Acceso a los mercados de las mercancías
En la OMC se entiende por acceso de las mercancías a los mercados las condiciones y las medidas arancelarias y no arancelarias convenidas por los Miembros para la entrada de determinadas mercancías a sus mercados. Los compromisos arancelarios respecto de las mercancías se establecen en las listas de concesiones de cada Miembro relativas a las mercancías. Las listas representan compromisos de no aplicar derechos arancelarios superiores a los tipos consignados en la listas, esos tipos están “consolidados”. Las medidas no arancelarias se abordan en el marco de acuerdos específicos de la OMC (véase la lista infra). Los Miembros de la OMC tratan de mejorar continuamente el acceso a los mercados, a través del programa de trabajo ordinario de la OMC y de negociaciones, tales como las iniciadas en la Conferencia Ministerial de Doha en noviembre de 2001.
Véase
asimismo:
> Negociaciones sobre el acceso
a los mercados para los productos no agrícolas
> Negociaciones, aplicación
y desarrollo: el Programa de Doha
> Declaración
Ministerial de Hong Kong
Véase
asimismo:
> El GATT y el
Consejo del Comercio de Mercancías
> Aranceles
Supresión del carácter reservado de documentos de negociación bilateral de anteriores rondas de negociaciones del GATT
A tono con los esfuerzos de la OMC por aumentar la transparencia, los Miembros han acordado suprimir el carácter reservado de una cantidad importante de documentos relacionados con anteriores rondas de negociaciones del GATT. 1
El material cuyo carácter reservado se ha suprimido incluye más de 5000 registros de la Secretaría, entre ellos, peticiones, ofertas y acuerdos bilaterales negociados mediante el método de "peticiones y ofertas".
En un proyecto conjunto con las Bibliotecas de la Universidad de Stanford se han escaneado los documentos bilaterales con el fin de conservarlos.
1.Para más antecedentes sobre el tema, véanse las actas de las reuniones del Comité de Acceso a los Mercados (G/MA/M/52, G/MA/M/53 y G/MA/M/55) y la decisión del Consejo General de 25 de julio de 2013, “Supresión del carácter reservado de algunos documentos históricos relativos a las negociaciones bilaterales del GATT de 1947” (WT/L/892).
> Documentos de negociación bilateral del GATT por Ronda
> Documentos de negociación bilateral del GATT por Parte Contratante
Noticias
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Introducción
Información
sobre el acceso a los mercados de las mercancías en la OMC
Enlaces con la sección dedicada al acceso a los mercados y la
información arancelaria en la guía
de la OMC “Entender la OMC”.
Incluye: Aranceles; Consolidaciones; Agricultura;
(Pulsar en el botón “atrás” de su explorador (“back” en la
versión en inglés) para regresar a esta página).
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El mandato
Consultar o descargar el Protocolo de Marrakech.
Resumen
de los textos jurídicos del GATT
Resumen técnico.
Explore o descargue el texto del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT de 1947) en la puerta de acceso de los textos jurídicos.
Encuentre decisiones de los órganos de la OMC relativas al GATT en el Índice Analítico — Guía de las normas y usos de la OMC.
El mandato de negociación de Doha
Sección relativa al acceso a los mercados, de la Declaración Ministerial de Doha
de 2001.
Consultar
las listas relativas a las mercancías de los Miembros de la
OMC y de
los nuevos Miembros.
Declaración
Ministerial de Hong Kong
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Labor del Comité de Acceso a los Mercados
En su reunión del 31 de enero de 1995 el Consejo General estableció el Comité de Acceso a los Mercados de la OMC, con el siguiente mandato:
El Comité de Acceso a los Mercados:
a) en relación con las cuestiones de acceso a los mercados no abarcadas por ningún otro órgano de la OMC:
- supervisará la aplicación de las concesiones relativas a los aranceles y las medidas no arancelarias;
- servirá de foro para la celebración de consultas sobre asuntos relacionados con los aranceles y las medidas no arancelarias;
b) supervisará la aplicación de los procedimientos de modificación o retiro de las concesiones arancelarias;
c) se asegurará de que las Listas anexas al GATT se mantengan al día y de que se recojan sus modificaciones, incluidas las resultantes de cambios en la nomenclatura arancelaria;
d) llevará a cabo la actualización y análisis de la documentación relativa a las restricciones cuantitativas y otras medidas no arancelarias, de conformidad con el calendario y los procedimientos acordados por las Partes Contratantes del GATT en 1984 y 1985 (IBDD 31S/256 y 257, e IBDD 32S/100 y 101).
e) supervisará el contenido y el funcionamiento de la Base Integrada de Datos y el acceso a la misma;
f) rendirá informe periódicamente — y en todo caso no menos de una vez al año — al Consejo del Comercio de Mercancías.
Actualmente el Presidente es .
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Documentos del Comité de Acceso a los Mercados
El acceso a los mercados sobre temas específicos se aborda directamente en las puertas de acceso pertinentes
> Acuerdo sobre
tecnología de la información
> Agricultura
> Antidumping
> Balanza de pagos
> Empresas comerciales del Estado (grupo de trabajo)
> Facilitación
del comercio
> Licencias de importación
> Medidas
sanitarias y fitosanitarias
> Normas de origen
> Obstáculos técnicos
al comercio
> Salvaguardias
> Subvenciones y
medidas compensatorias
> Textiles
> Valoración
en aduana
Base de Datos sobre Restricciones Cuantitativas
> Base de datos
> Preguntas frecuentes
Vídeo: Las restricciones cuantitativas en el marco de la OMC
> Información detallada

- Manual de Cooperación Técnica sobre Prescripciones en materia de Notificación — Tariffs and Non-Tariff Measures