SERVICIOS: NEGOCIACIONES

Fases decisivas en las negociaciones sobre servicios

Mandato y primeras fases de las negociaciones

En el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) se pide a los Miembros de la OMC que entablen sucesivas rondas de negociaciones a fin de lograr unos niveles de liberalización progresivamente más elevados. Las negociaciones deben ir ". encaminadas a la reducción o eliminación de los efectos desfavorables de las medidas en el comercio de servicios, como medio de facilitar un acceso efectivo a los mercados". El proceso de liberalización progresiva debe hacerse avanzar "mediante negociaciones bilaterales, plurilaterales o multilaterales encaminadas a aumentar el nivel general de los compromisos específicos contraídos por los Miembros".  

El artículo XIX del AGCS establece que las negociaciones se llevarán a cabo respetando debidamente el nivel de desarrollo de los distintos Miembros y que esos Miembros se beneficiarán de flexibilidad, por ejemplo se les permitirá abrir menos sectores, a tenor de su situación individual en materia de desarrollo.  El Acuerdo (artículo IV) también establece que las negociaciones facilitarán la creciente participación de los países en desarrollo en el comercio mundial.  

En 2000, el Consejo General decidió que las negociaciones tuvieran lugar en el Consejo del Comercio de Servicios en Sesión Extraordinaria.  En marzo de 2001, el Consejo en Sesión Extraordinaria aprobó las "Directrices y procedimientos para las negociaciones sobre el comercio de servicios" (S/L/93). Este documento se basa en las disposiciones del AGCS, en particular el artículo IV ("Participación creciente de los países en desarrollo") y el artículo XIX ("Negociación de compromisos específicos").  El contenido de las directrices de negociación se resume aquí.  

Estas directrices establecen que las exenciones de la obligación del trato de la nación más favorecida (NMF) estarán sujetas a negociación, según lo previsto en el AGCS.  Las directrices también integran en las negociaciones sobre los servicios las negociaciones prescritas en el Acuerdo en relación con la elaboración de normas (párrafo 4 del artículo VI sobre la reglamentación nacional), las medidas de salvaguardia urgentes (artículo X), la contratación pública (artículo XIII) y las subvenciones (artículo XV). 

El Grupo de Trabajo sobre la Reglamentación Nacional se encarga de elaborar disciplinas en el ámbito de la reglamentación nacional según lo prescrito en el párrafo 4 del artículo VI. El Grupo de Trabajo sobre las Normas del AGCS tiene tres mandatos de negociación: medidas de salvaguardia urgentes (artículo X), contratación pública (artículo XIII) y subvenciones (artículo XV). Estos Grupos de Trabajo han informado periódicamente al Consejo en Sesión Extraordinaria sobre su labor de negociación.  A su vez, el Consejo del Comercio de Servicios en Sesión Extraordinaria rinde informe al Comité de Negociaciones Comerciales.

En 2003, las directrices de negociación se complementaron con las "Modalidades para el trato especial de los países menos adelantados Miembros (TN/S/13) y las "Modalidades para el trato de la liberalización autónoma" (TN/S/6).

Las modalidades para los PMA tenían por objeto garantizar la "máxima flexibilidad" para esos países en las negociaciones. Además, todos los Miembros se comprometieron a actuar con moderación al solicitar compromisos de los PMA, así como a dar especial prioridad a los sectores y modos de interés para esos Miembros al elaborar sus propias listas de compromisos. Todo ello dio lugar a una exención para los PMA.  El párrafo 26 de la Declaración Ministerial de Hong Kong de 2005 establece que, en reconocimiento de las circunstancias particulares de los PMA, no se espera de ellos que contraigan nuevos compromisos.

Reconociendo que los países han seguido mejorando el acceso a los mercados e introduciendo importantes reformas de la reglamentación nacional al margen de las negociaciones sobre el AGCS, en las modalidades relativas a la liberalización autónoma se incluyeron criterios para determinar el valor de la liberalización autónoma y el procedimiento para el trato que podría dispensarse a esa liberalización en el contexto de las negociaciones sobre servicios.

Intercambio de peticiones y ofertas (2002-2005)

Habida cuenta de las directrices de negociación, relativamente detalladas, de marzo de 2001, la Declaración Ministerial de Doha se limitó en lo esencial a refrendar las directrices e integrar los servicios en el marco más amplio del Programa de Doha para el Desarrollo. En la Declaración de Doha se fijaron fechas para la distribución de las peticiones iniciales (30 de junio de 2002) y las ofertas iniciales (31 de marzo de 2003) de compromisos específicos, y se preveía que todas las negociaciones concluirían el 1º de enero de 2005 a más tardar.

Sin embargo, en la Conferencia Ministerial de Cancún, celebrada a comienzos de septiembre de 2003, no se hicieron avances. En la comunicación final los Ministros reafirmaron las Declaraciones y Decisiones de Doha y se comprometieron una vez más "a trabajar para aplicarlas plena y fielmente". El proceso de peticiones y ofertas en la esfera de los servicios prácticamente se paralizó después de Cancún, poniendo de manifiesto la falta de impulso político.

