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En el informe se proporcionará una relación neutral y fáctica de los debates celebrados en el Consejo de los ADPIC desde que la India y Sudáfrica presentaron por primera vez, los días 15 y 16 de octubre de 2020, el documento IP/C/W/669, en el que se solicita una exención de determinadas disposiciones del Acuerdo sobre los ADPIC para la prevención, contención y tratamiento de la COVID-19. Desde entonces, la propuesta ha sido copatrocinada por las delegaciones de Kenya, Eswatini, Mozambique, el Pakistán, Bolivia, Venezuela, Mongolia, Zimbabwe, Egipto, el Grupo Africano, el Grupo de Países Menos Adelantados, Maldivas, Fiji, Namibia, Vanuatu, Indonesia y Jordania.

En los nueve últimos meses, los Miembros han examinado la solicitud de exención en diversas reuniones formales e informales del Consejo de los ADPIC, en las que intercambiaron opiniones, formularon preguntas, pidieron aclaraciones y facilitaron respuestas e información. Para tratar de conciliar las posiciones, los copatrocinadores emitieron una propuesta revisada (IP/C/W/669/Rev.1) que se presentó en una reunión formal del Consejo de los ADPIC celebrada los días 8 y 9 de junio. A raíz de esa reunión, los Miembros están más cerca de pasar a analizar las propuestas basadas en textos presentadas por las delegaciones con el fin de mejorar la respuesta internacional a la COVID-19 y lograr el objetivo común de proporcionar un acceso equitativo a nivel mundial a vacunas y otros productos médicos.

Tras el acuerdo de entablar un proceso basado en textos, los debates prosiguieron en consultas en pequeños grupos y en las reuniones informales abiertas de los días 17 y 30 de junio y 6 y 14 de julio, en las que los Miembros examinaron también el proyecto de Declaración del Consejo General relativa al Acuerdo sobre los ADPIC y la Salud Pública en circunstancias de pandemia (IP/C/W/681), presentado por la Unión Europea el 21 de junio. En la propuesta de la UE se pide limitar las restricciones a la exportación, apoyar la expansión de la producción de vacunas y facilitar el uso de las disposiciones en materia de expedición de licencias obligatorias previstas actualmente en el Acuerdo sobre los ADPIC, en particular aclarando que el requisito de negociar con el titular de los derechos de la patente de la vacuna no se aplique en situaciones urgentes como en una pandemia, entre otras cuestiones.

Los dos textos examinados en el Consejo de los ADPIC reflejan que las posiciones siguen siendo divergentes. Si bien las delegaciones siguen resueltas a alcanzar el objetivo común de proporcionar un acceso oportuno y seguro a vacunas y medicamentos de alta calidad, seguros, eficaces y asequibles para todos, persiste el desacuerdo sobre la cuestión fundamental de cuál es la manera más apropiada y eficaz de afrontar la escasez de vacunas y otros productos relacionados con la COVID, así como el acceso no equitativo a ellos.

En el contexto del proceso basado en textos, el Presidente del Consejo de los ADPIC, Embajador Dagfinn Sørli (Noruega), informó acerca de los debates celebrados por las delegaciones sobre los temas del “alcance”, tanto desde una perspectiva de productos como de derechos de propiedad intelectual, la “duración”, la “aplicación” y la “protección de información no divulgada”. Las delegaciones participaron con actitud positiva y sus debates detallados y sustantivos contribuyeron a aclarar diversos aspectos y matices de sus posiciones.

En esos debates, los copatrocinadores explicaron el alcance propuesto de la solicitud de exención revisada ilustrando la gama de productos y procesos, así como las secciones del Acuerdo sobre los ADPIC que consideran pertinentes para luchar contra la COVID-19. En lo que respecta a la duración de la exención propuesta, los debates contribuyeron a aclarar el funcionamiento previsto de la cláusula de expiración que figura en la propuesta de exención revisada, así como la relación entre el examen anual propuesto y la duración prevista de la exención (al menos tres años contados a partir de la fecha de su adopción).

En la esfera de la aplicación, los debates se centraron en varias cuestiones específicas, entre ellas la transparencia y las disposiciones para limitar la repercusión a largo plazo de la divulgación de datos confidenciales durante el período de vigencia de la exención.  Las delegaciones también reflexionaron sobre las medidas que se necesitarán a nivel nacional. En el ámbito de los datos reglamentarios, solo pudieron mantenerse unos pocos debates, ya que no se disponía de tiempo suficiente, lo que parece indicar que es posible que los Miembros vuelvan a examinar esta cuestión más adelante.

El Presidente del Consejo destacó que los debates mantenidos en las reuniones en pequeños grupos eran interactivos y detallados, lo que reflejaba un auténtico compromiso y contribuía a aclarar varias cuestiones sustantivas. Al mismo tiempo, las delegaciones manifestaron su disposición a proseguir los debates e identificaron varios temas sobre los que podría ser conveniente celebrar debates centrados.

Al no haber podido completar el examen de la solicitud de exención revisada, el Consejo de los ADPIC continuará pues los debates, en particular mediante consultas en pequeños grupos y reuniones informales abiertas, y presentará un informe al Consejo General, como se estipula en el artículo IX.3 del Acuerdo de Marrakech. El Consejo de los ADPIC también acordó proseguir de la misma manera el examen de las demás propuestas conexas presentadas por los Miembros.

De conformidad con las normas de la OMC, las exenciones relativas a los Acuerdos de la OMC deben presentarse inicialmente al Consejo competente, que dispone de 90 días para presentar un informe a la Conferencia Ministerial o al Consejo General. Dado que esta propuesta se presentó inicialmente el 2 de octubre, el plazo de 90 días expiró el 31 de diciembre de 2020, y en las reuniones posteriores del Consejo General se ha aprobado la decisión del Consejo de los ADPIC de seguir examinando la propuesta.

Próximas reuniones

El Presidente anunció su intención de invitar a las delegaciones a una reunión informal abierta del Consejo de los ADPIC a principios de septiembre para ponerse al día de la situación. La próxima reunión formal del Consejo está prevista para los días 13 y 14 de octubre, pero el Presidente destacó la posibilidad de convocar una reunión formal antes de esa fecha en caso necesario.

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