NOTICIAS: NOTICIAS 2003

Órgano de Solución de Diferencias, 26 de febrero de 2003

Los EE.UU. están dispuestos a debatir un plazo prudencial para aplicar las conclusiones en el asunto de la “Enmienda Byrd”

En su reunión de fecha 26 de febrero de 2003, el Órgano de Solución de Diferencias señaló que las partes en la diferencia sobre la “Enmienda Byrd” estaban dispuestas a comenzar a debatir el plazo prudencial que requerían los Estados Unidos para aplicar las conclusiones en este asunto (DS217 y DS234).


  
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NOTA:
Este resumen ha sido preparado por la División de Información y Relaciones con los Medios de Comunicación de la Secretaría de la OMC para ayudar al público a comprender la evolución de las diferencias en la OMC. Este resumen no tiene por objeto ofrecer una interpretación jurídica de las cuestiones, ni rendir un informe completo sobre las mismas, pues esa información se puede encontrar en los propios informes y actas de las reuniones del Órgano de Solución de Diferencias.

DS217 y DS234: Estados Unidos — Ley de compensación por continuación del dumping o mantenimiento de las subvenciones de 2000

Los coreclamantes habían pedido la celebración de esta reunión para oír las intenciones de los Estados Unidos acerca de la aplicación de las conclusiones en esta diferencia, ya que el OSD había adoptado los informes del Grupo Especial y del Órgano de Apelación en su reunión de 27 de enero de 2003. Explicaron que, de conformidad con el párrafo 3 del artículo 21 del ESD, los Estados Unidos estaban obligados a notificar sus intenciones respecto de la aplicación en una reunión del OSD celebrada en un plazo de 30 días a partir de la fecha de adopción de los informes. Los coreclamantes afirmaron también que estaban dispuestos a negociar con los EE.UU. un plazo prudencial para la aplicación.

Los EE.UU. dijeron que no comprendían por qué los coreclamantes habían pedido la celebración de esta reunión, puesto que los EE.UU. ya habían manifestado sus intenciones de cumplir las resoluciones adoptadas en la reunión del OSD de 27 de enero de 2003 y las habían reiterado en la reunión del OSD de 19 de febrero de 2003. Los Estados Unidos sostuvieron que ningún elemento del párrafo 3 del artículo 21 del ESD impedía a un Miembro declarar de inmediato sus intenciones durante el debate previo a la adopción de los informes. Los Estados Unidos sostuvieron asimismo que no había ningún elemento en el párrafo 3 del artículo 21 que les obligara a declarar que necesitaban un plazo prudencial. Los Estados Unidos concluyeron diciendo que era obvio que requerirían un plazo prudencial para aplicar las conclusiones.

(De conformidad con el párrafo 3 del artículo 21 del ESD, las partes dispondrán de un plazo de 45 días a partir de la fecha de adopción –es decir, desde el 27 de enero de 2003- para fijar de común acuerdo un plazo prudencial. En caso de que no logren alcanzar un acuerdo, la cuestión se someterá a arbitraje.)
  

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