SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS
DS: Argentina — Medidas de salvaguardia impuestas a las importaciones de calzado
El presente resumen ha sido preparado por la Secretaría bajo su responsabilidad. Sólo tiene por objeto ofrecer información general y no es su propósito afectar a los derechos u obligaciones de los Miembros.
Véase también:
Situación actual
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Hechos fundamentales
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Documento más reciente
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Resumen de la diferencia hasta la fecha
El resumen que figura a continuación se actualizó el
Consultas
Reclamación presentada por Indonesia.
El 23 de abril de 1998 Indonesia solicitó la celebración de consultas con la Argentina respecto de las mismas medidas de salvaguardia —provisional y definitiva— impuestas por ese país en la diferencia WT/DS121. El 15 de abril de 1999, Indonesia solicitó el establecimiento de un grupo especial. En una comunicación de fecha 10 de mayo de 1999, Indonesia informó al OSD de que no presentaría en la próxima reunión del OSD su solicitud de establecimiento de un grupo especial, sin que ello fuera en perjuicio de los derechos que le correspondían en virtud del ESD a volver a presentar dicha solicitud.
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