VALORACIÓN EN ADUANA

Más información

  

De conformidad con el mandato establecido en el párrafo 3 del documento final de la Duodécima Conferencia Ministerial (CM12) en junio de 2022, en el que se encomendó al Consejo General y a sus órganos subsidiarios dirigir la labor, examinar los progresos y considerar las decisiones que habrán de presentarse a la Decimotercera Conferencia Ministerial (CM13) que tendrá lugar en Abu Dabi en febrero de 2024, el Comité de Valoración en Aduana ha celebrado debates formales e informales durante el último año para cumplir ese mandato.

A raíz de esos debates, el Comité convino en aplicar varios cambios con miras mejorar su funcionamiento. Por ejemplo, el Comité decidió hacer un uso más eficaz de las herramientas digitales y comenzó a utilizar la plataforma eAgenda que, entre otras cosas, facilita a las delegaciones la preparación y el seguimiento de las reuniones. Además, con miras a aumentar la transparencia y permitir una mayor participación de las delegaciones, en particular de los nuevos delegados, se acordó que la Secretaría organizaría sesiones introductorias periódicas y publicaría en su sitio web información en la que se resumirían los aspectos clave de la labor del Comité.

Con respecto a las oportunidades de intercambio de experiencias, el Presidente del Comité, Sr. Omar Cissé (Senegal), recordó la sesión celebrada en mayo en la reunión formal anterior en la que tres Miembros (China, el Ecuador y la India) habían expuesto sus experiencias y prácticas recientes en materia de valoración en aduana desde el comienzo de la pandemia de COVID-19. El Presidente indicó que deseaba celebrar consultas con los Miembros interesados para organizar una sesión de intercambio de experiencias en la próxima reunión del Comité.

Notificaciones de legislación

El Presidente comunicó a los Miembros la situación actual en materia de notificación de la legislación sobre valoración en aduana, que figura en el documento G/VAL/W/232/Rev.18. Además, los Miembros presentaron más de una docena de notificaciones que contenían preguntas o respuestas relativas a la legislación aduanera.

Con arreglo al artículo 22 del Acuerdo sobre Valoración en Aduana y a la Decisión sobre la “notificación y comunicación de las legislaciones nacionales de conformidad con el artículo 22 del Acuerdo”, los Miembros deben presentar los textos completos de su legislación nacional sobre valoración en aduana en uno de los tres idiomas oficiales de la OMC. También deben informar al Comité de las modificaciones introducidas en aquellas de sus leyes y reglamentos que tengan relación con el presente Acuerdo y en la aplicación de dichas leyes y reglamentos.

Tras el examen de 35 notificaciones específicas en la reunión del Comité, el Presidente señaló que, hasta la fecha, 112 Miembros habían notificado su legislación nacional sobre valoración en aduana y 79 Miembros habían facilitado respuestas a la lista de cuestiones relativas a la legislación. Acogió con interés las nuevas notificaciones recibidas desde la última reunión del Comité e invitó a los Miembros que aún no habían notificado su legislación nacional sobre valoración en aduana o respondido a la lista de cuestiones a que lo hicieran lo antes posible.

Inspección previa a la expedición

En el marco del punto permanente del orden del día relativo a la inspección previa a la expedición (IPE), el Presidente señaló a la atención de los Miembros la recopilación de las notificaciones presentadas de conformidad con el artículo 5 del Acuerdo sobre Inspección Previa a la Expedición. La situación actual de todas las notificaciones de IPE figura en el documento G/PSI/N/1/Rev.6.

El Comité también convino en iniciar el sexto examen trienal del Acuerdo IPE. De conformidad con el artículo 6 del Acuerdo, el Comité debe realizar un examen trienal para examinar las disposiciones, la aplicación y el funcionamiento del Acuerdo, habida cuenta de sus objetivos y de la experiencia adquirida en su funcionamiento. El último examen se puso en marcha en 2020 y concluyó en 2021.

La inspección previa a la expedición es la práctica que consiste en emplear a empresas privadas para verificar pormenores de la expedición como el precio, la cantidad y la calidad de las mercancías pedidas al extranjero. El Acuerdo IPE reconoce que los principios del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT) son aplicables a esas actividades. Su finalidad es salvaguardar los intereses financieros nacionales (por ejemplo, prevenir la fuga de capitales, el fraude comercial y la evasión de derechos de aduana) y compensar las deficiencias de las infraestructuras administrativas.

Asistencia técnica

El Presidente señaló que el programa de trabajo del Comité sobre asistencia técnica para la creación de capacidad en relación con la aplicación y administración del Acuerdo sobre Valoración en Aduana se ha incorporado al programa general de asistencia técnica de la OMC.

Dio las gracias a la Secretaría por su papel en la prestación de asistencia técnica sobre cuestiones de valoración en aduana en el contexto de los Cursos Regionales de Política Comercial, el último de los cuales se había celebrado el mes anterior en el marco de cursos separados para Miembros del África francófona y anglófona. Además, esta semana estaba teniendo lugar una actividad virtual con el Ecuador, impartida por un experto en valoración identificado en colaboración con la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

El Presidente tomó nota del informe preparado por el Comité Técnico de Valoración en Aduana de la OMA, distribuido con la signatura G/VAL/8/Add.46 , que contiene la información más reciente sobre las actividades de asistencia técnica y creación de capacidad llevadas a cabo por la OMA en la esfera de la valoración en aduana. 

Compartir

Compartir


Si tiene problemas para visualizar esta página,
sírvase ponerse en contacto con [email protected], y proporcionar detalles sobre el sistema operativo y el navegador que está utilizando.