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M.4.1 CE — Hormonas, párrafo 152 volver al principio
(WT/DS26/AB/R, WT/DS48/AB/R)
… Consideramos que la [del Grupo Especial]
decisión de celebrar una reunión conjunta con los expertos
científicos es coherente con la letra y el espíritu del párrafo 3
del artículo 9 del ESD. Sin duda, sería un empleo antieconómico de
tiempo y de recursos obligar al Grupo Especial a celebrar dos
reuniones sucesivas pero separadas en las que se reuniera dos veces al
mismo grupo de expertos, a expresar sus puntos de vista dos veces
respecto de los mismos asuntos científicos y técnicos relacionados
con las mismas medidas que impugnan las CE. No creemos que el Grupo
Especial haya incurrido en error al abordar las objeciones procesales
de las CE únicamente cuando las Comunidades Europeas pueden formular
una alegación concreta de daño. Para nosotros es evidente que una
objeción procesal suscitada por una parte en una diferencia debe ser
suficientemente específica para permitir que la aborde el grupo
especial.
M.4.2 CE — Hormonas, párrafo 153
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(WT/DS26/AB/R, WT/DS48/AB/R)
… Tener acceso a una fuente común de
información permite al grupo especial y a las partes ahorrar tiempo
evitando la duplicación de la compilación y análisis de
información ya presentada en el otro proceso. … el Grupo Especial
trató de evitar demoras innecesarias, mediante un esfuerzo para
cumplir con la letra y el espíritu del párrafo 3 del artículo 9 del
ESD. ….
M.4.3 CE — Hormonas, párrafo 154
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(WT/DS26/AB/R, WT/DS48/AB/R)
… Aunque el párrafo 1 del artículo 12 y
el apéndice 3 del ESD no requieren específicamente que el Grupo
Especial conceda esta oportunidad a los Estados Unidos [de participar
en la segunda reunión sustantiva del proceso incoado por el Canadá],
creemos que esta decisión queda a la razonable discreción y
autoridad del Grupo Especial, sobre todo si éste la considera
necesaria para garantizar a todas las partes un proceso con las
debidas garantías legales. …
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 Los
textos que se reproducen en esta sección no tienen el valor legal de los
documentos originales que se depositan y guardan en la Secretaría de la
OMC en Ginebra. |