OMC: NOTICIAS 2012

DIRECTORES GENERALES ADJUNTOS

“Informe sobre los avances realizados en las consultas informales destinadas a aumentar la eficiencia del procedimiento de los grupos especiales”


MÁS INFORMACIÓN:

> Más información sobre las consultas destinadas a aumentar la eficiencia de los grupos especiales

Presentado por

el Sr. Alejandro Jara, Director General Adjunto de la OMC, en el Instituto Universitario de Altos Estudios Internacionales y de Desarrollo de Ginebra, el 13 de marzo de 2012

El mecanismo de solución de diferencias de la OMC ha adquirido fama por la alta calidad de sus resultados. Sin embargo, esta fama no ha sido gratuita. Los Miembros han trabajado de forma constante para asegurar el cumplimiento de las normas que establecieron y el buen funcionamiento del sistema que crearon. Además, ha exigido el compromiso de quienes ejercen o han ejercido sus funciones como miembros del Órgano de Apelación o integrantes de los grupos especiales, y la aportación de considerables recursos por la Secretaría de la OMC.

Pero, además de estos costos humanos, existe la vertiente económica. En la actualidad, el costo del sistema de solución de diferencias se estima en unos 30 millones de dólares EE.UU. al año. Permítanme mencionar algunos ejemplos:

  • El costo de la participación de expertos en una sola diferencia ha oscilado entre 3.000 y 88.800 francos suizos;
  • El costo medio anual del envío de documentos impresos a los integrantes de los grupos especiales, las partes y los expertos es de 60.000 francos suizos;
  • Los costos de traducción se estiman en unos 300 francos suizos por página;
  • En 2011, cinco procedimientos del Órgano de Apelación (entre los que no se incluyen las dos grandes diferencias relativas a las aeronaves civiles) generaron 8.244 páginas. ¡Hagan ustedes las cuentas!1

Más allá de la cuestión de los costos, la mayoría de quienes participan habitualmente en el sistema de solución de diferencias de la OMC admiten que los procedimientos de los grupos especiales y del Órgano de Apelación son por lo general muy rápidos, particularmente en comparación con otros sistemas internacionales. Sin embargo, al empresario afectado por las cuestiones una espera de uno a dos años hasta que se resuelvan le parecerá por cierto muy larga. También hemos observado que los grupos especiales tardan cada vez más tiempo en cumplir sus funciones. Ello ha llevado a algunas personas a sugerir la necesidad de agilizar el sistema.

En 2010, ante el aumento de los costos de la solución de diferencias y la impresión de algunas personas de que el sistema era demasiado lento, el Director General me pidió que iniciara un proceso para esclarecer los hechos y celebrar consultas. El objetivo era estudiar si es posible mejorar la eficiencia del procedimiento de los grupos especiales para reducir tanto los costos financieros como los humanos.

Celebré consultas con delegaciones, profesionales, funcionarios de la Secretaría, el Centro de Asesoría Legal en Asuntos de la OMC, el Órgano de Apelación, personas que integraron grupos especiales, etc. A efectos analíticos, distinguí tres fases:

    (I) la selección de integrantes de los grupos especiales;

    (II) la labor de los grupos especiales;

    (III) los trabajos una vez presentado el informe del grupo especial.

Me centré principalmente en la segunda fase.

Pronto concluí que la mayor duración de las actuaciones de los grupos especiales se debía a distintos motivos (normalmente, a una combinación de factores), y que a menudo respondía a los deseos del Miembro reclamante o a la estrategia que el Miembro había decidido seguir. Muchas de las personas consultadas aportaron ideas, y se examinaron las posibilidades de aceptarlas. En cierto modo, mi función era la de una bolsa de ideas.

Estas ideas debían respetar dos criterios básicos:

    (I) ser compatibles con las normas en vigor; es decir, los cambios podían considerarse únicamente si no implicaban una modificación del ESD;

    (II) los ajustes no debían menoscabar ni la excelente reputación ni la alta calidad de los resultados del sistema.

