ADPIC

Más información

  

Medidas relativas a la propiedad intelectual en el contexto de la COVID-19

A petición de Sudáfrica, los Miembros de la OMC mantuvieron un debate sobre la importante función que desempeñan la OMC y, en particular, el Consejo de los ADPIC en la lucha contra la pandemia de COVID-19.

Los países en desarrollo y los países menos adelantados Miembros destacaron los desafíos que ha planteado la COVID-19 en lo que respecta al acceso a los medicamentos, las vacunas y las tecnologías conexas. Pidieron que las disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC se aplicaran poniendo especial atención en los derechos de proteger la salud pública y promover el acceso a los medicamentos para todos. Esas delegaciones dijeron que el Consejo de los ADPIC debía velar por que las vacunas y las nuevas tecnologías médicas fueran accesibles y estuvieran disponibles independientemente del nivel de desarrollo económico, y por que los derechos de propiedad intelectual (DPI) no constituyesen un obstáculo al acceso a dichos productos. En su opinión, la crisis de la COVID-19 permite el uso de las flexibilidades previstas en la Declaración de Doha relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública. Afirmaron que la crisis exigía la eliminación de las complejidades del Acuerdo sobre los ADPIC para mejorar la eficacia de la Declaración y garantizar beneficios a los Miembros que carecen de capacidad nacional de fabricación de productos farmacéuticos.

Los países desarrollados Miembros dijeron que durante la crisis el sistema de propiedad intelectual había demostrado su utilidad para impulsar la cooperación científica e internacional frente a la pandemia y para promover e incentivar la innovación y la investigación en el ámbito de las tecnologías médicas. Esos Miembros declararon que el Acuerdo sobre los ADPIC era el instrumento adecuado para lograr el justo equilibrio entre la innovación y la protección de la salud pública, incluido el acceso a medicamentos asequibles para todos. Añadieron que la producción de medicamentos y tratamientos de alta calidad para la COVID-19 había sido posible gracias a un sistema que promueve la colaboración y el intercambio voluntario de conocimientos y la concesión de licencias, garantizando al mismo tiempo el cumplimiento de los DPI.  

Los Miembros convinieron en la pertinencia del Consejo de los ADPIC como foro para el intercambio de información, la promoción de la cooperación y la coordinación de las estrategias a nivel multilateral para responder eficazmente a la crisis. Sin embargo, no llegaron a un acuerdo con respecto a la inclusión de la cuestión de la respuesta a la COVID-19 como punto permanente en el orden del día de las futuras reuniones del Consejo de los ADPIC. Algunos Miembros expresaron su preferencia por incluirla sobre una base ad hoc a la luz de la evolución de los acontecimientos.

Varios Miembros explicaron detalladamente algunas de las medidas relacionadas con la propiedad intelectual aplicadas en respuesta a la pandemia. Agradecieron a la Secretaría de la OMC sus esfuerzos por recopilar y actualizar la lista de las medidas relacionadas con la propiedad intelectual adoptadas por los Miembros a raíz de la COVID-19 en el sitio web de la OMC. Esta lista no exhaustiva ha sido confeccionada por la Secretaría de la OMC a partir de fuentes oficiales. Constituye un informe de situación no oficial y un intento por aportar transparencia en lo que respecta a las medidas adoptadas. El Presidente alentó a los Miembros a que facilitasen sin demora información actualizada sobre estas y otras medidas, en su caso, incluso mediante la presentación de notificaciones al Consejo de los ADPIC.

Transferencia de tecnología a los PMA

En nombre del Grupo de los PMA, el Chad presentó un documento (IP/C/W/664) en el que proponía un nuevo modelo de presentación de informes anuales sobre la transferencia de tecnología a los PMA en el marco del artículo 66.2 del Acuerdo sobre los ADPIC. En dicho artículo se exhorta a los países desarrollados a ofrecer a las empresas e instituciones de su territorio incentivos destinados a fomentar y propiciar la transferencia de tecnología a los PMA, con el fin de ayudarlos a establecer una base tecnológica sólida y viable.

