SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS

DS: Portugal — Protección mediante patente al amparo de la Ley de Propiedad Industrial

El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.

  

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Resumen de la diferencia hasta la fecha 

El resumen que figura a continuación se actualizó el

Consultas

Reclamación presentada por los Estados Unidos.

Esta solicitud de celebración de consultas, fechada el 30 de abril de 1996, se refería a la duración de la protección concedida por la Ley de Propiedad Industrial de Portugal. Los Estados Unidos alegaron que las disposiciones de dicha Ley con respecto a las patentes existentes eran incompatibles con las obligaciones que imponía a Portugal el Acuerdo sobre los ADPIC. Se alegaron infracciones de los artículos 33, 65 y 70.

 

Solución mutuamente convenida

El 3 de octubre de 1996, ambas partes notificaron al OSD una solución mutuamente convenida.

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