En este sentido, me basé fundamentalmente en la flexibilidad que autorizan los párrafos 1 y 2 del artículo 12 del ESD, que obliga a los grupos especiales a seguir los procedimientos de trabajo descritos en el Apéndice 3 del ESD “a menos que el grupo especial acuerde otra cosa tras consultar a las partes en la diferencia”, y señala que en el procedimiento de los grupos especiales “deberá haber flexibilidad suficiente para garantizar la calidad de los informes sin retrasar indebidamente los trabajos de los grupos especiales.”

 

LAS PROPUESTAS

Es importante tener en cuenta que estas propuestas son fruto de las aportaciones de los diversos interesados que participan en el sistema de solución de diferencias. Las propuestas que he recibido hasta el momento pueden clasificarse en tres grandes categorías.

La primera categoría comprende las propuestas destinadas a dar mayor eficacia a la primera reunión sustantiva. Pondré dos ejemplos de propuestas que entran en esta categoría:

    (I) el examen en dos fases;

    (II) la presentación anticipada de cuestiones.

     

(I) Examen en dos fases

El examen en dos fases hace referencia a un proceso en virtud del cual las comunicaciones escritas de las partes (la primera comunicación escrita y las réplicas y comunicaciones de los terceros) se remiten al grupo especial antes de la primera reunión de éste con las partes. Este método se utiliza en los grupos especiales sobre el cumplimiento previstos en el párrafo 5 del artículo 21 y se basa en su experiencia.

Reconozco que este método probablemente retrasaría la primera audiencia con las partes. Sin embargo, el examen en dos fases, al madurar los debates de las partes sobre las cuestiones examinadas, podría agilizar el procedimiento del grupo especial, acabando así probablemente con parte de los intercambios en la fase de preguntas y respuestas por escrito. También podría obviar la necesidad de una segunda audiencia.

 

(II) Presentación anticipada (indicativa) de las cuestiones que se van a tratar en la reunión del grupo especial

Por lo general, los grupos especiales han utilizado la primera reunión sustantiva para determinar cuestiones fácticas y jurídicas básicas. En ocasiones, las partes no están preparadas para dar una respuesta oral en parte porque no conocen por anticipado cuáles son las preocupaciones del grupo especial. Además, muchas de las declaraciones orales de las partes se limitan a reiterar el contenido de su primera comunicación escrita. Hay quienes opinan que esto alarga las primeras reuniones sustantivas más de lo necesario y no contribuye al mejor aprovechamiento de los encuentros del grupo especial con las partes.

En consecuencia, se sugirió que los grupos especiales deberían facilitar por anticipado a las partes una lista de posibles preguntas. Esta práctica se basa en los procedimientos previstos en el párrafo 6 del artículo 22 y de hecho se ha aplicado ya, con buena acogida entre los participantes, en algunos procedimientos de grupos especiales recientes.2

Dentro de la segunda categoría recibí propuestas destinadas a mejorar la eficiencia del procedimiento respecto de su duración y su costo. Les presento dos ejemplos de propuestas de esta categoría:

    (I) time limits on oral statements; and

    (II) agenda for the panel meeting.

 

(I) Duración máxima de las declaraciones orales

Se ha sugerido que los grupos especiales deberían seguir la práctica del Órgano de Apelación, consistente en fijar una duración máxima para las declaraciones orales de las partes y de los terceros participantes. Varios grupos especiales han establecido una duración máxima para las declaraciones orales.3  No tiene mucho sentido que las declaraciones orales reiteren las comunicaciones escritas.

 

(II) Orden del día de las reuniones de los grupos especiales

Además, los grupos especiales deberían facilitar a las partes por anticipado un proyecto de orden del día o de estructura de la reunión, e informarles sobre cómo se proponen distribuir el tiempo entre los diferentes puntos del orden del día.