El modelo propuesto tiene por objeto simplificar el proceso de presentación de informes, uniformar las actuales variaciones de un informe a otro y aportar pruebas precisas de las importantes contribuciones de los países desarrollados Miembros. El Grupo de los PMA considera que, si bien algunos Miembros se han esforzado, la aplicación del artículo 66.2 sigue sin estar a la altura de la letra y el espíritu del mandato establecido en el Acuerdo sobre los ADPIC. Señalaron que algunos informes presentados por países desarrollados Miembros seguían adoleciendo de falta de claridad sobre la naturaleza de los incentivos y sobre si esos incentivos redundaban en una suficiente transferencia de tecnología a los PMA.

Algunos Miembros desarrollados alegaron que a los Gobiernos les resultaba difícil garantizar la transferencia de tecnología, ya que esta es objeto de derechos y contratos privados. Sin embargo, manifestaron su disposición a examinar el nuevo modelo propuesto y a participar en un diálogo constructivo para mejorar el sistema.

En relación con el artículo 66.2, el Presidente anunció que la Secretaría de la OMC estaba planificando el 13º Taller sobre Transferencia de Tecnología. Está previsto organizar de nuevo este Taller coincidiendo con la reunión del Consejo de febrero de 2021.

Programa de Trabajo sobre el Comercio Electrónico

Sudáfrica presentó una comunicación (IP/C/W/665) en la que insta a revitalizar el Programa de Trabajo sobre el Comercio Electrónico de 1998 de conformidad con la Decisión del Consejo General de diciembre de 2019 y a inscribir esta cuestión como punto permanente en el orden del día del Consejo de los ADPIC. Sudáfrica dijo que, de esa manera, sería posible entablar un debate más a fondo de las cuestiones, que podía basarse en un catálogo de temas acordados previamente por los Miembros.

Sudáfrica insistió en que la propiedad intelectual podía tener repercusiones en el desarrollo, por lo que el vínculo entre la propiedad intelectual y el desarrollo, así como la relación con los diversos Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), debían incorporarse de forma generalizada en los debates del Consejo de los ADPIC. Por ejemplo, el rápido despliegue de dispositivos inteligentes e interfaces digitales para impresión 3D, artículos tecnológicos ponibles (wearables), la automatización, la robótica y la computación en la nube son todas ellas contribuciones a una notable digitalización de la economía mundial, tendencia que se ha acelerado debido a la COVID-19. Sudáfrica dijo que, en este contexto, la brecha digital impedía que los países en desarrollo participasen en las cadenas de valor digitales y que, al mismo tiempo, la transformación digital estaba perturbando sectores tradicionales con graves consecuencias socioeconómicas.

Los Miembros reconocieron el valor de esta propuesta y apoyaron la iniciativa de revitalizar el Programa de Trabajo, pero algunas delegaciones se opusieron a su inclusión como punto permanente en el orden del día del Consejo. El Consejo nunca ha dejado de trabajar sobre esta cuestión y nada impide que los Miembros la planteen cuando sea necesario, dijeron esas delegaciones.

Propiedad intelectual e interés público

En el contexto de una serie de puntos relativos a la confluencia entre la propiedad intelectual y el interés público, Sudáfrica propuso abordar el tema de “Más allá del acceso a medicamentos y tecnologías médicas, hacia un enfoque más holístico de las flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los ADPIC” (IP/C/W/666). Sudáfrica hizo hincapié en que, a menudo, el uso de las flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los ADPIC para abordar un problema de salud pública se asociaba a las patentes. Sin embargo, en el contexto de la pandemia de COVID-19, dijo que era necesario adoptar un enfoque más integrado que incluyese otros tipos de DPI, como el derecho de autor, los dibujos y modelos industriales y los secretos comerciales.

