Cuestiones abarcadas por los Comités y Acuerdos de la OMC
EXÁMENES DE LA POLÍTICAS COMERCIALES: MECANISMO DE EXAMEN

Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (MEPC)

El Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (MEPC) se incorporó al GATT en 1989, después del Balance a Mitad de Período de la Ronda Uruguay, y fue confirmado como parte integrante de la OMC por el Anexo 3 del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio.

Mecanismo de Examen de las Políticas Comerciales (MEPC)

Hasta 1995, los exámenes de las políticas comerciales se limitaban al comercio de mercancías. De conformidad con las normas de la OMC, desde el 1. de enero de 1995 los exámenes abarcan también nuevas esferas, como el comercio de servicios y los derechos de propiedad intelectual.

La finalidad del MEPC es "coadyuvar a una mayor adhesión de todos los Miembros a las normas y disciplinas de los Acuerdos Comerciales Multilaterales y, cuando proceda, de los Acuerdos Comerciales Plurilaterales, y a los compromisos contraídos en su marco y, por ende, a un mejor funcionamiento del sistema multilateral de comercio, mediante la consecución de una mayor transparencia en las políticas y prácticas comerciales de los Miembros y una mejor comprensión de las mismas".

La frecuencia de los exámenes de un Miembro depende de su incidencia en el sistema multilateral de comercio, definida en términos de su participación en el comercio mundial de mercancías y servicios. Así pues, los Miembros son objeto de examen según tres ciclos distintos: cada dos años en el caso de las cuatro mayores entidades comerciantes, contando a las Comunidades Europeas como una; cada cuatro años en el caso de los 16 países siguientes; y cada seis años en el caso de los demás Miembros, pudiendo fijarse un intervalo más extenso para los países menos adelantados.