La tercera categoría de propuestas incluye sugerencias para mejorar la presentación de los informes de los grupos especiales y reducir el costo de su elaboración. Los informes de los grupos son cada vez más voluminosos. Ello se explica por la complejidad cada vez mayor de las cuestiones, una jurisprudencia cada vez más nutrida, el creciente número de anexos adjuntados a los informes y la mayor duración de las partes expositivas.

Pondré también dos ejemplos de esta tercera categoría:

    (I) establecer un límite de páginas para los resúmenes;

    (II) reducir los anexos.

     

(I) Límite de páginas para los resúmenes

Se ha propuesto que los grupos especiales establezcan en sus procedimientos de trabajo un límite de páginas para los resúmenes. Muchos de los grupos especiales recientes han adoptado este método.

También en relación con los resúmenes se ha propuesto que los informes de los grupos especiales contengan sólo una breve descripción de los hechos y de las cuestiones, y que los resúmenes se adjunten como anexos. Algunos de ustedes habrán observado que en varios de los informes distribuidos a los Miembros en 2011 ya se ha hecho así.4

Otra de las propuestas es que las partes presenten un solo resumen integrado que abarque los argumentos de todas sus comunicaciones escritas al grupo especial en lugar de presentar un resumen de cada comunicación.

 

(II) Reducción de los anexos

La siguiente propuesta consiste en reducir el número de anexos que se adjuntan a los informes de los grupos especiales, como las solicitudes de celebración de consultas, las solicitudes de establecimiento de grupos especiales y las solicitudes de resoluciones preliminares. En la medida en que estos documentos son de dominio público mucho antes de que se dé a conocer el informe del grupo especial, se ha propuesto que no se adjunten como anexos a los informes.

La transcripción de la reunión del grupo especial con los expertos suele adjuntarse como anexo al informe del grupo especial. De hecho, forma parte de su expediente. Se ha sugerido que no es necesario adjuntar la transcripción como anexo, sino que bastaría con incorporarla a la versión electrónica que puede consultarse en el sitio Web de la OMC para preservar la transparencia.

Una novedad que se ha podido observar en esta esfera en las diferencias más recientes es que las respuestas de las partes a las preguntas del grupo especial ya no suelen figurar como anexos a los informes de los grupos especiales. Tampoco se incluyen las respuestas de los expertos a las preguntas del grupo especial.

La adopción de estas medidas ahorraría a la Secretaría todo el tiempo que dedica a la preparación de estos anexos, que incluye insertar las signaturas y modificar si procede los documentos para convertir los programas empleados y el tamaño de las páginas a los que se utilizan en la OMC. Limitar la extensión de los informes de los grupos especiales reduciría, obviamente, los costos de impresión y publicación. También reduciría considerablemente los costos de traducción.

 

Presentación electrónica de documentos en el Registro de Solución de Diferencias

Hablando de ideas innovadoras, aprovecho esta oportunidad para destacar una iniciativa diferente. En 2010, en consulta con los Miembros, la OMC inició un proceso para adecuar el sistema de solución de diferencias al siglo XXI con el desarrollo de una base de datos digital con información sobre todos los asuntos ya tratados por los grupos especiales y el Órgano de Apelación. Su finalidad es facilitar a los Miembros y al público la búsqueda y el acceso a los informes sobre solución de diferencias y otros documentos públicos relacionados con la solución de diferencias. Además, esperamos poner a disposición de los Miembros un servicio que les permita presentar sus documentos a través de un sistema electrónico seguro basado en Internet. Como ustedes saben, la mayoría de las comunicaciones se presentan a través de correo electrónico. El nuevo sistema funcionará de forma similar, pero está previsto que mejore la eficiencia para los Miembros y la Secretaría, además de reducir los costos de envío, almacenamiento y fotocopiado. Asimismo, el sistema ofrecerá un procedimiento para presentar documentos más seguro que el que utilizamos en la actualidad, y los Miembros no necesitarán disponer de ningún equipo especializado. Quien puede enviar un correo electrónico puede presentar un documento por vía electrónica. Hasta el momento, hemos estado escaneando los expedientes de los grupos especiales y del Órgano de Apelación que no están en la actualidad en versión electrónica o cuyo formato ya no es legible, con vistas a incorporar todos estos documentos en un archivo electrónico de fácil consulta. Los documentos que se presenten electrónicamente a través del sistema basado en Internet quedarán automáticamente incluidos en el archivo, y las personas autorizadas para consultarlos (por ejemplo, las partes en una diferencia que se esté examinando) podrán acceder a ellos. Durante la Octava Conferencia Ministerial, celebrada en diciembre de 2011, inauguramos un prototipo del sistema propuesto. Los Miembros tuvieron la oportunidad de practicar la búsqueda y la carga de documentos. En la actualidad estamos trabajando con los Miembros para finalizar el diseño del sistema de modo que incorpore aquellas características que resulten más útiles para las partes en las diferencias.

