollo relativamente más débiles mantendrán aranceles medios más elevados y tendrán mayor flexibilidad en cuanto a la manera de estructurar sus listas arancelarias. No obstante, contribuirán al resultado en materia de acceso a los mercados aumentando de manera significativa el número de consolidaciones y reduciendo el “sobrante de consolidación” (la diferencia entre los tipos consolidados y los realmente aplicados), Bolivia y Fiji se consideran un caso especial. Se proponen también soluciones para los Miembros con acceso preferencial a los mercados de los países desarrollados cuyas preferencias quedarán erosionadas debido a las reducciones arancelarias globales. Asimismo, hay disposiciones con respecto a otros Miembros en desarrollo que se verían afectados por ese tipo de soluciones.
 

Sectores en los que se prevé una mayor reducción o la eliminación de los aranceles   volver al principio

En el texto del Presidente se indica también que algunos Miembros han mantenido negociaciones en las que se contemplaba la realización de mayores reducciones arancelarias en algunos sectores no agrícolas. Mediante acuerdos de ese tipo los aranceles podrían reducirse a cero en algunos países desarrollados; en algunos casos, los países en desarrollo participantes realizarían reducciones menores como “trato especial y diferenciado”. Esas negociaciones son voluntarias y se requiere que se sume a la iniciativa una “masa crítica” de países para que se ponga en marcha. Actualmente son objeto de negociación 14 sectores: automóviles y sus partes; bicicletas y sus partes; productos químicos; productos electrónicos/eléctricos; pescado y productos de pescado; productos forestales; piedras preciosas y joyería; materias primas; equipo deportivo; atención de la salud, productos farmacéuticos y dispositivos médicos; herramientas de mano; juguetes; textiles, prendas de vestir y calzado; y máquinas industriales.
  

Obstáculos no arancelarios   volver al principio

También forman parte de la negociación los obstáculos no arancelarios, medidas restrictivas no relacionadas con los aranceles aduaneros que adoptan los gobiernos (por motivos técnicos, sanitarios o de otra índole). Varios Miembros han presentado propuestas de textos jurídicos sobre algunas de esas medidas, que se recopilan en el texto del Presidente. El Presidente indica que en el momento de las modalidades finales habría que adoptar una decisión en cuanto a si esas propuestas pasan a ser objeto de una negociación basada en textos.