Sudáfrica afirmó que el uso de las flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los ADPIC en otras esferas de la propiedad intelectual, además de las patentes, se entendía menos a nivel nacional. Subrayó que las flexibilidades tal vez no fueran suficientes para abordar las cuestiones relativas al acceso, en particular en el caso de los países que nunca habían utilizado instrumentos como las licencias obligatorias. Sudáfrica puso de relieve el reciente llamamiento a la acción solidaria por un grupo de miembros de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para lograr un acceso mundial equitativo a las tecnologías sanitarias contra la COVID-19 mediante la mancomunación de conocimientos, propiedad intelectual y datos. Señaló, sin embargo, que el enfoque preferido de las empresas farmacéuticas era el de las licencias voluntarias limitadas, exclusivas y a menudo no transparentes. Esto no es suficiente para atender las necesidades de la pandemia actual, añadió.

Varios países en desarrollo se sumaron a Sudáfrica y explicaron los problemas jurídicos, técnicos e institucionales a que se enfrentaban al utilizar las flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los ADPIC. Destacaron la falta de capacidad de fabricación nacional que los volvían dependientes de las importaciones para satisfacer sus necesidades médicas, en particular en tiempos de crisis. Entre los bienes y servicios necesarios para controlar la pandemia de COVID-19 figuran equipos de protección como mascarillas, pantallas faciales y antisépticos de manos. Esos Miembros dijeron que en muchos países seguía habiendo una grave escasez de estos productos. 

Los países desarrollados instaron a los demás Miembros a actuar con cautela y a reflexionar con cuidado sobre las cuestiones relacionadas con las licencias obligatorias. Dijeron que estas cuestiones tenían repercusiones significativas que podrían afectar negativamente a la inversión en los tratamientos futuros y a su investigación y desarrollo. Añadieron que también podrían desalentar la inversión en nuevos mercados, incluida la inversión en nuevas instalaciones de fabricación. Esos Miembros señalaron que la facilitación de incentivos a la innovación y la competencia para desarrollar, probar y producir tratamientos y vacunas seguros y eficaces, u otros productos pertinentes para la respuesta a la COVID-19, sería la mejor forma de lograr el objetivo común de controlar la pandemia. Esto incluiría el cumplimiento de los derechos de propiedad intelectual y el apoyo a la colaboración impulsada por la industria y el intercambio voluntario de conocimientos.

Los países desarrollados también indicaron que la mancomunación voluntaria de derechos y otras disposiciones en materia de licencias voluntarias habían permitido disponer de medios de diagnóstico, medicamentos y vacunas seguros y eficaces para la respuesta a la COVID-19. Estas medidas también han permitido aumentar la producción de medicamentos y vacunas. En este contexto, el Acuerdo sobre los ADPIC ya ofrece diversas vías para abordar las posibles cuestiones relacionadas con la propiedad intelectual en el caso de emergencias sanitarias si fracasan los mecanismos voluntarios, no solo en lo que respecta a las patentes sino también a los DPI. Además, muchos titulares de derechos han prometido dar acceso de forma voluntaria a la propiedad intelectual durante esta crisis o lo han hecho facilitando el acceso a revistas científicas clave o diseños de acceso libre para equipos de protección personal o especificaciones de diseño para los respiradores.

En el marco de este punto, la Organización Mundial de la Salud (OMS) brindó información actualizada a los Miembros sobre el Acceso Mancomunado a Tecnología contra la COVID-19 (C-TAP). Esta herramienta permite recopilar en un solo lugar los compromisos contraídos en el marco del llamamiento a la acción solidaria para compartir voluntariamente los conocimientos, la propiedad intelectual y los datos relativos a las tecnologías sanitarias contra la COVID-19. El representante de la OMS dijo que la plataforma tenía por objeto ofrecer un acceso equitativo a recursos técnicos que salvan vidas mediante la promoción, por medios voluntarios, de los modelos de innovación abiertos y la transferencia de tecnología. La plataforma también promueve un acceso mundial equitativo al desarrollo acelerado de productos y a la movilización de una capacidad de fabricación eficaz.