 

CONCLUSIÓN

Querrán saber ustedes cuándo finalizará y dará sus frutos este proceso (¡o tal vez quieran saber simplemente cuándo va a acabar esta presentación!). En cierto sentido, ya los ha dado, puesto que algunos grupos especiales han aplicado algunas de estas innovaciones. Su aplicación más amplia dependerá del trabajo conjunto de los Miembros y de los integrantes de los grupos especiales. Sigo abierto a nuevas opiniones e ideas y con gusto trataré de ayudar a los Miembros a aumentar la eficiencia para mejorar un mecanismo de solución de diferencias que es muy bueno, pero que sin duda puede mejorarse. En más de un sentido deberíamos ver esto como una labor permanente: extraer siempre lecciones de la experiencia y estar abiertos a los cambios que mejoren el sistema, por pequeños que sean.

Muchas gracias.

 

Notas:

1. En 2011, en su discurso ante el Comité de Asuntos Presupuestarios de la OMC, el Director General observó que la OMC gasta en la actualidad, sin contar los costos de personal, 3 millones de francos suizos al año en imprimir y enviar por correo documentos a todo el mundo. Además, imprimimos ¡más de 70 millones de páginas al año! (Declaración del Director General en la reunión del Comité de Asuntos Presupuestarios para la presentación del proyecto de presupuesto, celebrada el 11 de octubre de 2011). Volver al texto

2. Los grupos especiales en los asuntos China — Materias primas y Filipinas — Aguardientes dirigieron a las partes preguntas por anticipado. Volver al texto

3. Mucho antes de iniciarse este proceso de consultas, el Grupo Especial en el asunto Estados Unidos — Cordero estableció que las partes tendrían un tiempo máximo de 30 minutos cada una para realizar sus declaraciones orales. Asimismo, el Grupo Especial en el asunto Comunidades Europeas - Subvenciones a la exportación de azúcar fijó una duración máxima para las declaraciones orales de los terceros. En la segunda reunión sustantiva, a la que los terceros podían asistir al habérseles otorgado derechos ampliados de participación, solo se les permitió asistir como observadores. Véase el informe del Grupo Especial en el asunto Comunidades Europeas - Subvenciones a la exportación de azúcar, párrafos 2.8 y 2.9. Más recientemente, tras el inicio del proceso de consultas, el Grupo Especial en el asunto Estados Unidos — Atún II (México) fijó una duración máxima para las declaraciones orales de los terceros. También se fijó un tiempo máximo en otoño pasado para las declaraciones realizadas durante las reuniones del Grupo Especial en el asunto China — Servicios de pago electrónico. Volver al texto

4. Algunos ejemplos de estos informes de grupos especiales son: China — Materias primas; República Dominicana — Salvaguardias; Unión Europea — Calzado (China); Filipinas — Aguardientes; Estados Unidos — Cigarrillos de clavo de olor; y Estados Unidos- Etiquetado indicativo del país de origen. Volver al texto

 

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