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SOLUCIÓN DE DIFERENCIAS: DIFERENCIA DS324 Estados Unidos — Medidas antidumping provisionales sobre los camarones procedentes de Tailandia |
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Consultas solicitadas — no se ha establecido un grupo especial ni notificado una solución Reclamación presentada por Tailandia. El 9 de diciembre de 2004, Tailandia solicitó la celebración de consultas con los Estados Unidos con respecto a las medidas antidumping provisionales impuestas por los Estados Unidos a determinados camarones de aguas cálidas congelados y enlatados procedentes de Tailandia. De acuerdo con la solicitud de celebración de consultas presentada por Tailandia, la determinación preliminar de los Estados Unidos en cuestión y la consiguiente imposición de medidas antidumping provisionales a las importaciones de los productos mencionados son incompatibles con las obligaciones de los Estados Unidos en el marco de la OMC en los siguientes aspectos:
Tailandia considera que estas medidas de los Estados Unidos son incompatibles, entre otros, con el artículo 1, los párrafos 4 y 4.2 del artículo 2, los párrafos 8 y 13 del artículo 6, el párrafo 1 del artículo 7 y los párrafos 3, 5, 6 y 7 del Anexo II del Acuerdo Antidumping, y con el artículo VI del GATT de 1994. El 20 de diciembre de 2004, el Japón y el Brasil solicitaron que se les asociara a las consultas. El 22 de diciembre de 2004, las Comunidades Europeas solicitaron que se les asociara a las consultas. El 23 de diciembre de 2004, China, la India y el Ecuador solicitaron que se les asociara a las consultas. |
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