Reclamaciones no basadas en una infracción y reclamaciones en casos en que existe otra situación

Los Miembros reafirmaron sus posiciones bien conocidas con respecto a la cuestión de las reclamaciones no basadas en una infracción y las reclamaciones en casos en que existe otra situación. Esta cuestión, que se debate desde hace mucho tiempo, trata de establecer si los Miembros deben tener derecho a presentar una reclamación cuando consideren que la actuación de otro Miembro, o una determinada situación, los ha privado de una ventaja esperada en virtud del Acuerdo sobre los ADPIC, aunque no se haya infringido ninguna obligación derivada del Acuerdo.

Algunos Miembros reiteraron que estaban a favor de prorrogar la moratoria actual o de hacerla permanente. Desde su punto de vista, no hay cabida para la aplicación de las reclamaciones no basadas en una infracción en el ámbito de la propiedad intelectual debido a la incertidumbre jurídica y la restricción de flexibilidades que ello podría entrañar. Otras delegaciones expresaron su preferencia por poner fin a la moratoria. Esto se debe a que las reclamaciones no basadas en una infracción son fundamentales para mantener un equilibrio adecuado de los derechos y obligaciones en el marco del Acuerdo sobre los ADPIC, a la vez que contribuyen a asegurar que las obligaciones legítimas no sean eludidas ni evitadas.

Todas las delegaciones expresaron su voluntad de considerar propuestas concretas. Subrayaron su disposición a efectuar un examen significativo de esta cuestión, a raíz de la decisión adoptada por el Consejo General el 10 de diciembre de 2019 de prorrogar la moratoria hasta la Duodécima Conferencia Ministerial (CM12), que en principio se celebrará en Nursultán (Kazajstán), en junio de 2021.

“Tengo la impresión de que, de hecho, pueden extraerse de los debates anteriores varios entendimientos comunes en relación con las reclamaciones no basadas en una infracción en el marco de los ADPIC. Esto podría permitirnos centrar nuestro compromiso en la formulación de los ámbitos de desacuerdo y, por lo tanto, lograr al menos algunos avances en la formulación de las preguntas destinadas los Ministros en la CM12”, dijo el Embajador Mlumbi-Peter.

Estudio trilateral

La Secretaría de la OMC informó a los Miembros sobre la presentación por parte de la OMS, la OMPI y la OMC, el 29 de julio, de la segunda edición del Estudio trilateral sobre el acceso a las tecnologías médicas y la innovación. Alentada por los comentarios sumamente positivos que ha recibido el estudio desde su publicación inicial en 2013, la segunda edición contribuirá además a un debate de política fundamentado sobre lo que se necesita para fomentar la innovación, responder a las necesidades apremiantes y garantizar un acceso equitativo a las tecnologías médicas esenciales.

Enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC

El Presidente informó de que, desde la última reunión del Consejo de los ADPIC celebrada en febrero de 2020, Nigeria y Barbados habían depositado su instrumento de aceptación del Protocolo por el que se enmienda el Acuerdo sobre los ADPIC. Hasta la fecha, 131 Miembros han aceptado la enmienda del Acuerdo sobre los ADPIC, que entró en vigor el 23 de enero de 2017. La enmienda proporciona a los países en desarrollo una vía jurídica para acceder a medicamentos asequibles en el marco de las normas de la OMC. En diciembre de 2019, el Consejo General prorrogó el plazo para la aceptación del Protocolo hasta el 31 de diciembre de 2021.

Próxima reunión

La próxima reunión del Consejo de los ADPIC está programada para los días 15 y 16 de octubre de 2020.

Compartir

Compartir


Si tiene problemas para visualizar esta página,
sírvase ponerse en contacto con [email protected], y proporcionar detalles sobre el sistema operativo y el navegador que está utilizando.