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SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS: DIFERENCIA DS168 Sudáfrica — Derechos antidumping sobre determinadas productos farmacéuticos procedentes de la India |
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Consultas solicitadas — no se ha establecido un grupo especial ni notificado una solución Reclamación presentada por la India. El 1º de abril de 1999 la India solicitó la celebración de consultas con Sudáfrica respecto de una recomendación de imposición de derechos antidumping definitivos por la Junta de Aranceles y Comercio de ese país recogida en su informe Nº 3799, de fecha 3 de octubre de 1997, sobre la importación de determinados productos farmacéuticos procedentes de la India. La India alegaba que Sudáfrica había iniciado procedimientos en materia antidumping contra la importación de cápsulas de ampicilina y amoxicilina de 250 mg procedentes de la India. Supuestamente, el 26 de marzo de 1997 la Junta de Aranceles y Comercio había efectuado una determinación preliminar según la cual las cápsulas de ampicilina y amoxicilina de 250 mg y 500 mg exportadas por M/S Randaxy Laboratories Ltd de la India, eran objeto de dumping en la Unión Aduanera del África Meridional (SACU). Al parecer posteriormente, el 10 de septiembre de 1997, la Junta de Aranceles y Comercio había formulado la recomendación de imponer derechos definitivos a esos productos. La India sostenía que:
La India alegaba infracciones de los artículos 2, 3, 6 a) a c) individualmente y conjuntamente con los artículos 12 y 15 del Acuerdo Antidumping, y de los artículos I y VI del GATT de 1994. |
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