Solo a mediados de 2004 el llamado Paquete de Julio de 2004 (Programa de Trabajo de Doha - Decisión adoptada por el Consejo General el 1º de agosto de 2004) imprimió un nuevo impulso a las negociaciones. En cuanto a los servicios, en el Paquete de Julio figuraba el plazo de mayo de 2005 para la presentación de las ofertas revisadas y se adoptaban una serie de recomendaciones acordadas previamente por el Consejo del Comercio de Servicios (en Sesión Extraordinaria). Se incluía la recomendación de que los Miembros que todavía no hubieran presentado sus ofertas iniciales lo hicieran lo antes posible.

Los Miembros siguieron intercambiando ofertas después del Paquete de Julio, pero el Presidente del Consejo en Sesión Extraordinaria informó en mayo de 2005 de que la calidad de las ofertas iniciales y revisadas era "pobre" y que las negociaciones no avanzaban como debían. 

En 2008, cuando se distribuyó la última oferta, se habían presentado en total 71 ofertas iniciales y 31 ofertas revisadas (contando a la Unión Europea como un solo Miembro).

La Declaración Ministerial de Hong Kong y su Anexo C  

En la Declaración Ministerial de Hong Kong de diciembre de 2005 se reafirmaron los principios y objetivos fundamentales de las negociaciones sobre servicios y se exhortó a los Miembros a intensificar las negociaciones de conformidad con los objetivos, enfoques y plazos indicados en el Anexo C de la misma con el propósito de ampliar la cobertura sectorial y modal de los compromisos y mejorar su calidad, prestando especial atención a los intereses de exportación de los países en desarrollo. Se reconocía también que no se esperaba de los países menos adelantados que contrajeran nuevos compromisos en la Ronda de Doha.

En el Anexo C se enunciaba, con el propósito de orientar a los Miembros, una serie de objetivos de negociación más detallados y ambiciosos que en cualquier documento anterior de ese tipo. Además de garantizar la flexibilidad apropiada para los distintos países en desarrollo Miembros, el Anexo C establecía un marco para:

  • la presentación de ofertas de compromisos nuevos o mejorados en cada modo de suministro;   
  • las exenciones del trato de la nación más favorecida (NMF), y   
  • la consignación en listas y la clasificación de los compromisos.

Entre otras cosas, en el Anexo también se insta a los Miembros a que intensifiquen sus esfuerzos para concluir las negociaciones sobre la elaboración de normas, redacten un texto con miras a su adopción centrado en las disciplinas sobre la reglamentación nacional y elaboren métodos para la aplicación plena y efectiva de las modalidades para el trato especial de los países menos adelantados Miembros. En relación con los enfoques de negociación, en el Anexo C se prevé que las negociaciones basadas en peticiones y ofertas se desarrollen también sobre una base plurilateral y se proporciona orientación para la celebración de esas negociaciones.

Negociaciones plurilaterales   

En el marco de las negociaciones plurilaterales, un grupo de Miembros con un interés común formula una petición colectiva a determinados Miembros para que mejoren sus compromisos específicos en un sector particular o con respecto a un determinado modo de suministro. Posteriormente, se reúnen colectivamente con los países que han recibido esa petición. Incumbe a cada Miembro responder individualmente a la petición colectiva.

A principios de 2006 se celebraron dos rondas de negociaciones plurilaterales sobre la base de 22 peticiones colectivas formuladas principalmente según parámetros sectoriales. La respuesta general de los grupos de negociación informales que examinaron esas peticiones fue positiva.

Cada grupo se compuso inicialmente de una docena o más de Miembros con intereses de negociación comunes. Los grupos invitaron a otros Miembros a debatir y examinar esos intereses, que normalmente se presentaban en forma de una petición conjunta.

Se esperaba que los resultados de las negociaciones plurilaterales y las reuniones bilaterales adicionales se reflejaran en una segunda serie de ofertas revisadas. El Anexo C establecía la fecha límite del 31 de julio de 2006 para la presentación de esas ofertas, pero justo una semana antes se suspendieron todas las negociaciones en el marco del Programa de Doha para el Desarrollo (PDD), debido principalmente a un estancamiento en relación con el acceso a los mercados para los productos agrícolas y para los no agrícolas (AMNA).

No fue hasta febrero de 2007 que pareció llegado el momento de reanudar plenamente las negociaciones. Como antes, la mayoría de las reuniones sobre los servicios se organizaron en bloques temáticos para dar a los expertos procedentes de las capitales la oportunidad, cada tres o cuatro meses, no solo de asistir a las reuniones pertinentes del Consejo y de los Comités, sino también de organizar encuentros bilaterales y plurilaterales para examinar el alcance y el contenido de las ofertas mejoradas.

Conferencia de manifestación de intenciones y elementos para la conclusión de las negociaciones

Además de proseguir sus encuentros bilaterales, los Miembros examinaron los elementos que guiarían las negociaciones sobre servicios hacia su conclusión. A este respecto, el Presidente de las negociaciones sobre servicios (Consejo del Comercio de Servicios en Sesión Extraordinaria) publicó, el 26 de mayo de 2008, un informe que incluía un proyecto de texto sobre los servicios que los Miembros de la OMC, tras examinarlo más a fondo, pudiesen adoptar.

El proyecto, basado en las consultas celebradas por el Presidente, abordaba cuestiones como el nivel de ambición de los participantes y su disposición a consolidar los niveles actuales y mejorados de acceso a los mercados y trato nacional y la referencia específica a los modos 1 y 4 con respecto al trato de los sectores y modos de suministro de interés para las exportaciones de los países en desarrollo.

Paralelamente, el Presidente del Comité de Negociaciones Comerciales (CNC), a petición de los Miembros de la OMC, convocó una "Conferencia de manifestación de intenciones" para los Ministros interesados como parte de la Minirreunión Ministerial de "julio de 2008". En esa Conferencia de intenciones, los Ministros participantes indicaron cómo podrían mejorarse las ofertas sobre servicios de sus gobiernos en respuesta a las peticiones que habían recibido. Las indicaciones no tenían por objetivo constituir el resultado final de las negociaciones sobre servicios, sino permitir a los Miembros valorar los progresos realizados en las negociaciones basadas en peticiones y ofertas y preparar nuevos proyectos de listas. Posteriormente, el Presidente del CNC informó sobre la Conferencia.  Sin embargo, la Minirreunión Ministerial fracasó debido a divergencias sobre determinados elementos del proyecto de modalidades para la agricultura.

Debates posteriores a 2008  

Fueron pocos los avances logrados después de que no se hubieran podido concluir las modalidades para la agricultura y el acceso a los mercados para los productos no agrícolas (AMNA) en julio de 2008.  Las diferencias existentes quedaron reflejadas en el informe de balance del Presidente del Consejo del Comercio de Servicios en Sesión Extraordinaria al Comité de Negociaciones Comerciales en 2010.

 En abril de 2011, el Presidente del Consejo del Comercio de Servicios presentó un informe al Comité de Negociaciones Comerciales sobre los logros y lo que quedaba por hacer en las cuatro esferas de las negociaciones sobre los servicios: acceso a los mercados; reglamentación nacional; normas del AGCS; y la aplicación de las modalidades para los PMA.

Sin embargo, en la Octava Conferencia Ministerial en 2011 los Miembros reconocieron que las negociaciones del PDD estaban en un punto muerto y que no había necesidad de explorar a fondo enfoques de negociación diferentes.  Se comprometieron a hacer avanzar las negociaciones en los ámbitos en que se pudieran lograr avances.

En la Conferencia Ministerial de 2011, los Miembros adoptaron la exención que permite a los Miembros de la OMC apartarse de la obligación del trato de nación más favorecida basada en el principio de no discriminación a fin de dar trato preferencial a los servicios y proveedores de servicios de los países menos adelantados. La duración de la exención se prorrogó hasta 2030 mediante una Decisión Ministerial adoptada en la Décima Conferencia Ministerial, celebrada en Nairobi en 2015.

En esa Conferencia de Bali los Ministros encomendaron al Comité de Negociaciones Comerciales que elaborara un programa de trabajo sobre las cuestiones restantes del PDD.  El Presidente del Consejo del Comercio de Servicios en Sesión Extraordinaria informó en julio de 2015 de que no se había podido alcanzar la convergencia sobre los elementos del programa de trabajo relativos a los servicios.

En diciembre de 2015, en la Conferencia Ministerial de Nairobi, los Ministros reconocieron que los Miembros "tienen opiniones diferentes" sobre la forma de abordar el futuro de las negociaciones de la Ronda de Doha, pero señalaron el firme compromiso de todos los Miembros de llevar adelante las negociaciones relativas a las cuestiones restantes de Doha, incluidos los servicios. Algunos Miembros dijeron que se necesitaban nuevos enfoques.    

En la Conferencia Ministerial de Buenos Aires celebrada en diciembre de 2017, la Presidenta de la Conferencia dijo en su declaración de clausura que los Miembros convenían en llevar adelante las negociaciones relativas a todas las cuestiones restantes, incluidos los servicios.

En esa Conferencia, un grupo de 59 Miembros de la OMC emitió una Declaración conjunta sobre la Reglamentación Nacional en la esfera de los Servicios.  Los signatarios reafirmaron su compromiso de hacer avanzar las negociaciones sobre la reglamentación nacional y de intensificar la labor encaminada a concluir las negociaciones sobre las disciplinas antes de la Duodécima Conferencia Ministerial.

Desde Buenos Aires, los debates en el Consejo del Comercio de Servicios en Sesión Extraordinaria se han centrado en las comunicaciones de los Miembros en relación con los debates exploratorios sobre el acceso a los mercados.  En abril de 2019, los Miembros intercambiaron opiniones sobre los servicios de turismo y en septiembre de 2019, sobre los servicios relacionados con el medio ambiente.